El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene casi lista la reglamentación por la que tendrán que regirse las campañas por el ‘Sí’ y por el ‘No’ en el plebiscito refrendatario de los acuerdos de La Habana.
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Según fuentes del CNE, los comités promotores de cada tendencia se llamarán “comités de campaña” y no tendrán ningún tipo de restricción para su registro. Es decir que serán ilimitados.
Esto quiere decir que cualquier ciudadano, organización social o ciudadana, partido político, fundación o grupo minoritario podrá constituir un comité de campaña para impulsar el ‘Sí’ o el ‘No’ para la votación del mecanismo.
Estos comités no tendrán derecho a la reposición de votos, es decir el dinero que da el Estado por la obtención de sufragios.
(Lea aquí el documento completo del decreto con el que se convoca al plebiscito)
Otro punto ya acordado por los nueve magistrados, según conoció este diario, es que para los colombianos en el exterior se permitirá solamente un día de votación: el dos de octubre.
Igualmente se dispondrá que una vez el Registrador Nacional cierre el Censo Electoral, este se publique en el Diario Oficial. Esto busca determinar con precisión cuántos votos se requerirán por el ‘Sí’ y, según fuentes del CNE, evitar que se preste a confusiones o interpretaciones diferentes.
En cuanto a las encuestas, estas se permitirán hasta el día anterior a la realización del plebiscito. En otras palabras, los colombianos podrán conocer las tendencias hasta el sábado primero de octubre a la medianoche.
Todavía quedan algunos temas por acordar para esta reglamentación, entre las cuales están los topes de gastos que podrían hacer las campañas por el ‘Sí’ y por el ‘No’, los términos en que se hará la publicidad de las dos tendencias y cómo será la votación para los menores de 18 años, la cual, al parecer, se permitirá de manera simbólica.
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