Se acabó Semana Santa y fueron miles las personas que viajaron con sus familias durante esa fecha. No obstante, aunque algunas personas hicieron un alto en sus actividades laborales, la pandemia de covid 19 no dio tregua y las cifras de contagios volvieron a aumentar en algunas ciudades que atraviesan un tercer pico de coronavirus.
Por eso, con el fin de contener el aumento de covid-19 en el país, el Gobierno anunció este domingo unas nuevas medidas que empezarán a regir desde este lunes 5 de abril, hasta el 19 del mismo mes.
Le contamos cuáles son las medidas que debe tener en cuenta:
Según la circular, las ciudades que tiene una ocupación de Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) desde el 50 % en adelante tendrán toque de queda nocturno, pero varía el horario, según el porcentaje de ocupación.
- Para las ciudades con ocupación UCI superior al 85 %: entre las 06:00 p. m. y las 5:00 a. m. Actualmente aquí se encuentran ciudades como Medellín, Santa Marta y Cali.
- Para las ciudades con ocupación UCI entre el 80 % y el 84 %: entre las 08:00 p .m. y las 5:00 a. m. Actualmente aquí se encuentran ciudades como Barranquilla.
- Para las ciudades con ocupación UCI entre el 70 % y el 79 %: entre las 10:00 p. m. y las 5:00 a. m. Actualmente aquí se encuentran ciudades como Manizales.
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- Para las ciudades con ocupación de UCI entre el 50 % y el 69 %: entre las 00:00 a. m. y las 5:00 a. m. Actualmente aquí se encuentran ciudades como Bogotá, Bucaramanga, Villavicencio, Armenia, Montería, Pereira.
El Gobierno también les recomendó a los mandatarios locales que instauren el pico y cédula si en sus municipios tiene una ocupación de UCI superior al 50 %, desde el 5 hasta el 19 de abril.
Sin embargo, los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y los parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula.
Si estaba de viaje y debe retornar a su residencia, puede hacerlo. La circular señala que se permite, en todo momento, el tránsito de personas y vehículos que para su retorno se movilicen entre el 5 al 19 de abril.
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Adicionalmente, el Gobierno recomienda a todas las familias y personas que viajaron durante Semana Santa a lugares de alta ocupación de UCI o de alto nivel de contagio —entiéndase, ocupaciones de UCI superiores al 80 %—, practicar el autoaislamiento preventivo voluntario mínimo de 7 días, y si en ese periodo presentan algún tipo de síntoma continuar con el aislamiento obligatorio e informar inmediatamente a su EPS sobre su condición de salud.
Se permiten los servicios domiciliarios y el ejercicio de las actividades señaladas en el decreto 1076 de 2020.
Algunas de las excepciones que señala el decreto 1076 de 2020 son:
- Asistencia y prestación de servicios de salud.
- Adquisición de bienes de primera necesidad
- Las actividades relacionadas con los servicios de emergencia, incluidas las
emergencias veterinarias.
- Las actividades de la industria hotelera.
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La circular le ordena a los alcaldes y gobernadores:
-No autorizar los eventos de carácter público que impliquen aglomeración de personas.
-No habilitar la apertura de discotecas y lugares de baile, el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
-Reforzar el control para evitar la realización de fiestas y reuniones en general.
-Prohibir la realización presencial de todo tipo de celebraciones de carácter regional.
-Los mandatarios de municipios con ocupación mayor al 70 % o altos niveles de contagio podrán regular el uso de sitios públicos que generen aglomeración como playas, malecones y plazoletas, en las que se identifique violación a los protocolos de bioseguridad. La regulación deberá limitarse a las personas o sectores donde se presenten estas condiciones.
El Gobierno señaló que si ya recibió la primera dosis de la vacuna, "de ninguna manera significa que tenga mayor protección y se relajen las medida. La probabilidad de contagio existe".
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"La mayor protección de la vacuna se consigue cerca de dos semanas después de la segunda dosis", agrega la circular.
Los nuevos protocolos de bioseguridad en los vuelos nacionales e internacionales, que entrarán en vigencia el próximo 7 de abril de 2021.
Dada la aparición de nuevas cepas del covid-19, entre ellos el brasilero, el británico, el sudafricano, entre otros, el Ministerio de Salud y Protección Social estableció solicitar prueba PCR con resultado negativo de manera obligatoria a colombianos y extranjeros residentes en Colombia, que ingresen al territorio nacional por vía aérea.
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