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Gobierno

Polémica por decretos que darían beneficios a miembros del Gobierno

El presidente Iván Duque asegura que capoteó uno de los momentos más difíciles de presidente alguno.

El presidente Iván Duque asegura que capoteó uno de los momentos más difíciles de presidente alguno.

Foto:Néstor Gómez. EL TIEMPO

La Unidad Nacional de Protección aclaró que "no existen medidas de protección vitalicias". 

Este fin de semana se generó toda una polémica después de que algunos sectores aseguraran que a través de decreto, el presidente Iván Duque, incluyó nuevos miembros ante  el Consejo de Seguridad Nacional para que tuvieran algunos beneficios vitalicios como esquemas de seguridad, camionetas blindadas y escoltas. 
Una de las primera entidades en salir a despejar dudas sobre esto fue la Unidad Nacional de Protección (UNP) dejó claro que "no existen medidas de protección vitalicias para funcionarios públicos" y que "esa afirmación no corresponde a lo establecido en la ley o en los decretos que regulan la materia".
Precisamente en el Decreto 1069 de junio de 2018, del expresidente Juan Manuel Santos, estableció que solo los expresidentes, exvicepresidentes y sus cónyuges pueden mantener esquemas de seguridad de por vida.
Además, se señala que en el caso de las personas incluidas en el Programa de Protección "el nivel del riesgo será revaluado cada 4 años, salvo que se presente una situación extraordinaria que amerite el incremento de su esquema antes del término señalado".

Los nuevos decretos

Trascendió que con la expedición del decreto 1033 del 18 de junio de 2022, el gobierno Duque habría ampliado el alcance de dichos beneficios para miembros del Consejo de Seguridad Nacional, entre ellos, el ministro del Interior; el ministro de Defensa y el director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
También incluye al jefe de Gabinete del Departamento Administrativo de la Presidencia; el Director General del Departamento Administrativo -Dirección Nacional de Inteligencia; el Comandante General de las Fuerzas Militares; el Director General de la Policía Nacional y el Consejero Presidencial para la Seguridad Nacional. 
Asimismo, en el Decreto 1064 del 24 de junio se establece que dentro de la Unidad Nacional de Protección (UNP), que protege a personas en situación de riesgo extraordinario o extremo, se incluyen, según el numeral 11, a los “ex servidores públicos que, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, hayan sido miembros del Consejo Nacional de Seguridad a partir de la entrada en vigencia del Decreto 1033 del 18 de junio de 2022".

La aclaración 

Ante la polémica, fuentes de la Casa de Nariño, le indicaron a EL TIEMPO que dichos decretos tienen excepciones y condiciones que son evaluadas para que sean incluidos como "sujetos de protección". 
1. El decreto (Decreto 1064 del 24 de junio) establece poblaciones objeto de protección, son más de 12 poblaciones, que tienen derecho a ser evaluados en caso tal de solicitar una evaluación de riesgo.
2. El decreto permite hacer la evaluación, el tener medida de protección depende del resultado de esa evaluación, no es automático.
3. todos los colombianos que tienen protección de la UNP o Policía son revaluados anualmente, para determinar si ha incrementado o disminuido su riesgo.
4. Ningún esquema en Colombia, su tamaño y su permanencia es vitalicio, todos son evaluados periódicamente, algunos se evalúan anual, otros cada dos años y otros cada 4 dependiendo el riesgo y la función asociada al riesgo. Nadie tiene derecho a seguridad de manera automática, todo depende de la evaluación del riesgo, quien determina la pertinencia o no del esquema.
POLÍTICA
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