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Tras fallo Petro estudia acciones legales contra Ordóñez
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Gustavo Petro

César Melgarejo. EL TIEMPO

Tras fallo Petro estudia acciones legales contra Ordóñez

Corte IDH dice que Procuraduría no podía destituirlo. El país debe ajustar normas.

La Agencia de Defensa Jurídica del Estado estudia con lupa los alcances de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que concluyó que a Gustavo Petro se le habían violado sus derechos al destituirlo e inhabilitarlo por las fallas en el esquema de basura cuando era alcalde de Bogotá.

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Alejandro Ordóñez

Alejandro Ordóñez, actual embajador ante la OEA.

Foto:

Carlos Ortega / EL TIEMPO

La decisión, revelada por EL TIEMPO, tiene alcances de fondo para el Estado colombiano pues: además de ordenar reparar a Petro con una suma simbólica –10 mil dólares más gastos del proceso–, conmina al país ajustar sus normas para garantizar la no repetición.

En efecto, en el fallo de 63 páginas, se advierte que ninguna autoridad administrativa puede destituir a un servidor público elegido por voto popular, como sucedió el 9 de diciembre de 2013.

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Ese día, la Procuraduría, en cabeza de Alejandro Ordóñez –actual embajador de Colombia ante la OEA–, destituyó a Petro y lo inhabilitó por 15 años.

Según el fallo, “Colombia debe adecuar su ordenamiento interno de acuerdo a lo señalado en la sentencia, de forma tal que los funcionarios de elección popular no puedan ser destituidos ni inhabilitados por decisiones de autoridades administrativas”.

Al respecto, señala que el Estado incumplió con sus obligaciones previstas en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José.

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Y explica que la vigencia de las normas que facultan a la Procuraduría a imponer dichas sanciones a funcionarios democráticamente electos –así como aquellas que tienen el efecto práctico de producir una inhabilidad en el ejercicio de los derechos políticos como resultado de una decisión de la Contraloría– constituye una violación a esa convención.

En su momento, la defensa de Colombia manifestó que la Corte IDH carece de competencia para pronunciarse y ordenar la modificación de las normas constitucionales y legales que consagran las facultades sancionatorias de la Procuraduría General.

Así mismo, afirmó que a lo largo del proceso quedó demostrada la convencionalidad del ordenamiento jurídico colombiano en lo relacionado con las facultades de la Procuraduría para sancionar funcionarios de elección popular y destacó la promulgación del nuevo Código General Disciplinario que amplía las garantías concedidas a los procesados.

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‘Debe acatarlo’: Petro

Sin embargo, la Corte IDH no acogió ninguna de las solicitudes de la defensa, según lo indica su providencia.

La gran pregunta es si Colombia accederá a que un fallo lo conmine a modificar su ordenamiento jurídico.

En diálogo con EL TIEMPO, Gustavo Petro dijo que la única manera de que Colombia no acate el fallo es que renuncie a la Convención Americana de Derechos Humanos, como hizo Venezuela en 2012.

Según Petro, el fallo también deja en evidencia el abuso de poder del exprocurador Ordóñez, contra quien evalúa tomar acciones legales.

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“El fallo es una clara ampliación democrática. Con este ceden el poder de chantaje y de miedo que ejercían funcionarios de procuradurías y contralorías. Eso es propio de las dictaduras”, le dijo Petro a EL TIEMPO, para quien ese poder fue usado para perseguir a opositores. Según el senador, hay 1.800 casos como el suyo.

Y añadió que a la decisión de Ordóñez se unió la del contralor del Distrito, Juan Carlos Granados, que le impuso multas cercanas a los 150 millones de dólares para dejarlo fuera de la Alcaldía y de la política.

‘No hay efecto retroactivo’

Camilo Gómez, cabeza de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, manifestó que se está estudiando la posibilidad de pedir aclaraciones al fallo.

“El fallo dice que el Estado no presentó a tiempo las excepciones preliminares en la Comisión, y eso lo vamos a revisar. Estamos analizando toda la sentencia, en conjunto con el Procurador y el Contralor”, dijo.

Y aclaró que el fallo señala que no se requiere una reforma constitucional, como lo pedía Petro.

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En la Procuraduría reconocieron la gravedad de la decisión, pero señalaron que el tiempo dado por la Corte IDH para modificar el ordenamiento colombiano implicaría un reconocimiento de que las decisiones tomadas hasta ahora son consideradas válidas.

“Hasta el último día de la administración se acogerá el plazo razonable dado por la Corte IDH. Lo decidido hasta la fecha no está en entredicho. El fallo no puede tener efectos retroactivos”, dijo una alta fuente de la Procuraduría.

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