La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela, en el exilio, declaró este miércoles la disolución de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) "de facto" y activó la resistencia pacífica del pueblo venezolano prevista en un artículo de la Constitución de 1999.
En un fallo firmado por la sala y dado a conocer a la agencia de noticias 'Efe' en Miami (EE. UU.), la sala constitucional da respuesta a una denuncia de inconstitucionalidad planteada por los políticos Diego Arria, María Corina Machado, Antonio José Ledezma y Cecilia Sosa en relación con la creación de la ANC y los actos emanados de ella.
El pasado 13 de octubre, 18 de los 33 magistrados designados por el Parlamento, de mayoría opositora, se configuraron como "Tribunal Supremo en el exilio" en una ceremonia en la Organización de Estados Americanos (OEA).
Los magistrados de la sala, equivalente a un tribunal constitucional, consideran en su fallo, que lleva fecha de este miércoloes, que la ANC ha pretendido funcionar sin la decisión expresa del pueblo venezolano de convocarlo como lo exige el artículo 347 de la Constitución.
El fallo fue dado a conocer por el presidente de la sala constitucional del TSJ venezolano en el exilio, Miguel Ángel Martín Tortabu, quien acudió este miércoles a un foro sobre la reinvención de los partidos políticos en Miami.
Los ciudadanos civiles y militares tienen el legítimo deber de desconocer, resistir y desobedecer toda actuación de la fraudulenta Asamblea Constituyente
En el foro participan varios expresidentes latinoamericanos y el secretario general de la OEA, Luis Almagro, quien autorizó a los magistrados del TSJ venezolano en el exilio a reunirse en las instalaciones del organismo interamericano en Washington.
En su fallo de este miércoles, la sala constitucional llama a las autoridades nacionales, civiles y militares, y al pueblo venezolano a "acatar esta decisión vinculante".
También activa la resistencia pacífica, "habida cuenta de que todos los ciudadanos investidos o no de autoridad tienen el deber de colaborar en el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución, tal como lo ordena el artículo 333".
Por lo tanto, "los ciudadanos civiles y militares tienen el legítimo deber de desconocer, resistir y desobedecer toda actuación de la fraudulenta Asamblea Nacional Constituyente conforme a lo previsto en el articulo 350".
EFE
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