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Vientos de reforma judicial

La revolución consiste en la ‘tutelización de la administración de justicia’.

Arrancó con pie derecho la nueva ministra de Justicia, exmagistrada Margarita Cabello. En su intervención en el foro organizado por este periódico y la Universidad del Rosario, demostró lo que la mayoría de comentaristas han dicho sobre su formación académica, conocimiento interno de la Rama Judicial y sentido de lo político. Si bien no descartó una reforma constitucional, desarrolló la tesis de que gran parte de cuanto puede hacerse para mejorar la justicia no pasa necesariamente por otro cambio de la Constitución.
Casi todo –menos la distribución de poder a nivel de las altas cortes y la supresión de todas las extravagantes funciones electorales que les confirió la Constitución del 91 en una especie de “regalo envenenado”, como lo advirtió el exconstituyente Hernando Yepes– puede hacerse con simples leyes, incluida una estatutaria; decretos reglamentarios, directivas ministeriales, actos de eficiencia del moribundo Consejo Superior de la Judicatura, decisiones del Ministerio de Educación en materia de formación de los abogados, posiciones claras del Consejo Superior de Política Criminal, elementales cambios de comportamiento de los administradores de justicia y, por qué no decirlo, del Ejecutivo y el Legislativo frente a la Rama Judicial.

Que los jueces ordinarios actúen en todos los asuntos que tienen a su cargo con la misma celeridad con la que tienen que fallar las tutelas

En síntesis, de lo que el ciudadano se queja es de la lentitud en el trámite de los procesos judiciales en todos los órdenes. Quienquiera que revise los actuales códigos procesales –General del Proceso, Penal, Contencioso Administrativo y Laboral– se percatará de que si se cumplieran los tiempos allí establecidos, ningún proceso, óigase bien, ningún proceso en Colombia debería demorar más de dos años.
Como ministro de Justicia, en un documento dejé consignado que la verdadera revolución en materia judicial consistía en cumplir lo existente. Y para que los jueces cumplan con los términos no es necesario cambiar la Constitución, como se ha creído muchas veces. Deberíamos preguntarnos: ¿por qué razón la ciudadanía estima tanto la tutela como un mecanismo para hacer valer sus derechos? Pues esa razón no es otra distinta a que el funcionario que no cumple con tan perentorios términos –aun cuando ya comienzan también a incumplirlos– incurre en mala conducta, sancionada con la pena que un burócrata teme más que a la propia cárcel: la destitución.
Y la paradoja es que los mismos jueces ordinarios son los que en corto tiempo fallan las tutelas. La revolución consiste en la ‘tutelización de la administración de justicia’, es decir que los jueces ordinarios actúen en todos los asuntos que tienen a su cargo con la misma celeridad con la que tienen que fallar las tutelas, muchas veces, incluso, en temas que no son de su especialidad, como cuando –para citar un caso– jueces penales deciden sobre administración, o jueces civiles tumban decisiones de la jurisdicción penal.
Y para eso son varias las cosas que pueden hacerse, empezando por la seriedad con que el Congreso debe legislar en materia de justicia. El permanente cambio de códigos y leyes no facilita la celeridad ni la creación y estabilidad de la jurisprudencia. Es necesario no ceder al populismo judicial ni a la idea de que todo debe resolverse con cárcel para luego quejarse del hacinamiento en los centros de reclusión. Un verdadero ente de disciplina judicial puede lograr que los jueces y magistrados cumplan con sus funciones, y que cambiando el desueto sistema del Congreso, los magistrados de altas cortes sepan que pueden ser suspendidos o procesados no solo por actos de corrupción, sino por desidia o mora en el cumplimiento de sus tareas.
Sería también la oportunidad para darle más dientes al Ministerio de Justicia y del Derecho, ya que, muchas veces, sus titulares tienen que salir a responder por hechos o situaciones que no pueden controlar y dependen bien sea de los jueces o de los organismos encargados de hacer cumplir los términos procesales. Como lo escribió en este diario José Manuel Acevedo, no puede endilgársele al presidente Duque el supuesto fracaso de una reforma constitucional de la justicia sobre la cual no hubo claridad ni en el Congreso ni en la opinión.
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