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Medio Ambiente

Reglamentan uso de aguas residuales en Colombia

Concejales de Medellín conocen TICSA, empresa líder soluciones para el tratamiento de aguas en México.

Concejales de Medellín conocen TICSA, empresa líder soluciones para el tratamiento de aguas en México.

Foto:Cortesía EPM

El Ministerio de Ambiente expidió resolución que promueve su reúso en actividades industriales.

REDACCIÓN VIDA
El Ministerio de Ambiente y la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) presentaron la resolución 1256 del 23 de noviembre de 2021, que reglamenta el uso de aguas residuales en el país. Según la cartera, se trata de una alternativa para zonas en donde escasea el líquido y a la que podrán aplicar empresas de acueducto y otros usuarios del recurso hídrico.
Durante el acto de lanzamiento, el jueves, Carlos Eduardo Correa, ministro de Ambiente, aseguró que con el reúso de estas aguas se busca, por ejemplo, que las plantas de tratamiento de aguas residuales (Ptar) puedan destinarlas a usos agrícolas o industriales, disminuyendo los vertimientos y aumentando la reutilización en otras actividades.
El ministro agregó que el agua residual que cumpla con lo establecido en la 1256 podrá emplearse para el riego de cultivos, zonas verdes y mantenimiento de parques; “siempre se podrá tener como fuente de abastecimiento alterna”, afirmó.
La norma establece disposiciones relacionadas con el uso de las aguas residuales (es decir, las utilizadas o servidas, de origen doméstico o no doméstico), y se aplica a las autoridades ambientales y a los usuarios de dichas aguas; aclara que no se aplica para el uso de las aguas como fertilizante o acondicionador de suelos.
La resolución define la recirculación como el uso de aguas residuales en operaciones y procesos unitarios dentro de la misma actividad económica que las genera, y el reúso como la utilización de dichos líquidos en actividades distintas a las que los generó. En ese orden de ideas, “siempre que sea técnica y económicamente viable, todo usuario del recurso hídrico podrá hacer la recirculación de sus aguas residuales, sin que se requiera autorización ambiental”, dice la resolución.

Siempre que sea técnica y económicamente viable, todo usuario del recurso hídrico podrá hacer la recirculación de sus aguas residuales

Cabe anotar que en Colombia solo el 48,2 por ciento de los municipios cuentan con Ptar, según el ‘Estudio sectorial de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado’ (2017), de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Es decir que solo 541 de los 1.122 municipios del país tratan estos líquidos antes de arrojarlos a cuerpos de agua. Además, a nivel industrial, solo desde la aparición de la resolución 0631 del 2015, que reglamenta el artículo 28 del decreto 3930 de 2010 y actualizó el decreto 1594 de 1984 (vigente desde hace 30 años), se hizo un control de las sustancias contaminantes que llegan a los cuerpos de agua vertidas por 73 actividades productivas presentes en ocho sectores económicos del país.
“Estamos cuidando el agua de Colombia –señaló el ministro Correa–, y todo lo que nos permite hacer esta resolución es economía circular, modelo que desde el Gobierno hemos venido implementando porque estamos convencidos de que al reciclar, al reutilizar y al reducir el consumo le hacemos una enorme contribución al planeta, al mitigar el cambio climático”.
Expertos como William Antonio Lozano, profesor de la Universidad Piloto, ingeniero ambiental, magíster en ingeniería del agua y Ph. D. en biotecnología aplicada a tratamiento de aguas, opinan que si bien son destacables las bases que sustentan la resolución, preocupa que, a diferencia de normas anteriores (como la resolución 1207 de 2014, que se deroga con la nueva disposición), no sea lo suficientemente restrictiva en temas microbiológicos, teniendo en cuenta que se permite su reúso con fines agrícolas.
Y advierte: “Mientras la resolución 1207 fijaba cinco indicadores microbiológicos claves para garantizar la seguridad del líquido tratado, la actual se ciñe a parámetros que no son específicos. Deja, por ejemplo, por fuera la búsqueda de microorganismos que pueden ser muy perjudiciales para la salud, como las bacterias E. coli, legionella y tridium y los colífagos, sin contar la no búsqueda de virus como el de la hepatitis A y el Sars-CoV-2”.
El informe destaca que cerca 1,8 millones de personas toman agua de fuentes contaminadas con eses, lo que las pone en riesgo de contraer enfermedades como la cólera y el polio.

El informe destaca que cerca 1,8 millones de personas toman agua de fuentes contaminadas con eses, lo que las pone en riesgo de contraer enfermedades como la cólera y el polio.

Foto:Jaime Moreno

Medida le apunta a la sostenibilidad: Andi

Durante la presentación de la nueva normativa, Bruce Mac Master, presidente de la Andi, indicó que la iniciativa impacta positivamente a las empresas porque permite un uso eficiente de recursos como el agua, que es utilizada en procesos de manufactura e industria, y se alinea con otros proyectos orientados a que las empresas del país apunten a la sostenibilidad.
“Esta normativa tiene además la virtud de que también es económicamente muy atractiva por poder generar mecanismos de reúso del agua para otros procesos, como sistemas de enfriamiento”, aseguró el líder gremial, quien señaló además que en la última década cerca de 2.000 empresas en el país han realizado instalaciones para el tratamiento de aguas.

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