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Congreso

Las cinco claves de la cadena perpetua para violadores de niños

En la actualidad hay 217 colombianos condenados de China y de estos 4 están condenados a pena de muerte (Fabián Enrique Buitrago Gordillo, Armando Sánchez Roby, Jorge Iván Bermúdez Rengifo y Juan Carlos Giraldo Gutiérrez) 2 están condenados a pena de muerte en última instancia, 2 tienen una condena de pena de muerte en revisión y 14 están en cadena perpetua.

En la actualidad hay 217 colombianos condenados de China y de estos 4 están condenados a pena de muerte (Fabián Enrique Buitrago Gordillo, Armando Sánchez Roby, Jorge Iván Bermúdez Rengifo y Juan Carlos Giraldo Gutiérrez) 2 están condenados a pena de muerte en última instancia, 2 tienen una condena de pena de muerte en revisión y 14 están en cadena perpetua.

Foto:EL TIEMPO

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Según lo avanzado en el Congreso, esta sanción se impondrá en casos excepcionales.

El proyecto de acto legislativo que permite la imposición de una cadena perpetua para los violadores de niños está listo para cumplir su último debate en la plenaria del Senado, en el cual se sabrá si el Legislativo da este importante paso en la historia judicial del país.
Aunque los sectores políticos que están en contra de esta iniciativa aumentaron en el último tramo de su paso por el Congreso, lo cierto es que quienes la apoyan siguen teniendo la mayoría mínima para conseguir su objetivo.
Para mantener este respaldo, el proyecto ha sufrido transformaciones que parecen tener tranquilos a varios partidos políticos y que, a juicio de expertos, le podrían dar al país una herramienta importante para castigar a los delincuentes que cometen delitos sexuales contra los menores. Estas son las cinco claves de cómo sería esa cadena perpetua:

Excepcionalidad

Uno de los principales cambios que ha tenido la iniciativa es que el castigo de la cadena perpetua se aplicaría solamente en algunos casos de violaciones a menores de edad. El impulsor de la norma en la Comisión Primera del Senado, el senador liberal Miguel Ángel Pinto, hizo la aclaración.
“Este proyecto lo que contempla para la prisión perpetua es que sea una pena excepcional, que sea una medida grave, cuando se den todas las circunstancias de agravación punitiva”, ha dicho Pinto durante el trámite de la iniciativa.
Esto significa que para que se le aplique una cadena perpetua a una persona en Colombia tendrían que cumplirse varios hechos de agravamiento de su delito y de impacto en la sociedad y no solamente ser señalado por alguien de haber violado a un menor de edad.

Revisión

De igual manera, el proyecto de reforma constitucional contempla que, en caso de ser aprobado, habrá una revisión de la cadena perpetua a los 25 años de haber sido impuesta.
Aunque en el debate de la Comisión Primera del Senado se propuso que esta revisión sucediera a los 40 años, al final se aprobó el término de los 25 años.

Reglamentación

Otro aspecto de esta enmienda a la Carta Política es que, una vez supere su último debate, el Gobierno tendría un año de plazo para tramitar una ley que reglamente las condiciones en las cuales se aplicaría una cadena perpetua.
En esta reglamentación deben estar, por ejemplo, las circunstancias de agravamiento del cada hecho y que le permitan a un juez imponer prisión perpetua. Esto tomando en cuenta que esta sanción sucedería en casos excepcionales y de acuerdo con los elementos que hayan rodeado cada situación.

¿Excarcelación?

Un hecho que fue argumentado por los opositores a esta iniciativa es que delincuentes como Luis Alfredo Garavito o Rafael Uribe Noguera, condenados por cometer este tipo de delitos sexuales contra menores de edad, podrían acceder a la revisión de sus sentencias a los 25 años y salir a las calles.
Esto fue desmentido por el senador Pinto en medio del debate. “Ellos están supeditados a la reglamentación que hoy existen en materia penal. Esta revisión solo opera para los que sean condenados a prisión perpetua”, dejó claro el congresista santandereano.

¿Será aprobado?

Esta es la pregunta del millón. De acuerdo con las normas, este proyecto debe terminar su trámite en el Congreso a más tardar el sábado 20 de junio, que es cuando terminan las sesiones ordinarias del Legislativo.
Esto se debe a que se trata de una reforma constitucional la cual, según el reglamento del Congreso, no puede tramitarse en sesiones extras. Esto quiere decir que si la iniciativa no ha completado su trámite congresional el 20 de junio se hundirá y deberá comenzar nuevamente todo su tránsito por el Legislativo.
Tal y como se vieron las cargas en la Comisión Primera del Senado, es posible que algunas fuerzas de oposición e independientes se opongan al proyecto en la plenaria de la corporación. Sin embargo, al menos en el papel, los partidos políticos que apoyan la norma parecen tener la mayoría mínima para sacarla adelante. Todo esto solamente se sabrá cuando sea votado en la plenaria del Senado.
POLÍTICA
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