¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Salud

Proyecto de regulación única vuelve a encender el debate del aborto

Los defensores del aborto legal alegan que, a pesar de la despenalización, se presentan barreras de acceso que ponen en riesgo las vidas de las mujeres.

Los defensores del aborto legal alegan que, a pesar de la despenalización, se presentan barreras de acceso que ponen en riesgo las vidas de las mujeres.

Foto:AFP

Se levantó una nueva polémica por la publicación de un documento del Ministerio.

Ronny Suárez
El aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es aquel provocado para eliminar un feto con o sin asistencia médica. Y si bien este procedimiento puede ser abordado desde distintas perspectivas, la Corte Constitucional lo acogió en Colombia como un tema de salud en el 2006, bajo la sentencia C-355, que lo despenalizó en tres situaciones: riesgo para la madre, malformación del feto incompatible con la vida y embarazo producto de abuso.
Pero hoy, cuando en el papel está despenalizado en esas tres causales, en la práctica muchas de quienes solicitan la IVE sufren todo tipo de barreras de acceso. La Mesa para la Salud y la Vida de las Mujeres, de hecho, ha denunciado que ha recibido más de 1.200 denuncias de obstrucciones.
Hay tanta dispersión conceptual, sostiene el jurista Miguel Ángel Fernández, que ante puntos como la edad gestacional, los riesgos maternos y fetales e incluso sobre competencias el alto tribunal ha tenido que emitir sentencias para amparar solicitudes específicas de algunas mujeres (T-171/07, T-988/07, T-209/08, T-946/08, T-009/2009, T-388/09, T-585/10, T-636/11 y T-841/11).
Esto ocasionó, según Fernández, que cada fallo convirtiera la sentencia original en una especie de colcha de retazos que muchos, por conveniencia, terminaron por interpretar de acuerdo con su pensar. Y justamente por eso, en la sentencia de Unificación SU-096 del 2018, que amparó el derecho a abortar de una afiliada a la EPS Compensar en enero del 2018, la Corte Constitucional precisó el fundamento y el alcance de los derechos sexuales y reproductivos en el ordenamiento jurídico colombiano.
En dicho fallo, el tribunal indicó que la estructura de estas garantías se edifica sobre dos dimensiones, la primera relacionada con la libertad, que supone la imposibilidad del Estado y la sociedad de “implantar restricciones injustificadas en contra de las determinaciones adoptadas por cada persona; y la segunda, prestacional, que implica la responsabilidad de adoptar medidas positivas para garantizar el goce efectivo de estos derechos”.
En conclusión, la Corte unificó todas las sentencias anteriores, aclaró términos, pero además, ante el vacío legislativo, conminó al Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, para que en un plazo perentorio compilara todas las acciones sanitarias que permitieran, dentro del sistema de salud, garantizar este derecho para todas las solicitantes sin ningún tipo de barreras.
Ese plazo se venció esta semana, y la sola emisión del borrador de la resolución pertinente reabrió las mismas discusiones que desde siempre se han polarizado: unos que pregonan la liberalización total del aborto por la autonomía femenina y otros quienes consideran que es acabar con vidas de inocentes impune e injustificadamente. Todo esto sin puntos medios.

El ‘florero de Llorente’

El texto expuesto por el Ministerio a la espera de comentarios generó controversia porque, además de referirse a rutas de atención, seguimiento, confidencialidad y garantía, se metía con temas claves. Por ejemplo, que la IVE se puede practicar en el marco de estas tres causales en cualquier edad gestacional, o la no exigencia a menores de 14 años en embarazo de la denuncia de la violencia sexual ni a cualquier menor de 18 del consentimiento de sus padres.
No tardaron las reacciones. El monseñor Juan Vicente Córdoba, quizás el más duro, afirmó que el alto tribunal no puede “decir que lo que era un delito se convirtió en un derecho” y que con esto se está tomando atribuciones “tremendas”, pues el encargado de formular las leyes es el Congreso.
La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, abanderada de este derecho, respondió que el borrador de resolución busca garantizar que ellas ejerzan la IVE libres de las barreras de acceso que se han presentado desde la sentencia original, como malos tratos, requisitos adicionales innecesarios, desconocimiento del marco regulatorio y el no reconocimiento de las afectaciones que un embarazo no deseado tiene para la salud integral.
Frente al Ministerio de Salud se citó a un plantón encabezado por los opositores al aborto que pedían la abolición de toda la norma, lo que motivó que el ministro Juan Pablo Uribe manifestara que el actuar de su cartera solo se estaba acogiendo de manera literal a lo ordenado por la Corte Constitucional y que no se estaba planteando nada que no estuviera ya en la jurisprudencia.
En medio de este debate, el presidente Iván Duque se declaró pro vida y dijo que para él la vida empieza desde la concepción, destacando que en Colombia el principio general es el de la prohibición. Sin embargo, el jefe de Estado recordó que lo hecho por el Ministerio fue solo presentar una resolución para comentarios de la ciudadanía.
Y aunque pareciera que en el Gobierno había unificación frente al tema de que solo se estaba cumpliendo por lo ordenado por el alto tribunal, Alejandro Ordóñez, embajador de Colombia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), amenazó al ministro Uribe con posibles “reproches individuales” si firma el proyecto porque de hacerlo le esperaría la nulidad ante lo contencioso administrativo. “En Colombia no existe el derecho a matar y menos a inocentes que están por nacer”, indicó.
Desde el plano médico, el borrador de resolución recibió respaldo. César Burgos, presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas, fue claro en decir que Colombia no puede retroceder en el camino que ha recorrido despenalizando el aborto en tres causales, porque esa decisión se enmarca en un componente de salud pública que no resiste debate.
“El país debe ver este planteamiento como un aporte en favor de la salud de muchas mujeres que están expuestas a los riesgos mayores de los abortos clandestinos”, dijo.
CARLOS F. FERNÁNDEZ Y RONNY SUÁREZ
UNIDAD DE SALUD
Ronny Suárez
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO