Un total de 267 personas fueron detenidas y judicializadas en Colombia por delitos ambientales en 2022, sobre todo por cargos relacionados con la minería ilegal y la deforestación, según un balance ofrecido por la Fiscalía.
"En delitos ambientales, 267 personas fueron capturadas y judicializadas", informó el director especializado de la Fiscalía contra las Violaciones a los Derechos Humanos, Hugo Tovar, quien detalló que 108 fueron por extracción ilícita de minerales y 75 por deforestación.
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En este año también se ha acusado formalmente a 145 personas por delitos ambientales y se han obtenido 33 condenas, según el balance.

El tráfico de fauna y flora es uno de los negocios criminales más lucrativos, junto al narcotráfico dice la Policía.
Minambiente
Nueva ley de delitos ambientales
Acciones como la deforestación, el tráfico ilegal de especies silvestres, el ecocidio o la caza y pesca ilegales son penalizadas en el país gracias a la nueva ley de delitos ambientales, promovida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
La ley creó el delito de deforestación señalando que quien, sin permiso de la autoridad o incumpliendo las normas actuales, tale, queme, corte, arranque o destruya áreas iguales o superiores a una hectárea continua o discontinua de bosque natural podrá pagar una pena que va entre los 5 y los 12 años de prisión.

Cada año se deforestan en Colombia, en promedio, cerca de 180.000 hectáreas de bosque.
MAURICIO MORENO. EL TIEMPO
Igualmente se crea el delito de tráfico de fauna que señala que quien trafique, exporte o comercialice sin permiso de la autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente los especímenes, productos o partes de la fauna acuática, silvestre o especies silvestres exóticas, incurrirá en prisión que va entre los 5 y los 11 años y tres meses.
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El Código Penal ya contemplaba el delito de invasión de áreas de especial importancia ecológica que sanciona a quien invada, permanezca o realice uso indebido de
los recursos naturales en área de reserva forestal, ecosistemas de importancia ecológica, playas, terrenos de bajamar, resguardos indígenas, terrenos de propiedad colectiva de las comunidades negras, parque regional, parque nacional natural, área o ecosistema de interés estratégico o en área protegida.
Ahora también es delito que se promueva, financie, dirija, facilite, suministre medios, se aproveche económicamente u obtenga cualquier otro beneficio de ese tipo de conductas, lo cual incluye una pena entre los 8 y los 15 años de prisión.
La nueva ley crea el delito de apropiación ilegal de baldíos de la nación. Así, quien usurpe, ocupe, utilice, acumule, tolere, colabore o permita esa apropiación sin el lleno de los requisitos de ley incurrirá en prisión entre 5 y 12 años de prisión.
Conviene recordar que la Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, realizará la investigación y judicialización de estos delitos y demás conductas delictivas conexas o relacionadas.
REDACCIÓN MEDIOAMBIENTE Y EFE