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¿Está en el limbo la Jurisdicción Especial para la Paz?
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¿Qué va a pasar con la JEP? | EL TIEMPO
¿Qué va a pasar con la JEP? | EL TIEMPO

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¿Está en el limbo la Jurisdicción Especial para la Paz?

Los senadores Roy Barreras y José Obdulio Gaviria debatieron sobre el tema.   

La sanción de la ley estatutaria de la JEP sigue generando debate en los diferentes sectores políticos. El senador del Centro Democrático José Obdulio Gaviria y el del Partido de la U, Roy Barreras, compartieron con EL TIEMPO su punto de vista frente a la decisión que debe tomar en pocas semanas el presidente de la república, Iván Duque.

El fiscal general de la Nación, hace pocos días, radicó una carta en Presidencia, exponiendo algunos reparos frente a la norma. Los cuatro puntos que señalaba como razones para objetar la ley y modificarla, fueron analizados por los senadores.

“Felicito al fiscal. Veo que verdaderamente está conduciendo la política criminal de Colombia”. Afirmó Gaviria quien además señala que los puntos refutados por Martínez fueron novedades añadidas por la Corte Constitucional a la ley estatutaria, consensuada en el congreso con antelación. 

Por su parte, el senador del partido de 'la U' Roy Barreras manifestó que las objeciones del fiscal frente a la JEP “no son ciertas” y expresó su preocupación frente a la posible influencia sobre la decisión del presidente Iván Duque, que en dado caso de no sancionarla, condenaría a la ley a un “limbo jurídico” del cuál no saldría nunca.

Los senadores expusieron sus puntos de vista frente a los cuatro reparos del fiscal, defendiendo, en el caso de Roy Barreras, la sanción de la norma, y en el caso de José Obdulio Gaviria, la objeción y modificación de los aspectos señalados.

En un primer lugar, está el amparo de la JEP sobre los delitos de ejecución permanente, como el narcotráfico, que se hubiesen cometido antes del primero de diciembre del 2016. El segundo aspecto señalado por Martinez, se refiere a la no repetición, y los beneficios bajo los cuales estarían amparados los reincidentes. El tercero, señala las competencias de la Fiscalía pues se le elimina la facultad de realizar diligencias judiciales, frente a los casos amparados por la JEP. Finalmente, en el cuarto punto, expone su desacuerdo con la amnistía otorgada a los responsables de crímenes de guerra, pues afirma que Colombia está sujeta a varios tratados internacionales de Derechos Humanos, que impide que en casos de esta gravedad, se suspenda la acción penal. 

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