Los últimos hechos que se han evidenciado ante la opinión pública frente a la Jurisdicción especial de paz (JEP) son desalentadores. No salíamos de la mala implementación del acuerdo de paz en lo atinente a la justicia transicional por la ausencia de ley de procedimiento, de ley estatutaria y de reglamento que impide a ese sistema de justicia funcionar, cuando se advirtió a la opinión pública de manejos inadecuados de los fondos de paz al punto que los países donantes exigieron cuentas y transparencia.
Ahora, el saliente secretario ejecutivo de la JEP, Néstor Raúl Correa anuncia en una explosiva carta que dentro de ese tribunal se creó un comité estratégico liderado por la presidenta de ese tribunal, Patricia Linares, y otros magistrados para “apoderarse del diseño y nombramiento de la planta de cargos y excluir al Secretario Ejecutivo para que no tuviera voto”. Todo este terrible corolario, no toma al país por sorpresa. Los magistrados de la JEP que deberían estar pendientes de investigar y sancionar a quienes cometieron delitos de lesa humanidad y que en este momento deberían estar haciendo audiencias y presionando para la pronta expedición de sus reglas de procedimiento andan preocupados por los carros que les asignarán, los blindajes y la contratación en ese tribunal.
Mientras todo esto pasa a nivel interno, el señor Santrich es solicitado en extradición por EE. UU. por conspirar para exportar cocaína, Iván Márquez dice que no asume la curul, yéndose para el Caquetá y advirtiendo que cualquier cosa le puede pasar. Y alias el Paisa también amenaza con abandonar el proceso hasta que no le resuelva la situación a Santrich.
En el interregno, la sala de revisión de la JEP que le corresponde por competencia ese caso, no tiene elementos de procedimiento para tomar las medidas. Es decir, quedamos en un enrevesado panorama jurídico.
El nuevo gobierno tendrá que ajustar la JEP para que funcione adecuadamente a través de los siguientes aspectos:
1. La dimensión temporal y competencial de la JEP debe reducirse a 3 o 4 años no a 15, toda vez que con la sentencia de la Corte Constitucional C-674 del 2017 se proscribió que los terceros –más de 15.000– que hubiesen auspiciado o promovido delitos de lesa humanidad o guerra fueran llamados obligatoriamente por la JEP. Esto hizo que un sistema que fue pensado para juzgar a más personas se redimensionara tomando en cuenta lo señalado por la Corte. Esta reducción también le dará un respiro fiscal al país.
2. Debe abolirse la Unidad de Investigación y Acusación cuyas funciones pueden ser asumidas por la Fiscalía General de la Nación. Esto reduciría una inmensa burocracia y un despilfarro de recursos que ya han generado mucho ruido.
3. Ante el problemático sistema de escogencia de magistrados y las denuncias posteriores a la elección de algunos de ellos, deben nombrarse magistrados a través del Congreso de la República. La intervención de extranjeros fue una intromisión a nuestro sistema jurídico.
4. Debe establecerse que quienes cometieron delitos de lesa humanidad y no hubieren dicho la verdad, reparado materialmente a las víctimas, garantizado la no repetición y asumido la restricción de libertad –podría ser no necesariamente en establecimientos carcelario– no podrán ser parte del Congreso de la República. Frente a las curules existentes solo podrán ser ocupadas por quienes fueron amnistiados o indultados por delitos comunes conexos con políticos a la luz de la Ley 1820 del 2017.
5. El Estado debe de forma rápida incorporar y apoyar a los guerrilleros rasos que se encuentran en los espacios territoriales de reincorporación y capacitación. El Estado no llegó a los territorios y las platas para adelantar esa política se enredaron.
6. Establecer hacia futuro que el narcotráfico no será delito conexo con el político.
7. Frente al proceso actual, debe seguirse aplicando la norma que los delitos cometidos después de la firma del acuerdo son competencia de la justicia ordinaria. Sin embargo, debe modificarse la disposición que indica que la Sección de Revisión realizará análisis de quienes cometan delitos después de la fecha de la firma del acuerdo. Este tipo de casos deben corresponderle a la justicia ordinaria.
8. El reconocimiento de verdad implica la asunción de responsabilidad. La JEP no es una Comisión de la Verdad por lo que es necesaria esa precisión jurídica.
9. Vincular la JEP a la justicia ordinaria, determinando que la última instancia de una investigación sea una sala especial de transición en la Corte Suprema de Justicia. Sobre los militares debe crearse un cuerpo especial para su juzgamiento atado a la justicia ordinaria.
Como se observa, el próximo gobierno tiene grandes retos para implementar y poner en funcionamiento la JEP. No podemos caer en la judicialización eterna, ni pensar que Colombia puede tener transiciones judiciales de 20 años. Esto no se arregla obviando el problema; este es un debate nacional que amerita reflexión y acción del próximo jefe de Estado.
FRANCISCO BARBOSA