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Proceso de Paz

Se buscarán indultos y amnistías 'amplias' para base de la guerrilla

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Congreso reglamentará esos beneficios. No aplicarán para crímenes de guerra y lesa humanidad.

Uno de los primeros proyectos que presentará el gobierno al Congreso, una vez firmada la paz con las Farc, es el que concederá amnistías e indultos “lo más amplios posibles” para la base de la guerrilla.
En el acuerdo final firmado en La Habana quedó establecido que al darse el término de las hostilidades “se concederán amnistías o indultos por delitos políticos y conexos”. Los acuerdos señalan expresamente que esos beneficios, que son exclusivos para los delitos políticos, no se concederán a los máximos responsables de delitos de lesa humanidad, genocidio y graves crímenes de guerra.
Entre los delitos por los que no podrán recibir beneficios judiciales están: la toma de rehenes, el secuestro de civiles, tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, el desplazamiento, además del reclutamiento de menores. (Además: Acuerdos entre Gobierno y Farc castigarán crímenes de guerra)
Los guerrilleros vinculados a esos delitos –así como los civiles y los agentes del Estado en la misma condición– irán al Tribunal para la Paz, en donde podrán recibir tres tipos de sanciones. Inicialmente, quienes reconozcan desde el comienzo su responsabilidad en graves delitos recibirán penas de entre 5 y 8 años, consistentes en restricción efectiva de libertades y la movilidad.
Un segundo grupo de máximos responsables que no reconozcan desde el primer momento sus crímenes pero lo hagan antes de que se emita sentencia tendrán pena privativa de la libertad de entre 5 y 8 años.
Finalmente, quienes sean responsables de este tipo de conductas y se nieguen a cumplirle a la justicia alternativa podrán ser condenados por el Tribunal a penas privativas de la libertad de entre 15 y 20 años. El Congreso será escenario de los debates acerca de las conexidades del delito político (la más polémica de ellas, la del narcotráfico), y en todo caso lo que se apruebe deberá pasar el control de la Corte Constitucional, como en su momento ocurrió con la Ley de Justicia y Paz, que hace una década le dio piso legal al proceso con las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc).

El mundo, pendiente

En todo caso, la entrega de indultos y amnistías deberá respetar los instrumentos internacionales firmados por Colombia que hacen parte del bloque de constitucionalidad. Y puntualmente, deberá respetarse el Tratado de Roma, que creó la Corte Penal Internacional y que obliga a que los delitos de guerra y de lesa humanidad sean siempre juzgados y castigados. (Lea también: 'Podemos decir, por fin, que todo está acordado': Santos)
Crímenes como la violencia sexual, la desaparición forzada, el desplazamiento, experimentos médicos, el reclutamiento forzado de menores, el uso de armas prohibidas, la esclavitud, entre otros, son los de competencia de la CPI.
La Corte empezó a funcionar en el 2002, cuando se completó el número de Estados signatarios para ese efecto. Y la consecuencia de ello es que, desde entonces, prácticamente en todo el mundo quedaron proscritos los acuerdos de paz en los que los victimarios no respondan por sus actos.
Es por esta razón que tanto en el proceso con los grupos paramilitares como en el actual con las Farc se terminó imponiendo un modelo de justicia transicional que si bien les permite a los victimarios evitar las condenas plenas, sí garantiza un mínimo de verdad, justicia y reparación, así como la no repetición. (Además: Los pasos que siguen en la ruta del plebiscito por la paz)
En los procesos anteriores –desde la negociación de paz del gobierno Betancur hasta los que permitieron, una década después, desarmar y llevar a la política a la Corriente de Renovación Socialista (en el 90 lo habían hecho el M-19 y el Epl)– incluso los responsables de crímenes atroces recibieron indultos (perdón de las condenas) y amnistías (olvido de los procesos en curso) tan generales que hoy no serían sostenibles.
En el gobierno de Uribe Vélez, entre el 2002 y el 2003, se tramitó la Ley 782 del 2002 y el decreto 128 del 2003, que les daban categoría de delincuentes políticos a los grupos paramilitares y les abría así la posibilidad de recibir indultos y amnistías a sus integrantes. La Ley de Justicia y Paz originalmente ratificaba esas gabelas. (Lea también: Las cinco respuestas claves del Gobierno sobre el acuerdo de paz)
Pero la Corte Constitucional, primero, y luego la Corte Suprema de Justicia, echaron por tierra esas decisiones y negaron la posibilidad de calificar los delitos de las Auc como políticos, lo que llevó a que la totalidad de los desmovilizados (más de 32.000) fueran procesados por concierto para delinquir.
Fue necesario expedir una legislación de emergencia que permitió concederles a los combatientes rasos la posibilidad de cesar procedimientos o de evitar las capturas a cambio de compromisos de verdad y reparación por fuera de Justicia y Paz.
REDACCIÓN PAZ
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