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Congreso

Así funcionará bloqueo financiero para padres que incumplan con cuota

El uso del efectivo sigue reinando, aún en las economías que tienen gran acceso a la tecnología.

El uso del efectivo sigue reinando, aún en las economías que tienen gran acceso a la tecnología.

Foto:Andrea Moreno / Archivo EL TIEMPO

La iniciativa parlamentaria que estableció el mecanismo está pendiente de sanción presidencial.

Los padres de familia que no cumplan con la cuota de alimentación de sus hijos durante tres meses serán reportados a una central de información que podría bloquear sus vidas.
Así quedó en la ley aprobada por el Congreso de la República –que este miércoles fue conciliado con 57 votos a favor– y que contempla la creación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).
Para que este mecanismo sea ley de la República solo hace falta la firma del Presidente de la República.
Será un “mecanismo de control al incumplimiento de las obligaciones alimentarias”, dice la ley, que tuvo como ponente a Roosvelt Rodríguez, de ‘la U’.
Esta central establece que los padres o madres que incumplan con la cuota de alimentación de sus hijos durante tres meses recibirá restricciones en algunos trámites con el Estado.
Por ejemplo, no podrá realizar negocios jurídicos, solicitar escrituras públicas, salir del país y, cuando soliciten créditos, se les descontará lo que adeudan y de esto se podrán pagar las cuotas retroactivas, incluso si el hijo cumple la mayoría de edad.
“Son una serie de medidas que buscan no generar una obligación, sino hacer cumplir la obligación alimentaria cuando esta se viene incumpliendo por parte del padre o de la madre”, aseguró la senadora por el partido de ‘la U’ Maritza Martínez, quien fue la autora de la ley.
Para que un moroso ingrese al Redam, el acreedor de los alimentos deberá solicitar el registro de la mora ante un juez o funcionario estatal que lleve el caso. Dicho funcionario deberá informar al padre del trámite, quien podrá apelar la decisión en un plazo de cinco días hábiles.

Son una serie de medidas que buscan no generar una obligación, sino hacer cumplir la obligación

En caso de que la obligación alimentaria conste de un título diferente a sentencia judicial, el acreedor alimentario “podrá acudir, en prevención, a una Comisaría de Familia o al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para poner en conocimiento el incumplimiento en las obligaciones que dan lugar a la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, explica la norma.
Martínez argumentó que la iniciativa parlamentaria permitirá imponer sanciones estrictas, al margen de las penales, a todos aquellos sujetos que se encuentren inscritos en este.
“Vamos a establecer medidas para garantizar el cumplimiento de obligaciones alimentarias que se tienen con los hijos y los padres”, afirmó Martínez.
Otra de las medidas que contempla la iniciativa es que quien se encuentre reportado en el Redam no podrá posesionarse en cargos públicos y si actualmente trabaja para una entidad del Estado, quedará suspendido hasta que no se ponga al día en las cuotas de manutención de su hijo.
De igual forma, quien pretenda contratar con el Estado o represente a una persona con esta aspiración, tampoco podrá hacerlo.
Además, establece que si el menor que no está recibiendo dicha manutención va a salir del país, no necesita permiso de ese padre que aparece como deudor.
Para salir de dicho registro el acreedor deberá cancelar la totalidad de las cuotas en mora, certificar su pago, y en un plazo máximo de cinco días hábiles se ordenará la eliminación del registro del deudor de alimentos.
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