Luego de varios intentos en el Congreso, este jueves por fin se convirtió en realidad la ley de comida chatarra o etiquetado frontal de productos ultraprocesados, tras ser sancionada por el presidente Iván Duque.
El proyecto ordena al Ministerio de Salud adoptar un reglamento para definir el etiquetado de productos ultra procesados que excedan sus contenidos de azúcares, sodio o grasas, mediante un sello frontal de advertencia, sencillo y claro, tomando en consideración la mayor evidencia científica existente.
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Este etiquetado hace parte de las recomendaciones que promueven organismos internacionales como la Organización Panamericana de la Salud y Unicef y que ya fue aprobada en Chile, México, Uruguay y Perú, países en los que ha demostrado ser una medida efectiva en la reducción de los índices de obesidad de la población.
“Este es un triunfo y un logro de miles de ciudadanos que, tras una intensa campaña, le reclamaron al Congreso legislar en favor de su derecho a la información y a la salud. Con esta ley estamos garantizando que los colombianos tengan información honesta, sencilla y clara, para cuidar su salud, que les permita tomar decisiones sobre el consumo o no de productos con excesivos niveles de azúcar, sodio, grasas y edulcorantes, sin necesidad de prohibir absolutamente nada, solo exigimos información clara. La oposición que hicieron los grandes gremios industriales y el Ministerio de Comercio fue impresionante, pero finalmente logramos que los intereses de salud de los ciudadanos primaran sobre los intereses de la industria”, advirtió Mauricio Toro, representante del partido Alianza Verde y autor de la iniciativa. Además, otros congresistas junto al Colectivo de Abogados impulsaron la campaña.
Los principales puntos que contempla la ley son:
● Obliga a los fabricantes de comestibles ultraprocesados con exceso de sodio, grasas saturadas o azúcar, a colocar en la parte frontal del empaque un sello con información clara y sencilla, que advierta al consumidor que ese producto es alto en esos ingredientes.
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● Entrega al Ministerio de Salud la responsabilidad de definir qué es un ultraprocesado basado en la evidencia científica de la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.
● Ordena al Ministerio de Salud, en un plazo de un año, definir el etiquetado de productos ultraprocesados mediante un sello frontal de advertencia, sencillo y claro, de alto impacto y de fácil identificación y comprensión para los consumidores.
Espacios institucionales en todos los canales de televisión abierta para promover hábitos saludables
● Faculta a la Comisión de Seguridad Alimentaria y Nutricional para diseñar herramientas educativas con información y procesos educativos sobre los hábitos y
estilos de vida saludables.
● La Comisión de Regulación de Comunicaciones debe autorizar espacios institucionales en todos los canales de televisión abierta para promover hábitos saludables.
● El Invima controlará que la información sea verídica y que corresponda al contenido
real de los productos.
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Los detractores del proyecto reiteradamente argumentaron que se afectaría gravemente a la industria de comestibles ultraprocesados y bebidas azucaradas.
Ante ello, Toro ha sido enfático en aclarar que “La ley de Etiquetado Frontal de Alimentos no prohíbe la venta y comercialización de absolutamente ningún producto, lo que garantiza es el derecho a la información. El Gobierno Nacional tendrá un año para ajustar la actual resolución de etiquetado frontal, para ajustarlo a la mayor evidencia científica disponible, donde hay consenso a nivel regional y global de que el etiquetado debe ser frontal, hexagonal y sin dibujos o mensajes que puedan hacer incurrir en confusión al ciudadano”.
¡Felicidad! 🎉🥰
— Katherine Miranda (@MirandaBogota) August 5, 2021
¡Por fin! ¡Es una realidad la ley de la comida chatarra! 🙏🏻 pic.twitter.com/4xwobdZ1z3
Frente a las sanciones, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) sancionará a cualquier persona que infrinja lo establecido en la presente ley en lo relativo a la implementación del etiquetado y las advertencias sanitarias. Además, la Superintendencia de Industria y Comercio impondrá sanciones ante el incumplimiento en materia de publicidad y violaciones de los derechos de los consumidores en los casos en los que no exista regulación especial.
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