Hasta este viernes 30 de diciembre podrán circular, en Colombia, las bolsas plásticas que tengan un tamaño menor a 30 por 30 centímetros o aquellas cuyo calibre sea inferior a 0.9 milésimas de pulgada. Así lo determinó la Resolución 0668 expedida el 28 de abril del 2016 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que entrará en vigencia a partir de mañana.
El ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo Urrutia, explicó que el objetivo de esta reglamentación es hacer un uso racional y responsable de las bolsas de plástico. “En primera instancia, la normativa va dirigida para almacenes de cadena, droguerías y grandes superficies, que deben incentivar otras opciones para que los consumidores empaquen sus compras”.
“Lo más importante de esta reglamentación es que busca cambiar hábitos de producción y consumo en la población. Si logramos esto, haremos una gran contribución al planeta, pues lo mínimo que tarda una bolsa en degradarse es 50 años”, afirma Murillo Urrutia.
Para hacerle seguimiento a esta normativa los distribuidores de bolsas deberán presentar un 'Programa de uso racional de bolsas plásticas' y un informe anual del cumplimiento de las metas establecidas consignadas en la resolución, a través de la Ventanilla integral de trámites ambientales en línea (Vital).
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