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La reforma tributaria

La reforma tributaria

Apoyo la idea de hacer una reforma para financiar un mayor gasto social y frenar la deuda pública.

El debate tributario se ha enriquecido con el informe de la Comisión de expertos en beneficios tributarios y los útiles comentarios a dicho informe por parte de diversos analistas. Y se ha agitado con las propuestas que ha comenzado a presentar el Gobierno Nacional al sector empresarial.

Quiero comenzar reiterando que apoyo la idea del Gobierno de hacer una reforma tributaria, tanto para financiar en forma permanente un mayor gasto social como para frenar los altos niveles de deuda pública, que amenazan el acceso que el país ha tenido a los mercados privados de capitales.

El informe de la Comisión ha hecho claro, una vez más, que los niveles efectivos de tributación de Colombia son bajos: 19,3 por ciento del PIB vs. el promedio de 33,8 por ciento en la Ocde. La gran disparidad es en el impuesto de renta a las personas naturales, donde en el país se paga el 1,2 por ciento del PIB, contra 8,1 por ciento en la Ocde.

Allí están los principales beneficios tributarios, no en el IVA, donde el Gobierno Nacional ha afirmado una y otra vez. Más aún, el gráfico de la Comisión que más se ha reproducido en los debates públicos es el que muestra que la tasa efectiva de tributación tiende a disminuir para el 5 por ciento y aún más en el 1 por ciento más rico de la población.

Por este motivo, cualquier reforma tributaria debe prestar especial atención al impuesto de renta a las personas naturales de altos ingresos. Aquí el problema principal, como lo señala la Comisión, son los beneficios que reciben las rentas de capital (o no laborales en general) y ganancias de capital.

Esas rentas deben ser gravadas, por lo tanto, como las rentas de trabajo, o al menos establecer una deducción máxima (por ejemplo, el 25 por ciento del total de rentas). Se debe elevar, también, el impuesto a los dividendos (incluso cuando se pagan entre sociedades), sin perder de vista el conjunto de la tributación al capital, y gravar las pensiones altas, eliminando así el doble beneficio tributario que tienen (cuando se contribuye al sistema pensional y cuando se recibe la pensión).

Pero, además, debe establecerse una norma fuerte que impida que se paguen gastos de consumo a través de ASA u otro tipo de empresas, una práctica muy común en los estratos de elevados ingresos, así como el pago de gastos de consumo por parte de las empresas a sus altos ejecutivos. Más aún, estas prácticas deben ser consideradas evasión tributaria.

En el caso de la renta a las personas jurídicas, la reforma más conveniente es eliminar o reducir beneficios sectoriales. También se debe eliminar el descuento del ICA del impuesto de renta que se estableció hace dos años. Y debe haber una norma que establezca que todos los beneficios son temporales y deben ser sujetos a una evaluación regular. Y en vez de una tasa más baja para pequeñas empresas, lo mejor sería cubrir las contribuciones a pensiones de sus trabajadores de bajos ingresos.

No menos importante es revertir la cantidad de beneficios que se les dieron a las zonas francas y la facilidad de crearlas que se decretó recientemente. De hecho, la derogatoria del decreto 278 de 2021 debe ser la medida inicial de la reforma tributaria. Y se deben adoptar las recomendaciones de la Comisión de aplicar el régimen general de IVA a las zonas francas y prohibir la constitución de nuevas zonas uniempresariales.

En IVA se pueden reclasificar algunos productos, pero ciertamente no pasar los productos agropecuarios de la canasta familiar de excluidos a exentos, porque eso los pondría en desventaja frente a productos importados. Una alternativa es establecer un IVA bajo para esos productos, que les permita deducir lo que pagaron por sus insumos.

Finalmente, se deben elevar y ampliar el impuesto al patrimonio y los impuestos a las emisiones de carbono, y crear otros impuestos ambientales, aunque solo cuando haya alternativas orgánicas (no es el caso de los plaguicidas).

JOSÉ ANTONIO OCAMPO

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