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Salud

Conozca si su ciudad tiene toque de queda o cuarentena este puente

Así lucían las calles de Cali durante la cuarentena de marzo.

Así lucían las calles de Cali durante la cuarentena de marzo.

Foto:Juan Pablo Rueda. EL TIEMPO

Ministerios de Salud y el Interior emitieron circular que recomienda restricciones de circulación.

Ronny Suárez
Desde esta noche y durante al menos cinco días, los municipios y ciudades en los que la ocupación general departamental o distrital de las unidades de cuidados intensivos (UCI) esté por encima del 70 por ciento podrán tomar medidas que, entre otras, restringen la movilidad y la circulación total de personas y vehículos todos los días en horarios nocturnos. Y en el caso de ocupación mayor a 85 por ciento podrán decretar confinamientos.
Así lo establece una circular conjunta emitida por los ministerios de Salud y del Interior, en la que recomiendan a alcaldes y gobernadores a tomar medidas de orden público con base en este indicador (la ocupación de las UCI) de cara al puente de Reyes que tiene lugar este fin de semana en Colombia. Vale recordar que las circulares no son obligatorias sino que se trata de directrices que pueden o no ser adoptadas por los destinatarios.
Todo esto, por supuesto, por las cifras recientes que ha dejado la pandemia en el país. El 15 de diciembre fue el último día que Colombia reportó menos de 200 muertes por covid-19. Desde entonces se están reportando, en promedio, 240 fallecimientos diarios, e incluso el 31 de diciembre fueron 304. El miércoles el Ministerio de Salud dio a conocer otros 295.
Adicionalmente, en los últimos 23 días, con las celebraciones de Navidad de fondo, se han informado 5.528 decesos por coronavirus, que representan el 12,36 por ciento de los 44.723 a los que llegó el país de forma oficial. Y las autoridades de salud esperan que estas cifras aumenten exponencialmente en los próximos días.
En ese sentido, Daniel Palacio, ministro del Interior, explicó que la circular está dirigida a los mandatarios de tres grupos de municipios: los que tengan ocupaciones de unidades de cuidados intensivos (UCI) por encima del 70, 80 y 85 por ciento a nivel departamental y distrital.

Más del 70 por ciento

Así, los municipios y ciudades que estén en departamentos con ocupaciones de UCI por encima del 70 por ciento o los distritos en esa misma condición podrán restringir toda movilidad entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana todos los días (solo en ese horario nocturno) desde el 7 de enero hasta el 12 de enero.
Además, los mandatarios pueden aplicar otras medidas como restringir las cirugías no prioritarias, imponer pico y cédula para todo tipo de actividad comercial, prohibir todo tipo de reuniones públicas y privadas, limitar el piloto de bares y restaurantes para la venta y consumo de bebidas alcohólicas hasta máximo las 7 p. m. y realizar auditoría constante de cuidado intensivo.
En este momento, los departamentos con ocupación general de UCI entre 70 y 80 por ciento son Putumayo (70,97 por ciento, según el Sistema Monitoreo Minsalud y CRUE Territorial con datos al 5 de enero) y Nariño (72,4 por ciento, según el reporte más reciente de la Gobernación).
Es decir que, con base en eso, los alcaldes o gobernadores de los municipios y ciudades suscritos a estos departamentos tienen vía libre para decretar las medidas descritas.

Más del 80 por ciento

En las ciudades y municipios que tengan ocupación de UCI por encima del 80 por ciento, las autoridades, además de las medidas anteriores, podrán limitar la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos todos los días entre las 8 de la noche y las 5 de la mañana, del 7 al 12 de enero. Esto quiere decir que la restricción de circulación es únicamente nocturna.
En este grupo aparece Antioquia (83,55 por ciento, según el Crue territorial con datos al 6 de enero), por lo que los mandatarios de los municipios de este departamento podrán acogerse a estas medidas.
Hasta el pasado 23 de agosto la ocupación de las UCI en Antioquia era del 73,84 por ciento.

Hasta el pasado 23 de agosto la ocupación de las UCI en Antioquia era del 73,84 por ciento.

Foto:Joaquín Sarmiento / AFP

Más del 85 por ciento

Según explicó el ministro Daniel Palacio, en los departamentos en los que la ocupación de las camas de unidades de cuidados intensivos esté por encima del 85 por ciento los mandatarios podrán restringir la circulación de personas y vehículos por vías y lugares públicos desde esta noche a las 7 p. m. hasta el martes 12 de enero a las 5 de la mañana. Palacio afirmó que en la práctica se trata de una medida de confinamiento continua.
En esos lugares, adicionalmente, se restringirá la circulación de vehículos y personas todos los días desde el 12 de enero hasta el 16 entre las 8 de la noche y las cinco de la mañana.
Además, según la circular, se deben prohibir todas las reuniones públicas y privadas en eventos deportivos, recreativos y culturales que generen aglomeración de personas en espacios públicos y cerrados. Y hacer una auditoría permanente de los centros asistenciales para verificación de las camas UCI, así como activar un corredor de atención a través de los centros reguladores de emergencias locales en coordinación con el Ministerio de Salud.
Actualmente están en este grupo Bogotá (85,3 por ciento al 5 de enero, según la Secretaría de Salud); Valle del Cauca (91 por ciento, de acuerdo con datos al 6 de enero de la gobernación); Norte de Santander (87 por ciento, según el CRUE territorial al 6 de enero); Risaralda (89 por ciento, según la Gobernación con datos al 6 de enero) y Tolima (89,52 por ciento, teniendo en cuenta la información del Sistema de Monitoreo del Minsalud al 5 de enero).

La circular está dirigida a los mandatarios de tres grupos de municipios: los que tengan ocupaciones de UCI por encima del 70, 80 y 85 por ciento a nivel departamental y distrital

Fuentes del Ministerio de Salud explicaron que se tiene en cuenta la ocupación del Departamento o el Distrito porque son estas entidades territoriales las que tienen control legal sobre las UCI. En todo caso, son los alcaldes los encargados de emitir decretos de orden público en cada territorio y con base en esta circular.
Esas mismas fuentes confirmaron que si un departamento ve variaciones en estos niveles mientras está vigente la circular podrán ser tomadas estas medidas por parte de los mandatarios de sus municipios y ciudades.
El ministro del Interior aclaró, en el programa de Acción y prevención, que se podrán realizar desplazamientos y actividades comerciales sin limitaciones en las horas en las que no hay toque de queda. Además, los viajeros vía terrestre o aérea podrán hacer sus viajes sin problema.
Se espera que a lo largo del día los mandatarios locales informen específicamente cuáles son las medidas que acogen para los próximos cinco días.

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