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Ciencia

Le contamos qué hacer si se encuentra una pieza arqueológica

El fósil hace parte de la Era Cuaternaria (Imagen de referencia)

El fósil hace parte de la Era Cuaternaria (Imagen de referencia)

Foto:iStock

Es importante no extraer las piezas de su contexto original y reportar el hallazgo al Icanh.

redacción ciencia
Hace algunos días un niño de 12 años y su abuelo hicieron un fascinante hallazgo en la vereda Agualinda, en Norte de Santander: lo que al principio creyeron que era una roca o un poste de energía resultó ser el fósil de un colmillo de un Haplamastodon, un mastodonte americano.
Aunque no se trata de un hecho que ocurra todos los días, le contamos qué debe hacer si en algún momento sospecha que está frente a un descubrimiento que pueda tener valor arqueológico.
De acuerdo con Instituto Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), el encuentro de bienes arqueológicos durante el desarrollo de actividades cotidianas como siembras, adecuación de infraestructura doméstica, mantenimiento de vivienda familiar, actividades deportivas y de ocio, entre otras, se considera como un hallazgo fortuito.
En estos casos, de acuerdo con lo estipulado en el Decreto 138 de 2019,  es deber de la ciudadanía reportar estos hallazgos al Icanh a través de la línea telefónica 4440544 ext. 1121 o 1218, o del correo electrónico contactenos@icanh.gov.co.
El instituto recuerda que es importante no extraer las piezas de su contexto original hasta que un profesional especializado realice los estudios pertinentes.
El Icanh, como institución científica adscrita al Ministerio de Cultura, es “la única entidad facultada por las disposiciones legales para aplicar el régimen de manejo del patrimonio arqueológico tanto en el nivel nacional, como en los diversos niveles territoriales”.

¿Es diferente el proceso si se trata de patrimonio paleontológico, el geológico, arqueológico o histórico?

De acuerdo con el Icanh, en estos casos los procesos son diferentes. En Colombia existen entidades del orden nacional que se encargan de la gestión, protección, conservación y divulgación del patrimonio arqueológico, geológico, paleontológico e histórico.
En el caso del Icanh se encarga de velar por la protección del patrimonio arqueológico como bien de interés cultural. Entre sus obligaciones está recibir los reportes sobre el hallazgo de bienes integrantes del patrimonio arqueológico y establecer las medidas para asegurar su protección y salvaguardia.
La investigación de elementos constitutivos del patrimonio geológico y paleontológico de la nación tales como fósiles, rocas o minerales le corresponde al Servicio Geológico Colombiano. Esta es una entidad adscrita al Ministerio Minas y Energía responsable de velar por la protección del patrimonio geológico y paleontológico de la nación; lidera y desarrolla actividades y proyectos en torno a la identificación, valoración, conservación y divulgación de este patrimonio, con el ánimo de promover y garantizar su correcta utilización y disfrute por parte de la sociedad.
Con respecto al componente histórico, existen diferentes entidades que se encargan de salvaguardar este patrimonio; algunas de ellas son el Archivo General de la Nación, la Biblioteca Nacional, el Museo Nacional, la Dirección de Patrimonio del Ministerio de Cultura. 

¿Qué normas rigen el patrimonio? ¿Tiene valor comercial?

“Los bienes del patrimonio arqueológico pertenecen a la Nación y son inalienables, imprescriptibles e inembargables”, algo que está establecido en la Constitución de 1991, artículos 63 y 72, al igual que en la Ley 397 de 1997, Artículo 4º; el Decreto Reglamentario 833 de 2002, Artículo 3º y la Ley 1185 de 2008, Artículo 3º.
En ese sentido, los bienes integrantes del patrimonio arqueológico no se compran ni se venden, no son objetos de adquisición de propiedad con el paso del tiempo y no se pueden usar como prenda ni se pueden retener para obligar el cumplimiento de obligaciones.
Tampoco se pueden sacar del país sin autorización previa del Icanh. Es obligación de todos los colombianos garantizar su protección, evitar su pérdida o destrucción y evitar el tráfico o su exportación ilegal. Los ciudadanos pueden registrar y ser tenedores autorizados del patrimonio arqueológico, cumpliendo ciertos requisitos definidos por el instituto.
Todas las actividades ejecutadas con el fin de hallar bienes que integran el patrimonio arqueológico y cuya finalidad es su venta, tráfico ilegal, conformación de colecciones privadas, realización de subastas en el exterior, entre otros, son consideradas como actividades ilegales y altamente destructivas que potencializan la afectación sobre los bienes del patrimonio arqueológico.
En Colombia el Decreto 138 de 2019 establece la normatividad que rige sobre el patrimonio arqueológico de la nación.
REDACCIÓN CIENCIA
*Con información del Icanh

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