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Gobierno

Migrantes venezolanos: este es el paso a paso para la regularización

Un grupo de migrantes venezolanos camina por una calle con maletas y bolsos, el 7 de octubre, en San Cristóbal, estado Táchira (Venezuela).

Un grupo de migrantes venezolanos camina por una calle con maletas y bolsos, el 7 de octubre, en San Cristóbal, estado Táchira (Venezuela).

Foto:Efe

El 5 de mayo comienza la primera fase de registro para tener el Permiso por Protección Temporal.

Luisa Mercado
Este jueves el Gobierno expidió la resolución de implementación del Estatuto Temporal de Permanencia, que, en otras palabras, significa la regularización de migrantes venezolanos que están en el país. 
La resolución, que estará para comentarios durante cinco días, establece que el 5 de mayo comienza la primera fase para adquirir el permiso.

Condiciones para acceder al régimen de protección temporal

Para acceder al estatuto debe:
1. Encontrarse en territorio colombiano de manera regular como titulares de un  Permiso de Ingreso y Permanencia (PIP), Permiso Temporal de Permanencia (PTP) o de un Permiso Especial de Permanencia (PEP) vigente, cualquiera sea su fase de expedición incluido el PEPFF.
2. Encontrarse en territorio colombiano de manera regular como titulares de un Salvoconducto de Permanencia SC – 2 en el marco del trámite de una solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado.
3. Encontrarse en territorio colombiano de manera irregular a 31 de enero de
2021.
4. Ingresar a territorio colombiano de manera regular a través del respectivo Puesto de Control Migratorio legalmente habilitado, cumpliendo con los requisitos establecidos en las normas migratorias, durante los primeros dos años de vigencia del Estatuto, es decir, desde el 29 de mayo de 2021 hasta el 28 de mayo de 2023.

¿Cuándo y dónde se debe registrar?

El primer paso es llenar una encuesta que es el pre-registro virtual, en línea y gratuito, haciendo uso de medios electrónicos, a través del enlace dispuesto para tal efecto en el portal web de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia http://www.migracioncolombia.gov.co, disponible a partir del día 5 de mayo de 2021 hasta el día 24 de noviembre de 2023.
Esto es para estar en el Registro Único de Migrantes Venezolanos – RUMV-, que estará habilitado a partir del 5 de mayo de 2021 y hasta el 28 de mayo de 2022, para quienes ya están en el país,.
Para quienes lleguen en los próximos dos años, estará habilitado desde el 29 de mayo de 2021, hasta el 24 de noviembre de 2023.
Una vez llene la encuesta le llegará a su correo la constancia de pre-registro con la citación con fecha, hora y lugar para la toma de datos biométricos de forma presencial como requisito previo para la expedición del Permiso por Protección Temporal (PPT).
La citación incluirá un código de confirmación, con el cual el migrante venezolano
deberá confirmar su asistencia a la cita tres (3) días antes.

¿Cuáles documentos necesita para estar en el Registro Único de Migrantes?

1. Estar en alguna de las condiciones antes mencionadas.
2. Encontrarse en el territorio nacional.
3. Presentar su documento de identificación, vigente o vencido, el cual podrá
ser:
a. Para los mayores de edad:
i. Pasaporte
ii. Cédula de Identidad Venezolana
iii. Acta de Nacimiento Venezolana
iv. Permiso Especial de Permanencia
b. Para los menores de edad:
i. Pasaporte
ii. Acta de Nacimiento Venezolana
iii. Cédula de Identidad Venezolana
iv. Permiso Especial de Permanencia
4. Declarar de forma expresa en el Pre-Registro Virtual la intención de permanecer temporalmente en Colombia.
5. Autorizar la recolección de sus datos biográficos, demográficos y biométricos,  consentimiento previo que otorgará el ciudadano para llevar a cabo el tratamiento de sus datos personales.

¿Cómo demostrar que estaba en el país antes del 31 de enero de 2021?

Migración Colombia señaló que será admitida como prueba:
- Todo documento expedido por una entidad pública colombiana, dentro del ejercicio
de sus funciones, que permita su individualización por sus datos personales a un migrante venezolano y que evidencie su permanencia en el territorio nacional desde antes de la fecha señalada.
- Todo documento emitido por una persona jurídica, inscrita en Cámara de Comercio o
sometida a supervisión de autoridad de vigilancia y control de nuestro país, suscrita
por el representante legal, que permita identificar por sus datos personales a un
migrante venezolano y que evidencie su permanencia desde antes de la fecha
señalada.
- Todo documento emitido por un nacional o persona que tenga Cédula de Extranjería
expedida por Colombia, que permita identificar por sus datos personales a un  migrante venezolano y evidencie su permanencia en el territorio desde antes de la
fecha señalada. En este caso el documento deberá contener el nombre de quien lo
suscribe, número de identificación y datos de contacto, para efectos de las
verificaciones pertinentes.
- Los documentos e información que se pretendan hacer valer como prueba sumaria y
que ya reposan en las bases de datos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, solo requerirán de su actualización por parte del migrante venezolano.
- La Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF), por sí sola, no constituye prueba de
permanencia en el país.

¿Cuáles son los puntos del Registro Biométrico Presencial?

Migración Colombia aseguró que  dispondrá de puntos específicos en el territorio nacional, que serán informados en los próximos meses.

¿Luego del registro biométrico obtengo el permiso?

Un vez haya llenado el pre-registro y haya hecho el registro biométrico, podrá aplicar para la obtención del Permiso por Protección Temporal (PPT) y debe: 
1. Estar incluido en el Registro Único de Migrantes Venezolanos - RUMV (PreRegistro Virtual, diligenciamiento de la encuesta socioeconómica y Registro Biométrico Presencial).
2. No tener antecedentes penales, anotaciones o procesos administrativos o judiciales en curso en Colombia o en el exterior.
3. No tener en curso investigaciones administrativas migratorias.
4. No tener en su contra medida de expulsión, deportación o sanción económica
vigente.
5. No tener condenas por delitos dolosos.
6. No haber sido reconocido como refugiado o haber obtenido asilo en otro país.
7. No tener una solicitud vigente de protección internacional en otro país, salvo
si le hubiese sido denegado.
Tras ello, analizan su solicitud y la autoridad Migratoria se pronunciará autorizando la expedición del permiso, requiriéndolo, o negándolo, lo cual será informado  al solicitante dentro de los siguiente 90 días hábiles a través del correo electrónico aportado.

¿Cómo es la entrega del permiso?

La entrega del Permiso por Protección Temporal (PPT) se hará de forma presencial, previa cita otorgada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y debe presentar el documento o documentos aportados en el pre-registro Virtual.
La entrega a domicilio del Permiso por Protección Temporal (PPT) será acordada
previamente con el migrante venezolano que así lo determine, debiendo asumir el
costo de su entrega.

¿De cuánto es la vigencia el Permiso?

El Permiso por Protección Temporal (PPT) tendrá vigencia hasta el 30 de mayo de 2031, salvo que el Gobierno lo prorrogue.

¿Habrá priorizados para tener el Permiso por Protección Temporal?

Sí, los migrantes venezolanos que hayan culminado sus estudios de educación media y no hayan podido recibir el correspondiente título de bachiller, por no ser titulares de un documento de identificación válido en el territorio nacional, serán priorizados.
Fichero
LUISA MERCADO
REDACCIÓN POLÍTICA
Twitter: @LuisaMercadoD
Escríbanos sus dudas a luimer@eltiempo.com
Luisa Mercado
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