Una prima del 25 % de los honorarios mensuales, permiso por luto o calamidad doméstica y descanso anual de cinco días hábiles remunerados, son algunas de las propuestas presentadas por las congresistas Angélica Lozano y Claudia López en un proyecto de ley que busca la regulación de los contratos de prestación de servicios.
De acuerdo con el Ministerio de Salud y Protección Social, con cifras del 2016, alrededor de un millón de personas en Colombia trabajaban bajo esta modalidad. Es decir, son ellos quienes deben realizar los aportes a salud y pensión, de acuerdo a sus ingresos.
Según esa cartera, el 75 %, es decir, 756.000 personas, trabajan con empresas privadas, mientras que el 25 % restante tienen contrato con alguna entidad pública. La Central Unitaria de Trabajadores registra que el 62 % de empleados estatales son prestadores de servicio, lo que equivale a 243.427 personas.
Aunque en muchos casos se ha criticado las condiciones laborales de este tipo de contrato con el Estado, en las empresas privadas los trabajadores también sufren ciertas dificultades a la hora de realizar su trabajo, no solo en el aspecto económico.
Joaquín* es un fotógrafo que tiene un contrato con un medio de comunicación de la ciudad de Medellín. Él realiza el cubrimiento de eventos sociales y cada día debe publicar uno de estos. La mayoría de los eventos son en la noche, pero la página debe de estar lista, máximo, a las 10 a. m. del día siguiente.
Su sueldo es de $2.100.000, pero debe invertir en la realización de sus obligaciones laborales unos $600.000. Paga $270.000 en seguridad social y unos $320.000 en transporte y alimentación. Estos gastos obligatorios reducen su salario a $1.500.000, aproximadamente.
En teoría, Joaquín tiene toda la tarde libre para realizar otros trabajos que le generen mayores ingresos económicos. Sin embargo, debe estar alerta de cualquier requerimiento que necesite su jefe, por lo que no se puede comprometer con otras actividades.
Asegura que las condiciones laborales no son las mejores en la mayoría de los casos, pues no puede permanecer mucho tiempo dentro de las instalaciones del medio, por política de la administración. “Considero que el problema de las personas que trabajamos con prestación de servicios, no es tanto el dinero en la mayoría de los casos, sino que estamos sintiéndonos un poco excluidos frente a la organización”, afirma Joaquín.
Además, argumenta que si sufre alguna lesión en su trabajo, o le roban la cámara, él es quien debe responder y no contaría con el respaldo de la compañía, sin importar que lo que ocurra sea en función de su compromiso con la empresa. De igual manera, señala que su contrato no tiene ninguna garantía y en cualquier momento podría ser cancelado sin ningún motivo.
Lo que cambiaría para trabajadores como Joaquín con el proyecto de Ley sería tener la posibilidad de asistir a las fiestas de la empresa, ser afiliado por el contratante a una aseguradora de riesgos laborales. Además, las compañías serían multadas por no pagar puntualmente los honorarios. Esta multa corresponde al 1 % de los honorarios dejados de pagar en dicho mes.

A las dificultades que expresan los trabajadores también se le suman los trámites que deben realizar cada mes.
Archivo EL TIEMPO
La Corte Suprema también se ha manifestado frente a esta modalidad de contratación, argumentando en la Sentencia T-726 de 2016 que “es un hecho constatado por la jurisprudencia que los poderes públicos han utilizado de forma abierta y amplia la figura del contrato de prestación de servicios para enmascarar relaciones laborales y evadir consistentemente el pago de prestaciones sociales , desconociendo así las garantías especiales de la relación laboral que la Constitución consagra , dejando de lado además, la excepcionalidad de este tipo de contratación”.
Este acto legislativo, de acuerdo con la congresista Angélica Lozano, busca mejorar las condiciones laborales, pero también propone una política nacional de “trabajo decente y modernización laboral en el sector público, con el objetivo de que no se sigan cometiendo abusos con las relaciones contractuales administrativas para encubrir relaciones de carácter laboral”, dice en el proyecto que ya se encuentra radicado y que deberá pasar dos debates en el Senado y dos en la Cámara de Representantes.
*Nombre cambiado por petición del trabajador.
MATEO GARCÍA
Escuela de Periodismo Multimedia EL TIEMPO
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