En 36 artículos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) reglamentó este miércoles las campañas por el ‘Sí’ y por el ‘No’ para el plebiscito refrendatorio del Acuerdo Final con las Farc.
En la tarde de este miércoles se dio a conocer en su totalidad la Resolución 1733 firmada por los nueves magistrados del tribunal electoral y que regirá a quienes quieran impulsar ambas tendencias.
Uno de los elementos novedosos de esta reglamentación fue la licencia para que los partidos políticos utilicen sus logos en las piezas publicitarias que se divulguen para impulsar alguna de las dos tendencias en el plebiscito refrendatorio. (Lea también: En campaña del plebiscito, partidos podrán usar logos en publicidad)
La Corte Constitucional había dicho, en un comunicado de prensa, que no se podrían “incorporar contenidos que promuevan un partido político, un movimiento o grupos significativos de ciudadanos o que se relacionen con la promoción de candidaturas a cargos de elección popular” para promover el 'Sí' o el 'No'.
Hace tres semanas, el Consejo Electoral realizó una audiencia pública con partidos políticos y organizaciones sociales y ciudadanas para escuchar sus posiciones y aportes sobre estas reglas y una de las peticiones más reiteradas de las colectividades fue permitir el uso de sus logos para impulsar una de las dos tendencias.
La senadora por Alianza Verde Claudia López, por ejemplo, dijo que “la solución política negociada y el fin definitivo a este conflicto armado” hacen parte del “ideario” y la “plataforma” de esa organización política y, por ello, pidió “claridad meridiana” sobre este punto.
“Desde nuestro punto de vista no hay ninguna razón para que nosotros no podamos, en nombre de nuestro partido, con su nombre y símbolos completos y escuetos, invitar a votar por el ‘Sí’ en cualquier pieza o acción publicitaria que haga Alianza Verde”, afirmó ese día la senadora.
En ese sentido, el Consejo Electoral determinó que se permitirá el uso de logos de los partidos y movimientos políticos siempre y cuando estén inscritos como campaña por el ‘Sí’ o por el ‘No’ y no promocionen personas o candidaturas.
“Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que opten por inscribirse a la campaña del plebiscito podrán utilizar el logro que tengan registrado en el Consejo Nacional Electoral en la propaganda por la opción del ‘Sí’ o del ‘No’ siempre y cuando no sea utilizado con fines políticos o electorales diferentes a los del plebiscito”, reza el artículo 32 de la Resolución.
Según Alexander Vega, presidente del CNE, esta licencia se dio porque “el Consejo Electoral entendió que el espíritu de la Corte Constitucional al incluir esta limitante fue que no se promovieran personas ni candidatos”, no colectividades.
Así las cosas, los partidos políticos que quieran usar sus logos para impulsar el ‘Sí’ o el ‘No’ en el plebiscito refrendatorio podrán hacerlo, pero tendrán que inscribirse previamente para ello con el fin de que el tribunal electoral pueda controlar los gastos que hagan para ello.
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