El presidente Iván Duque firmó este martes el decreto 1009, que establece un plan de austeridad en el gasto e incluye a todas las entidades que dependen del Presupuesto General de la Nación; particularmente, a las de la Rama Ejecutiva.
El decreto restringe las condecoraciones, los viáticos, los eventos, la contratación de personal, la compra de vehículos, pide reutilizar algunos materiales y revisar los esquemas de seguridad de los funcionarios.
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El decreto comienza por señalar que la planta de personal y la estructura administrativa de las entidades que hacen parte del Presupuesto General y que pertenecen a la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional “solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o genere ahorros en los gastos de la entidad”.
Señala que “de forma excepcional” se podrán realizar reformas a la planta de personal y a la estructura administrativa que generen gasto “cuando sean consideradas como prioritarias por el Gobierno”.
Pero eso no quedará a la libre disposición de las entidades estatales, sino que deberán obtener concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, del Ministerio de Hacienda y del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
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Igualmente establece que las entidades estatales deben realizar una revisión previa y rigurosa de las razones que justifiquen la contratación de personal para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
Además establece que se debe racionalizar el reconocimiento y pago de horas extras, ajustándolas a las estrictamente necesarias, mientras que en materia de vacaciones no deben ser acumuladas ni interrumpidas.
El decreto, igualmente, deja en claro que las entidades deben abstenerse de iniciar cualquier tipo de contratación que implique mejoras suntuarias: el embellecimiento, el ornato o la instalación o adecuación de acabados estéticos de bienes inmuebles.
Además, establece que el mantenimiento de bienes inmuebles solo procederá cuando, de no hacerse, se ponga en riesgo la seguridad o se afecten las condiciones de salud ocupacional de las personas, en cuyo caso debe quedar expresa constancia y justificación de su necesidad.
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También se restringen los cambios de sede, la adquisición de bienes muebles tales como neveras, televisores, equipos audiovisuales, video beam, computadores portátiles, tableros interactivos, calentadores y hornos.
Si bien, por ahora están restringidos por pasajes aéreos, el decreto establece que cuando estos se soliciten, deberán hacerse en clase económica, salvo los debidamente justificados ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, siempre y cuando el viaje tenga una duración de más de ocho horas.
“No se reconocerán gastos de traslado, cuando el funcionario haga parte de la comitiva que acompañe al Presidente de la República o la Vicepresidente de la República y se transporte en el avión presidencial o en el medio de transporte que se designe para transportar al Presidente de la República o Vicepresidenta de la República”, señala.
Paralelo a esto se define que habrá austeridad de los gastos que generen las comisiones al interior o al exterior del país por concepto de viáticos y, por ejemplo, se establece que cuando la totalidad de los gastos para manutención y alojamiento que genere la comisión de servicios sean asumidos por otro organismo o entidad, no habrá lugar al pago de viáticos.
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En materia de eventos se establece que es responsabilidad de cada entidad la organización y realización y que únicamente se deben hacer los que sean estrictamente necesarios para la entidad y privilegiar, en su organización y desarrollo, el uso de auditorios o espacios institucionales.
Además, reitera la necesidad de racionalizar la provisión de refrigerios y almuerzos a los estrictamente necesarios.
En materia de los esquemas de seguridad, plantea que “deberán en lo posible” efectuar una revisión a los esquemas de seguridad de los servidores públicos de las entidades de la Rama Ejecutiva y procurar reducir su conformación.
Además, considera necesario hacer un monitoreo constante a las horas extras de los esquemas de seguridad.
Igualmente, el decreto establece que las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la· Nación deberán abstenerse de adquirir vehículos automotores, “salvo en aquellos casos en los que el parque automotor del organismo presente una obsolescencia mayor a seis (6) años”.
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“Los servidores públicos que tienen asignado el uso de vehículos oficiales propenderán porque los conductores respeten en todo momento las disposiciones de tránsito. Así mismo, los vehículos oficiales asignados a los servidores públicos no podrán estacionarse en sitios prohibidos en la vía pública y su uso siempre debe ser exclusivo para el cumplimiento de sus funciones”, señala el decreto.
Mientras tanto, el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y Policía Nacional podrán adquirir vehículos siempre y cuando sean para el uso exclusivo de defensa, seguridad nacional y convivencia ciudadana.
También se establecen restricciones en la publicidad estatal, en el uso de la papelería y de la telefonía, asì como reutilizar y reciclar implementos de oficina.
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“Está prohibida la realización de recepciones, fiestas, agasajos o conmemoraciones de las entidades con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación”, dice el decreto, aunque a renglón seguido dice que se exceptúan los gastos que efectúen el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y los gastos para reuniones protocolarias o internacionales que requieran realizar los ministerios de Relaciones Exteriores, de Comercio Exterior y de Defensa Nacional y la Policía Nacional.
Los vehículos solo podrán ser utilizados de lunes a viernes, y su uso en fines de semana y festivos deberá ser justificado en necesidades del servicio o en razones de seguridad.
Finalmente, establece que las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional reportarán al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante el "Aplicativo de Mediación de la Austeridad del Gasto Público", o el que haga sus veces, administrado por la Presidencia de la República, las metas y medidas adoptadas para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente decreto.
El decreto está firmado por el presidente Iván Duque, el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquila, y el director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo.
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