Luego de que EL TIEMPO revelara que 32 exintegrantes del secretariado y del estado mayor de la exguerrilla de las Farc fueron llamados por la Jurisdicción Especial de paz (JEP) para responder por secuestros y secuestrados hoy desaparecidos, como parte de los acuerdos de paz de La Habana para obtener los beneficios de la justicia especial diseñada para cerrar el conflicto armado, la JEP emitió un comunicado detallando, además, cómo serán priorizados los casos.
Entre los 32 citados a esta diligencia inicial, cuyo proceso quedará nombrado en la historia como el número 001 de la JEP, hay siete de los diez delegados de la Farc para ocupar curules en el Congreso que arranca el 20 de julio próximo.
Los senadores del partido de la Farc llamados a rendir cuentas en la justicia especial son Iván Márquez, Pablo Catatumbo y Carlos Antonio Lozada; y los representantes a la Cámara citados son Jesús Santrich, Olmedo Ruiz, Marco Calarcá y Byron Yepes.
No están citados en este proceso el representante Jairo Quintero ni las futuras senadoras Victoria Sandino y Sandra Ramírez.
También fue llamado Rodrigo Londoño, Timochenko.
Así lo ordena el auto 002, conocido por este diario y emitido por la Sala de Reconocimiento de Verdad. Esta abordará los secuestros atribuidos a la exguerrilla a partir de los informes presentados por la Fiscalía, la Fundación País Libre y el Centro Nacional de Memoria Histórica. Puntualmente, el informe de la Fiscalía incluye 312 sentencias por secuestro contra las antiguas Farc. Y 68 de esos fallos comprometen directamente a miembros del secretariado y del estado mayor.
Durante la audiencia del 13 de julio, los 32 llamados a comparecer ante la JEP recibirán los informes que la Fiscalía, País Libre y el Centro de Memoria Histórica entregaron sobre el secuestro.
En la mañana de este viernes el comunicado de la JEP detalló en los criterios de priorización de los casos, entre esos, según explicó, están "los de gravedad de los hechos, magnitud de la victimización, impacto diferenciado en las víctimas, impacto en pueblos étnicos y otros sujetos colectivos".
"La aplicación de los criterios permite priorizar en los casos y situaciones que conoce la Sala de Reconocimiento, que involucran los hechos más graves y representativos del conflicto y a los máximos responsables de crímenes no amnistiables", informó la JEP.
El tribunal de paz añadió que La Sala de Reconocimiento utiliza estos criterios para priorizar entre los hechos que conoce a partir de los informes que presentan los organismos judiciales, las organizaciones de víctimas, de derechos humanos, y étnicas, así como de otras instituciones del Estado".
También detalló que en los criterios se definen en dos dimenciones, impacto y disponibilidad de la información. Y que el impacto tiene dos componentes: subjetivo y objetivo.
"En el subjetivo se analizan los casos y situaciones referidas a las características de las víctimas y de los presuntos responsables. En el segundo, el objetivo, se refiere concretamente a los hechos".
Respecto del impacto subjetivo se establecen varias categorías:
- La condición de la vulnerabilidad de las víctimas.
- Impacto diferenciado en los pueblos étnicos y sus territorios.
- Impacto diferenciado en otros sujetos colectivos.
- La representatividad de los presuntos responsables.
Respecto del criterio objetivo del impacto el componente tendrá en cuenta:
- La gravedad de los hechos.
- La magnitud de la victimización.
Redacción paz y ELTIEMPO.COM