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Gobierno

¿El CNE puede investigar irregularidad en campaña de Santos de 2010?

Varios países de América Latina llevan a cabo actualmente investigaciones sobre presuntos sobornos de la constructora brasileña Odebrecht a cambio de contratos públicos.

Varios países de América Latina llevan a cabo actualmente investigaciones sobre presuntos sobornos de la constructora brasileña Odebrecht a cambio de contratos públicos.

Foto:Sebastião Moreira / EFE

Gerente de la campaña, Roberto Prieto, reconoció que la "irregularidad" es "evidente".

Dos versiones jurídicas se dieron el martes alrededor de las declaraciones del empresario Roberto Prieto, quien admitió que cuando trabajó en la campaña del presidente Juan Manuel Santos, en el 2010, se recibieron dineros de Odebrecht.
Prieto sorprendió a la opinión pública en una entrevista en Blu Radio en la que manifestó que durante esa empresa electoral, en 2010, él ordenó unos “afiches” para impulsar la aspiración de Santos y que después mandó “la factura” a “Odebrecht”. El empresario admitió que “la irregularidad” era “evidente”.
La “irregularidad” a la que se refiere Prieto consiste básicamente en que la Ley 996 del 2005 prohibía la financiación de campañas por personas jurídicas extranjeras, como es el caso de la firma brasileña, según le dijo a este diario el exregistrador nacional Carlos Ariel Sánchez.
De acuerdo con algunos magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE) consultados por EL TIEMPO, pese a las explosivas declaraciones de Prieto, es poco lo que podría hacer el tribunal electoral para investigar estos hechos.
En el CNE se sostiene la teoría de que el artículo 52 de la Ley 1437 (Código de Procedimiento Administrativo), la cual rige varios aspectos de los procesos de carácter electoral, impide que la autoridad electoral actúe en este caso.
Esa norma indica que “la facultad que tienen las autoridades para imponer sanciones caduca a los tres años de ocurrido el hecho”, el cual, según Prieto, sucedió en la campaña del 2010.
Esto significa que la capacidad que tendría el Consejo Electoral para sancionar las irregularidades que Prieto admitió el martes ya habría caducado, y no es muy claro si el conocimiento de nuevos elementos habilitaría al tribunal electoral para investigar una campaña de hace casi siete años.
Según otra interpretación, el Consejo Electoral sí podría adelantar las indagaciones en este caso.
Según el excongresista Darío Martínez, experto en temas constitucionales y electorales, aunque la norma de procedimiento administrativo limita la competencia del CNE para sancionar, la Ley 996 del 2005 sí lo permite.
“La Ley 996 del 2005, que reglamenta la elección de Presidente, determina que el CNE podrá adelantar en todo momento auditorías o revisorías sobre los ingresos y gastos de las campañas y con base en dichos monitoreos o a solicitud de alguna parte, podrá iniciar investigaciones sobre el estricto cumplimiento de las normas sobre financiación”, dijo el experto.
Esto significa, en palabras de Martínez, que el CNE “tiene la plena competencia para investigar y sancionar, si hay lugar a ello, a las campañas presidenciales del 2010. Esta facultad no está sujeta a caducidad alguna”.
Lo que sí se dice en el CNE es que podrían pasar dos cosas. La primera, abrir una investigación preliminar y determinar que la entidad ya no es competente para sancionar los hechos del 2010. La segunda, remitir el tema a la Fiscalía General para que indague las posibles implicaciones penales.
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