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Despenalización del aborto

El que debe asumir el costo político de regular integralmente la materia es el Congreso.

Como era previsible, al filtrarse el sentido de la ponencia del magistrado de la Corte Constitucional (CC) Alejandro Linares, que en la práctica llevaría a la ‘despenalización’ del aborto hasta los primeros 4 meses de gestación, alborotó el avispero en un tema que toca muchas fibras sensibles, pues enfrenta importantes bienes jurídicos como la vida e integridad de la mujer, los derechos reproductivos, y la vida del que está por nacer.
En los países donde hay partidos, esta es una de las cuestiones frecuentemente debatidas entre claras diferencias. Aquí, además, ha surgido la discusión sobre si un asunto de esta envergadura debe decidirse en el Congreso, la CC y hasta por el pueblo a través del referendo.
En mi opinión, lo ideal sería que fuera el Congreso –con todas las ideologías políticas– el que abriera la discusión nacional dentro de los debates para una regulación legislativa. Históricamente lo ha hecho solo dos veces: la primera, en 1936, cuando al expedir el Código Penal (CP), y conforme al pensamiento de la época, emitió una severa ley que prohibía totalmente la interrupción voluntaria del embarazo, con penas de 1 a 4 años de prisión. Para asombro de las nuevas generaciones, recuérdese que la única causal de disminución punitiva y hasta de exclusión se daba “cuando el aborto se haya causado para salvar el honor propio o el de la madre, la mujer, descendiente, hija adoptiva o hermana...”. Y la causa de la ‘deshonra’, si el embarazo era el producto de una relación extramatrimonial. Irónicamente, la figura se llamaba “aborto honoris causa”.
A partir de los años 60 hubo varios proyectos para proteger a la mujer, dado el número de abortos clandestinos que le ocasionaban graves daños en su salud y aun la muerte, sobre todo en sectores populares. Ellos buscaban ‘despenalizar’ el aborto en determinadas situaciones, casi todas vinculadas a la protección de la vida e integridad física de la mujer. Recuerdo que en 1978, la parlamentaria Consuelo Lleras, hija de Alberto Lleras Camargo, presentó un bien elaborado proyecto en busca de esos fines y con participación como asesor de nadie menos que el profesor Alfonso Reyes Echandía.
La segunda ocasión se dio en el 2000, cuando como fiscal general presenté el proyecto de Código Penal (CP) hoy vigente. Entonces el Legislativo dio un gran paso al establecer causales de disminución que podían llevar hasta la exclusión de la pena cuando el aborto era producto de una violación, o de inseminación artificial no consentida y, como siempre, de grave riesgo para la salud de la mujer. Demandada esa norma, en el 2006 la CC fue más lejos y produjo la jurisprudencia hoy vigente, en el sentido de que en esos casos no solamente debía excluirse la pena, sino que la conducta como tal no es delictiva. Ahora se discute si la Corte puede variar esa jurisprudencia o dar un paso adicional hacia la despenalización hasta los primeros 4 meses de gestación.
Hay que decir que siempre ha sido causal de justificación que el aborto –bajo concepto médico– se realice en cualquier momento para proteger la vida o la salud física o mental de la mujer. Las otras dos hipótesis son las nuevas, más o menos aceptadas por la jurisprudencia de la CC y por buena parte de los colombianos. Y no se olvide que en muchos países europeos el aborto se autoriza sin condiciones entre las 12 y 18 semanas según cada legislación en particular.
Otro punto de reflexión es que no hay estadísticas confiables sobre los abortos clandestinos, y menos sobre sus autores y las sentencias condenatorias. Tampoco acerca de cuántos se han presentado en el país en vigencia del fallo de 2006 de la CC, ni sobre cuántas personas están hoy en la cárcel por practicarlos ilegalmente.
La solución del problema no puede ser convocar un referendo –aun cuando se dé en otras partes–, pues podrían verse arrasados los derechos de las minorías. Como dije, respetando la decisión que finalmente tome la CC, estimo que el que debe asumir el costo político de regular integralmente la materia –en uno u otro sentido– es el Congreso en representación del pueblo. O sea que por fin, y ya en el siglo XXI, agarre el toro por los cuernos.
Alfonso Gómez Méndez
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