Luego de la alocución del presidente Santos del 12/11/2016, en la cual expuso las bondades del nuevo y “mejor” Acuerdo Final de paz (NAF), tuve el firme propósito de salir a defenderlo, tal como se lo manifesté a algunos amigos. Sin embargo, al leer puntos relevantes quedé sorprendido, pues no había coherencia entre lo escuchado y lo leído.
Frente al enorme rechazo de incorporar todo el AF original al bloque de constitucionalidad, mientras que el Presidente dijo: “... Solo, solo quedarán los temas de derechos humanos y de derecho internacional humanitario que, ya de por sí hacen parte de la Constitución”, el texto del NAF tiene un alcance mucho mayor: Artículo transitorio: “En desarrollo del derecho a la paz, los contenidos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera firmado el día 12 de noviembre del 2016 que correspondan a normas de derecho internacional humanitario o derechos fundamentales definidos en la Constitución Política y aquellos conexos con los anteriores (el resaltado es mío) serán obligatoriamente parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas y las leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final.
“Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final. En consecuencia, las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del Acuerdo Final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final” (pág. 277).
Esto es particularmente grave a luz de Art. 4 de la Constitución, que dice: “La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales. Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y respetar y obedecer a las autoridades.
Lo que dijo el Presidente es cierto, el NAF no quedará en el bloque de constitucionalidad, sino que es peor aún, ¡queda por encima de la Constitución! En este aspecto, que es el núcleo del mismo, no puede haber equívocos ni eventuales interpretaciones.
JORGE BUSTAMANTE
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