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Medio Ambiente

La necesidad de un buen acuerdo sobre mercados de carbono en la COP26

En el 2015 se sobrepasó el tope de 400 partes por millón de CO2 en la atmósfera.

En el 2015 se sobrepasó el tope de 400 partes por millón de CO2 en la atmósfera.

Foto:Frederic J. Brown / AFP

Entrevista a Pedro Barata sobre las complejidades del artículo 6 del Acuerdo de París.

Desde el Protocolo de Kioto se habla de mercados de carbono, y desde entonces ha sido uno de los temas más políticos y técnicos en el marco de las negociaciones sobre cambio climático. En la COP26 no fue la excepción. La Conferencia de las Partes, realizada en Glasgow (Escocia), no pudo dar su martillazo final, hoy 12 de noviembre como se había planeado porque aún no se ha logrado consenso frente al artículo 6.
Pero, ¿por qué es tan controversial? En el Acuerdo de París, el tema de mercados quedó consignado en el Artículo 6, que establece una serie de mecanismos para que los países voluntariamente puedan cooperar entre ellos y así apoyar el cumplimiento de sus metas climáticas. Mecanismos que están explícitos en los parágrafos del artículo con los numerales 6.2 y 6.4; y el 6.8 que se refiere a no mercado.
Estos números son famosos y recurrentes entre los negociadores, pero ¿qué quieren decir? El artículo 6.2 establece que dos o más países podrán tranzar resultados de mitigación, es decir de reducción de emisiones que apoyen el cumplimiento de sus contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC). Por su parte, el artículo 6.4 habla de un mecanismo para mitigación y desarrollo sostenible en el que actores del sector público o privado pueden reducir emisiones y venderlas a otros actores. De este mecanismo es importante resaltar, que incluye un sistema de gobernanza y acreditación, como lo tiene el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) que se creó en el Protocolo de Kioto.
Y finalmente el 6.8, hace parte del artículo de mercados, pero se refiere a enfoques no relacionados con transacciones, un concepto que aún está en desarrollo, pero que también busca ayudar a los países a implementar los compromisos nacionales.
El artículo 6 del Acuerdo de París, tiene unos mecanismos de mercado que aparecen en los parágrafos 6.2 y 6.4, que buscan promover el desarrollo sostenible, la integridad ambiental y la transparencia y en los cuales se han centrado las negociaciones en los últimos años, ¿por qué ha sido tan complicado para los países ponerse de acuerdo en estos temas?
Pedro Barata, portugués, experto en mercados de carbono.

Pedro Barata, portugués, experto en mercados de carbono.

Foto:barlavento.sapo.pt

Pedro Barata: hay distintas razones. Cuando hablas de desarrollo sostenible en el contexto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC), ha sido siempre un tema muy difícil de tratar porque la mayoría de las veces la idea es que los países que son receptores de esos mecanismos de mercado, como los que tenían proyectos bajo el Protocolo de Kioto, deciden que el tema de desarrollo debe ser nacionalmente determinado.
Así mismo, hay diferentes concepciones de lo que es integridad ambiental. Por ejemplo, la Unión Europea se interesa mucho en el tema a partir del sistema de contabilidad de los compromisos. ¿Qué quiere decir eso? Que si bajo el artículo 6.2, por ejemplo, yo hago un proyecto en Panamá y voy a buscar ahí los créditos de carbono que voy a utilizar para mi contribución nacional en Portugal, esos créditos ya no deben estar disponibles.
Es decir, las reducciones se hicieron para Portugal y Panamá ya no las puede presentar como propias, es decir hay que evitar la doble contabilidad. Eso sería integridad ambiental, porque al final si hay doble contabilidad lo que nosotros colectivamente lograríamos sería falso en la contabilidad real.
No debería existir controversia alrededor de la contabilidad, puesto que los mecanismos quieren contribuir a que los países cumplan con sus NDC y alcanzar las metas del Acuerdo de París; y que cuando se haga el balance entre sumas y restas haya una reducción real y no solamente transferencia de resultados entre países. ¿Cuáles son las reglas o lineamientos primordiales para evitar la doble contabilidad?
China encabeza el listado. Es el mayor emisor de dióxido de carbono del mundo. Según las últimas investigaciones del Proyecto Global de Carbono, el país asiático emite 10.357 millones de toneladas métricas cada año.

China encabeza el listado. Es el mayor emisor de dióxido de carbono del mundo. Según las últimas investigaciones del Proyecto Global de Carbono, el país asiático emite 10.357 millones de toneladas métricas cada año.

Foto:123rf

Ya en el Acuerdo de París se hablaba de los ajustes correspondientes, pero el Acuerdo no es muy preciso sobre qué son, y lo más importante qué va a ser ajustado. En la sala de negociación se logró un consenso en que el ajuste se hará sobre la base de los inventarios o los balances de emisiones.
Pero, quedan todavía unas diferencias muy grandes. Por un lado, tú tienes a países que dicen: si yo hago un proyecto de Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), por ejemplo, en Brasil y le vendo los créditos a Portugal, Brasil, igual, tendría derecho a utilizar esos mismos créditos para sumarlos al cumplimiento de su contribución nacionalmente determinada. Es decir, se estarían contabilizando dos veces esas reducciones, tanto para Brasil como para Portugal.
Además, hay otra dificultad, a lo que en inglés se le llama OMGE (overall mitigation global emissions) y hace referencia a que, si yo voy a buscar una reducción en Colombia, por ejemplo, aunque yo haga el ajuste correspondiente, la suma es nula. Lo que he buscado lo voy a utilizar en Portugal y Colombia no lo va a utilizar más. A
hora bien, hay muchos países, sobre todo de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo y otros como en África que dicen que nosotros deberíamos prohibir esa suma nula y establecer el principio de que cuando se involucra en el trading, es decir, en el comercio de emisiones se debe contribuir un poco más para una reducción de emisiones que no va a ser contabilizada bajo los compromisos de cada uno de los dos países involucrados en la transacción.
Les pongo un ejemplo numérico. Yo voy a comprar cien toneladas de carbono de un proyecto en Colombia, pero me quedo solo con 80 y los otros 20 se van a cancelar. El hecho de que yo pague los cien, pero solo me quede con 80 es como si fuera una tasa, pero en este caso, una tasa positiva porque en el balance general, esos 20 van a ser una contribución a la atmósfera, al esfuerzo global.
Este es un concepto muy controvertido sobre todo en países como Estados Unidos y también Europa, porque lo asocian a una tasa o impuesto. Y para estos países los impuestos internacionales no se discuten bajo la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
Hay un tema que se ha considerado exitoso y tiene que ver con el procedimiento que se estableció en el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) para que un porcentaje de las transacciones vaya al Fondo de Adaptación del Protocolo de Kioto y apoye proyectos que reduzcan la vulnerabilidad de los países y los ayude a aumentar su resiliencia ¿por qué ha sido tan difícil establecer este procedimiento en el artículo 6.2?

Al final, lo que es importante es el objetivo del Acuerdo de París, es decir lograr que la temperatura no aumente más allá de los 1.5 grados.

Lo que pasa es que en el marco del Protocolo de Kioto tú tenías ese instrumento asociado al Mecanismo de Desarrollo Limpio y eso ha sido aceptado por algunas Partes, y con esto me refiero puntualmente a Estados Unidos y la Unión Europea porque con esto estabas creando un nuevo activo medioambiental o sea los Certificados de Reducción de Emisiones (CER, por sus siglas en inglés), y con esto fue más fácil convencer a los países de que esto no era un impuesto internacional.
En el artículo 6.4 se aplica la misma filosofía y no hay problema. Incluso, está en el texto del Acuerdo de París que hay una tasa para la adaptación. Pero, bajo el artículo 6.2, lo que una buena parte de la gente está proponiendo es que este apartado arregle temas como mercados domésticos nacionales que van a conectarse entre ellos, y esto se dice nuevamente que es un tema de soberanía fiscal.
Y nosotros estaríamos imponiendo desde la Convención una tasa sobre ese activo nacional. Entonces, ese es el argumento de porqué, según algunos, hay que hacer una distinción entre el 6.2 y 6.4. El contraargumento es que eso va a favorecer el uso de un instrumento con relación al otro. Es decir, voy a tasar al 6.4 con una tasa para la adaptación, mientras todas las transacciones bajo el 6.2 van a quedar libres de esta.
Entonces si el país tiene opción de decidir, pues se irá por lo más rentable y no vamos a tener proyectos en el marco del 6.4 y nos vamos a quedar con menos posibilidades de financiar la adaptación.
¿Se va a lograr llegar a un acuerdo en este punto en la COP26?
Representantes de colectivos indígenas se manifiestan en Madrid (España) contra los mercados de carbono.

Representantes de colectivos indígenas se manifiestan en Madrid (España) contra los mercados de carbono.

Foto:J.J. Guillén. EFE

Creo que es muy difícil que países como Estados Unidos cambien de posición. Pero todo es posible. La parte importante de ese tema es que es un punto de presión de los países que tienen verdaderas necesidades de financiación para la adaptación y creo que los Estados Unidos y la Unión Europea van a tener que intentar garantizar que si bajo el artículo 6.2 no hay esta tasa, se establezca otro instrumento o más recursos para financiar la adaptación.
Cuando uno habla con algunos delegados de diferentes grupos de negociación, hay posiciones divididas. Algunos dicen que es mejor tener un acuerdo en este momento frente al artículo 6 que no tener nada, mientras que otros dicen que es preferible no tener un acuerdo a que lo que se logre no esté alineado con las metas del Acuerdo de París. ¿Cuál es tu posición frente a esto?
Este es un punto de vista muy personal. De todos los temas, lo que más me preocupa es el de la contabilidad y del mal que se puede hacer con la mala utilización de los mecanismos de mercado para escapar a los compromisos que los países han plasmado en sus NDC.
Es importante decir que el artículo 6 es un artículo sobre la cooperación voluntaria entre países. No es un artículo necesario en la arquitectura de París, sino es un artículo más que va a facilitar el alcance de los objetivos, pero nos podríamos quedar sin él.
Entonces, desde mi punto de vista que soy un adepto de mercados, siempre he trabajado en el tema, me gustaría muchísimo tener a los mercados de carbono conectados y funcionando, que sea efectivo desde el punto de vista medioambiental; pero si no tenemos un sistema de contabilidad que sea riguroso, todo eso no va a tener importancia.
Al final, lo que es importante es el objetivo del Acuerdo de París, es decir lograr que la temperatura no aumente más allá de los 1.5 grados.
Si no salen unas reglas robustas frente a los temas que usted plantea, de alguna forma, ¿le estaríamos haciendo trampa a la atmósfera y a lo que estamos buscando como objetivo del Acuerdo de París?
Exactamente. Es una trampa, y además es una trampa que va a ser difícil explicar, porque todo ese tema de contabilidad es muy tedioso, no es fácil de explicar a las personas que no están siguiendo todos los detalles.
En la actualidad, el 80 por ciento de las operaciones del Grupo ISA son carbono neutro y se espera alcanzar el 100 por ciento en 2022.

En la actualidad, el 80 por ciento de las operaciones del Grupo ISA son carbono neutro y se espera alcanzar el 100 por ciento en 2022.

Foto:iStock

Hay otros instrumentos que se han venido generando, algunos en el contexto de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, como por ejemplo el mecanismo de reducción de emisiones por deforestación, las soluciones basadas en la naturaleza y los esquemas de compensación voluntarias, entre otros. ¿Cómo consideras que podrían incorporarse este tipo de instrumentos al artículo 6?
Muchos de estos mecanismos van a ser enmarcados por el artículo 6. Una de las discusiones más importantes en este momento es, la disciplina, como lo decimos jurídicamente, de los ajustes correspondientes. Y, de hecho, es una cuestión que toda la gente se está preguntando, cuáles son las implicaciones de ese ajuste correspondiente.
Por ejemplo, si yo Pedro Barata como individuo voy a comprar unos créditos de carbono en Colombia de un proyecto de una solución basada en la naturaleza que son certificados, pero que no tienen ningún tipo de acción desde el punto de vista del gobierno de Colombia, es decir es una transacción entre privados (private to private).
Yo me quedo con esos créditos. La cuestión es cómo se refleja esa acción en las contribuciones nacionalmente determinadas o en los compromisos de Colombia y de Portugal. Y ahí hay un montón de opiniones diversas de gente que dice que todo tiene que ser ajustado.
Sí tú eres Pedro y no eres un país, pero vas a utilizar los créditos para decir que eres carbono neutral, entonces desde el punto de vista ético, no deberías utilizar algo que no está ajustado. Entonces, yo debería pedir a Colombia que ajuste su compromiso con esa transacción. Y si la uso en Portugal, igualmente Portugal debería ajustar.
Entonces, aunque parezcan muy distintas las cuestiones de mercados voluntarios y transacciones que son entre personas jurídicas, que no son Estados, la verdad es que hay implicaciones de lo que estamos haciendo en el marco del artículo 6 para todo ese tipo de transacciones.
Las negociaciones están definiendo las reglas entre países, pero es claro para mucha gente que va a tener implicaciones para todo tipo de transacciones que ya se están haciendo.
El artículo 6 también incluye el mecanismo de no mercado, que se conoce con el numeral 6.8, ¿a qué se refiere este mecanismo y qué está pasando alrededor de él en las negociaciones?
Creo que es necesario decir que hay una historia bajo ese tema y que algunos países, la mayoría de Latinoamérica han querido balancear la discusión porque creían que había demasiado énfasis en los mecanismos de mercado y querían darle un enfoque a otro tipos de actividades que no son mediadas por el mercado de carbono.
Por primera vez, en esta COP, pudimos conocer un ejemplo de lo que este enfoque quiere decir; por ejemplo lo que se está dando a través iniciativas que une a diferentes tipos de empresas y gobiernos que están financiando acciones para reducir la deforestación, que van a producir reducciones, pero no van a ser convertidos en créditos de carbono que van ser utilizados por los gobiernos. No hay una transacción.
El crédito es solo una forma de contabilizar el efecto climático de la plata que se pone en ese tipo de programas. Es similar a una contribución financiera y la reducción es contabilizada para el país donde se desarrolla el proyecto. No es muy distinto a otras acciones que ya se están llevando a cabo como por ejemplo la financiación basada en los resultados, donde los resultados se miden en toneladas de carbono evitadas.
No creo que vaya a ser posible tener un acuerdo para el mercado de carbono si no tenemos un acuerdo con algún tipo de sustancia en el tema de no mercados.
* En el marco del podcast 1.5 Grados con expertos, Mariana Rojas Laserna y Natalia Borrero Morales entrevistaron a Pedro Barata, experto en el tema, sobre las complejidades del artículo 6 del Acuerdo de París.
Mariana Rojas, experta en política ambiental y directora senior de Transforma.
Natalia Borrero, periodista de medioambiente.
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