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Hasta 8 años de cárcel por maltrato o abandono de ancianos
Adulto mayor

Los mayores de 60 años son más propensos a sufrir abandono por parte de sus familiares. 

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Archivo / EL TIEMPO

Hasta 8 años de cárcel por maltrato o abandono de ancianos

Entra en vigor la ley que también impone multas de 3,5 millones de pesos.

Hasta 8 años de cárcel y una multa de cinco salarios mínimos (cerca de tres millones y medio de pesos) deberán pagar a partir de ahora quienes maltraten o abandonen a los adultos mayores de 60 años que estén a su cargo.

Así lo estipula la nueva Ley 1850 del 19 de julio de 2017, que sancionó este viernes el presidente Juan Manuel Santos y establece medidas de protección para la violencia intrafamiliar contra las personas mayores.

De acuerdo con el más reciente informe de ‘Forensis’, de Medicina Legal, en 2016 se presentaron 1.653 casos de violencia intrafamiliar contra adultos mayores, es decir, casi cinco casos por día.

A continuación, un abecé de la normativa que entró vigencia este viernes.

¿Qué otros castigos contempla la nueva ley?

También se castigará a quien limite la movilidad de un adulto mayor con 16 a 36 meses de cárcel y multas que van desde 1 a 24 salarios mínimos (unos 17 millones de pesos).

¿Los castigos se aplican solo a los familiares del adulto mayor?

No, a estas penas quedará sometida también la persona que no siendo miembro del núcleo familiar sea el encargado del cuidado de un adulto mayor y lo maltrate física o psicológicamente.

¿Cuándo se considera que hay abandono?

En el momento en que la persona responsable del adulto mayor deja de velar por el cumplimiento de los derechos a la salud, educación, vestuario, vivienda, recreación alimentación y nutrición del adulto.

¿Cómo se define la responsabilidad sobre un adulto mayor?

Los comisarios de familia deberán establecer, en caso de inconvenientes, quiénes son los responsables de la protección del adulto mayor y de fijar la cuota de alimentos. Se tendrá en cuenta el grado de consanguinidad del familiar y situación económica.

¿Si es una institución la que incurre en abandono?

Las instituciones no se salvan de las penas; si una de ellas incurre en la misma conducta, será causal para que se cancelen los permisos de funcionamiento. Además, pagará una multa de 20 salarios mínimos; es decir, cerca de 15 millones de pesos.

¿Qué papel desempeñará el Gobierno?

El Ministerio de Salud deberá establecer una ruta de atención inmediata para el adulto mayor víctima de maltrato en ambientes familiares, centros de protección especial y otras instituciones encargadas de su cuidado y protección.

¿La denuncia la hace solo el afectado?

Puede ser interpuesta directamente por el adulto mayor afectado, pero si este no lo hace o no se encuentra en las facultades para hacerlo, la acción puede ser hecha por otra persona aunque no sea su familiar.

¿Ante quién se pone la denuncia?

Ante una comisaría de familia, quien se encargará de orientar y elevar el caso, si es necesario, a la autoridad competente.

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