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Cuando la Corte acierta

La acción penal contra violadores de niños no prescribirá nunca.

Juan Lozano
En la más absoluta y desgarradora impunidad han quedado la gran mayoría de los crímenes cometidos por padres pederastas, abuelos pederastas, profesores pederastas, sacerdotes pederastas, abusadores sexuales y violadores de menores de edad.
Y una de las principales razones asociadas con esta impunidad es que cuando se cometen estos crímenes, los menores no tienen la capacidad de denunciar ni disponen de las herramientas para hacerlo, y muchas veces ni siquiera comprenden la monstruosidad de la afrenta criminal de la que han sido víctimas.
En muchos casos, solo cuando le llega la hora de la paternidad o la maternidad propia a una persona que fue abusada siendo menor de edad, toma la decisión de denunciar. Y, tristemente, por culpa de las normas que habían venido rigiendo, en ese momento ya la acción penal había prescrito y los violadores se habían salido con la suya.
Eso no podía seguir pasando.
Con la nueva ley, recién validada por la Corte, la acción penal quedará viva por siempre para procesar a un violador de menores.
* * * *
Con la misma vehemencia que he señalado algunas sentencias de la Corte Constitucional que le hacen daño a Colombia y son equivocadas desde una perspectiva jurídica –como la del pupitrazo parlamentario refrendatorio del acuerdo entre el gobierno Santos y las Farc que había negado el pueblo colombiano– hoy digo que la Corte acertó en su sentencia sobre la imprescriptibilidad de la acción penal en materia de delitos sexuales contra menores de edad.
Con ponencia de las magistradas Paola Meneses y Gloria Ortiz, y a pesar de la votación dividida, la Corte acertó. Reconocimiento y gratitud.
* * * *
Desde cuando la tramitación de la ley de cadena perpetua para asesinos y violadores de niños empezó a enrarecerse, hace ya varios años, por causa de argumentos que apuntaban a señalar reparos de constitucionalidad, con un grupo interdisciplinario inspirado por heroínas verdaderas en esta lucha, empezamos a pensar en alternativas jurídica y operativamente viables para evitar la horrorosa impunidad que ha rodeado los crímenes atroces que cometen los violadores y abusadores de niños y niñas.
Ese proceso incluyó, hace algunos años, la revisión en el derecho comparado de distintas aproximaciones y fue así como con la destacada abogada y exdecana Catalina Botero estudiamos la legislación chilena y nos propusimos abrir el debate sobre la imprescriptibilidad de la acción penal para aclimatar su adopción en Colombia.
En columnas de prensa, en programas de opinión, en foros académicos, ante el ICBF y primeras damas, y entre varios, empezamos a plantear la alternativa. Al principio, algunos nos pedían incluso que deletreáramos despacio la palabra y luego nos preguntaban... ¿Que qué? ¿Eso qué es? Después, su apoyo fue muy útil.
* * * *
Justo es hacerle un reconocimiento especial a la representante Katherine Miranda, quien estructuró el proyecto definitivo, lo radicó y, con un apoyo importantísimo de la bancada de mujeres del Congreso, lo lideró en cada uno de los debates hasta su aprobación final. Katherine Miranda, quien acredita suficientes acciones para encabezar su lista al Senado, logró una proeza: todas las votaciones del proyecto fueron afirmativas y por unanimidad. Aplausos.
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Las normas penales no son retroactivas. Por eso, frente a los miles de casos de abusos y violaciones sexuales cometidos en el pasado por miembros de las Farc contra menores de edad, no operará la imprescriptibilidad de la acción penal. Por eso está en manos de la JEP, con arreglo a la legislación especial, que estas acciones monstruosas que constituyen crímenes de lesa humanidad, sumadas al reclutamiento de menores, no sigan quedando cobijadas con la afrentosa impunidad que hasta hoy ha operado. Los violadores de niños que estaban en las Farc no pueden seguir burlándose de sus víctimas.
JUAN LOZANO
(Lea todas las columnas de Juan Lozano en EL TIEMPO aquí).
Juan Lozano
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