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'El Estado debe reconocer que estas personas están desaparecidas'
Paro Nanional 28 de abril

El ESMAD ha hecho presencia en algunos sitios donde marchan los manifestantes.

Foto:

Mauricio Moreno

'El Estado debe reconocer que estas personas están desaparecidas'

Alberto Yepes, miembro de Coeuropa, habla sobre la desaparición forzada durante el Paro Nacional.

“Nombre y cédula, nombre y cédula”, es el grito que se escucha en las movilizaciones del Paro Nacional cuando la Fuerza Pública detiene a una persona. Organizaciones sociales y de derechos humanos denuncian que hay personas que salen a manifestarse y no regresan a sus casas. “Mijo la cosa no es ir, sino volver. ¿Dónde están? ¡Vivos los queremos!” Son las consignas que se escuchan en las calles.

Un llamado de parte de la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) y la Oficina en Colombia de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, recibió el Gobierno nacional con el fin de prevenir las desapariciones forzadas en el contexto de las protestas. "Es esencial que el Estado garantice que las privaciones de libertad, cualesquiera que sean las formas jurídicas que revistan, se realicen con el estricto cumplimiento de los límites y garantías contenidas en las normas de derecho internacional, bajo principios de transparencia y publicidad", señalaron ambas organizaciones.

Las cifras no cuadran. Mientras la Fiscalía informa de 308 casos de personas que fueron reportadas como “no localizadas” y tienen 111 casos activos actualmente, Coeuropa reporta 775 casos de personas que han sido desaparecidas, de las cuales 327 no se tiene información sobre su paradero y otras 448 ya fueron localizadas o han sido liberadas.

(Puede leer: Desaparecidos en el paro: Unidad de Búsqueda y ONU pidieron acciones)

Alberto Yepes es el Coordinador del Observatorio de Derechos Humanos de la Coordinación Colombia Europa Estados Unidos (Coeuropa). Dicha organización es una de las redes más amplias de derechos humanos que agrupa cerca de 290 organizaciones civiles a lo largo y ancho de Colombia. Estas instituciones han documentados la situación de derechos humanos durante las movilizaciones por el Paro Nacional y, especialmente, en lo conveniente a desaparición forzada.

¿Qué está sucediendo con la desaparición en el marco del Paro Nacional?

Este Paro a diferencia de otros tiene una particularidad y es que los registros de personas afectadas por las acciones de la Fuerza Pública para contener la protesta, no están viniendo de las entidades estatales, sino de organizaciones de la sociedad civil y las ONG. Eso está sucediendo por una razón y es que los organismos judiciales y de control, sobre todos los organismos de Ministerio Público, no están cumpliendo con su obligación de acompañar las protestas en todo el país, especialmente por la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría, que deben estar presentes en el momento en que se da cualquier captura y llevar un registro de las personas detenidas e informar de manera inmediata al Puesto de Mando Unificado (PMU) de cada ciudad —en donde están otros agentes del Ministerio Público como la Procuraduría, Fiscalía, Defensoría y representantes de organizaciones sindicales y derechos humanos—.

¿Es decir que no se está informando inmediatamente ocurren los hechos?

No. Antes la información se conocía en el acto mismo: el número de personas detenidas, quiénes eran y eso permitía darles información a las familias sobre quién estuvo detenido, para dónde se lo llevaron, a dónde puede ir a averiguar por esa persona. Pero esta vez eso no sucedió. La ley dice que cuando una persona es detenida se debe informar inmediatamente su detención al Puesto de Mando Unificado (PMU), que está en cada ciudad, pero eso no se está haciendo. En segundo lugar, no se le permite hacer una llamada a su familiar o a una persona conocida. Tercero, no se le permite comunicarse con un abogado porque, además, le roban los celulares.

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¿En qué momento se da la desaparición?, ¿cuándo deja de ser una privación de la libertad o una detención y se constituye como una desaparición?

El hecho de trasladar por protección a alguien, para imponer un castigo por haber ejercido el derecho a protestar, se configura como una detención ilegal.

La Corte Suprema de Justicia mencionó el año pasado que una práctica que ha sido sistemática de la Policía son las privaciones ilegales de personas que ejercían el derecho a la protesta, apelando a un mecanismo del Código de Policía que es el traslado por protección. El traslado por protección es justamente por protección, es decir, cuando una persona por el estado en el que se encuentra puede sufrir algún riesgo, o puede ver afectada su integridad, la Policía la lleva a un sitio seguro para protegerla e inmediatamente la pone en contacto con su familia para que vaya a recogerla.

Pero aquí se está utilizando masivamente el traslado por protección para, después de disolver una protesta, coger a las personas y llevarselas. Y las dejan hasta 36 horas o 2, 3, 4, 5, 6 días en un Centro de Traslado por Protección (CTP). Eso es absolutamente ilegal. El Código de Policía dice en los artículos 155 y 165 que la persona conducida por protección debe comunicarse inmediatamente con su familiar. Pero aquí no solamente no le permiten comunicarse, sino que además le quitan su celular. Entonces el hecho de trasladar por protección a alguien, para imponer un castigo por haber ejercido el derecho a protestar, se configura como una detención ilegal.

Según Coeuropa más de 700 personas han sido víctimas de desaparición forzada en el marco del Paro Nacional

Foto:

Valentina Arango Correa

¿Cuándo la detención ilegal se convierte en una desaparición forzada?

La definición de desaparición forzada, que está en la Convención Internacional contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas, dice que una desaparición forzada tiene dos elementos: primero una detención, sea legal o ilegal, de una persona por un agente estatal o un particular que trabaja en cooperación con un agente estatal; segundo, la negativa a entregar información sobre la suerte o el paradero de la persona. Esos dos elementos constituyen una desaparición forzada. De tal suerte que la persona queda sustraída al amparo de la ley y no se pueden interponer los recursos porque no se sabe para dónde se llevaron a la persona, qué hicieron con ella, con qué motivos se la llevaron.

Entre el 28 de abril y el 30 de mayo la Fiscalía encontró 308 personas reportadas como desaparecidas. Actualmente tienen activos 111 casos, ¿ustedes qué cifras tienen hasta el momento?

Nosotros a la Fiscalía le pasamos 471 casos de personas, de las cuales 379 no habían aparecido. Nos extraña que la Fiscalía siga trabajando sobre el número inicial de personas y no haya incorporado una gran cantidad de personas desaparecidas que desde el 6 de mayo hasta hoy. Pero, ¿qué hace la Fiscalía? Simplemente pregunta a la Policía en todos los municipios: “¿ustedes cogieron a esta persona?, ¿qué pasó con estas personas?, ¿ya fueron liberadas? Entonces la Fiscalía dice: “tenemos 299 personas que han sido localizadas, nunca estuvieron desaparecidas, estuvieron detenidas”. Eso es falso, ahí sí hubo una detención arbitraria, pero, además, una negativa a entregar información porque los agentes tenían una obligación de informar inmediatamente al PMU y facilitar la comunicación con sus familiares o con su abogado y nada de eso sucedió.

(Le recomendamos: Paro nacional: ¿Qué pasa con las cifras disímiles sobre desaparecidos?)

¿Por qué hay un desbalance tan grande entre sus cifras y las de la Fiscalía?

Nosotros tenemos casos en los que la persona, cuando se la iban a llevar, solo alcanzó gritar: “me llamo Julián” y no alcanzó a decir su nombre completo o dar su número de cédula. Entonces nosotros sólo alcanzamos a reportar que se llevaron a Julián de camisa blanca y bluyín azul. ¿Y qué dice la Fiscalía? Que no puede investigar porque tiene información insuficiente, entonces inadmite esos casos y los declara infundados. Por esa razón nuestros datos son mucho más elevados que los datos que tiene la Fiscalía, porque ellos no están investigando, se conforman con el listado de las personas que son puestas en libertad que le proporciona la Policía, pero ni siquiera cuando la persona es puesta en libertad se ocupa de investigar en qué condiciones fueron detenidas, cuánto tiempo transcurrió entre el momento de la captura y el momento de la liberación.

¿Qué implicaciones puede tener el uso del término “personas no localizadas” usado por la Fiscalía para referirse a estos casos?

Los organismos de control están esmerados en ocultar la realidad de la desaparición, ni siquiera nombrarla

En este ambiente de negacionismo los organismos de control están esmerados en ocultar la realidad de la desaparición, ni siquiera nombrarla, porque sabemos la carga emotiva que conlleva y la gravedad normativa de que se estén dando desapariciones forzadas en un país. Entonces prefieren acudir a un eufemismo que es “personas no localizadas” como si fueran simplemente personas que no están en un radar o cuya ubicación topográfica es desconocida. Como si no hubiera detrás de eso un delito, como si fueran personas que no quieren reportarse o registrarse de manera voluntaria, no se quiere demostrar que detrás de eso hubo una participación previa en un acto de protesta, que generalmente fue disuelta y hubo personas detenidas y luego no aparecen. Ahí hay un delito.

Cuando hablamos de desaparición en Colombia muchas veces pensamos en el contexto del conflicto armado, en las fosas comunes…

Tenemos en mente que las desapariciones forzadas se tratan de personas que las cogen, las asesinan, las entierran y después aparecen en fosas comunes. Esas son desapariciones con fines de homicidio. Aquí se instauró una práctica de desaparición que es con fin de escarmiento por haberse atrevido a ejercer un derecho. A la persona se le detiene, se le oculta a la familia donde la tienen y, mientras tanto, la cogen a golpe en una estación de Policía o donde sea. Esa es una desaparición para castigar, para cometer abusos sexuales, para someter a tratos inhumanos o degradantes a esa persona. No importa que después la persona se haya liberado, aun siendo liberada la persona fue víctima de una desaparición forzada, que se consumó porque la persona estuvo desaparecida durante todo el tiempo que transcurrió sin haber informado la familia lo que pasó.

"Mijo la cosa no es ir, sino volver".

Foto:

Valentina Arango Correa

La Comisión Intereclesial de Justicia y Paz publicó un comunicado en el que informa sobre “la existencia de fosas comunes en el área rural de los municipios de Buga y Yumbo en donde estarían llevando los cuerpos de muchos jóvenes caleños”. ¿Qué información tienen ustedes sobre este tema?

Si tenemos ese registro, sabemos de personas que han sido detenidas, desaparecidas y después han aparecido muertas. Tenemos el caso de Brian Rojas, detenido en La Virginia por el Esmad. Sufrió fuertes golpes y después apareció en el río Cauca, en el municipio de Sabanalarga, Antioquia.

(Le recomendamos: ¿Qué pasa con los desaparecidos en Cali durante el paro?)

¿Qué opina de la negativa inicial del gobierno nacional a la visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?

Era de esperar dada la monstruosidad de las atrocidades que se han cometido. Es explicable que el gobierno no quiera una verificación. Una de las exigencias principales de la población hoy es justamente el tema de la voluntad del Estado por investigar estos hechos. Que el Estado reconozca que estos crímenes se cometieron, que estas personas están desaparecidas, no simplemente “no localizadas” sino desaparecidas. Negar la presencia de la CIDH está en la base de garantizar el ocultamiento de estos crímenes.

¿Cómo prevenir la desaparición?

Yo creo que lo primero es reconocerlo. Si todo el mundo empieza a negarlo, a pensar que son meras detenciones arbitrarias, pues nunca va a parar este flagelo. Otro tema es que se dejen de apelar eufemismos para negar esta realidad. Hace falta una apropiación social de este concepto y la conciencia de que esta práctica se está llevando a cabo de manera masiva en cada acto de protesta. Son desapariciones forzadas y así deben ser nombradas, así deben de ser investigadas, así deben de ser sancionadas. Lo otro es que toda persona en el país, sabiendo qué es lo que sucede, esté preparada para documentar y registrar estos casos. Además de buscar la instauración del Mecanismo de Búsqueda Urgente.

Escuela de Periodismo Multimedia El Tiempo
Política@PoliticaET

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