El Poder Judicial de Venezuela se cobró una nueva víctima: la inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional, garantizada en la Constitución.
También sugirió al presidente Nicolás Maduro “tomar acciones” frente a la Organización de Estados Americanos (OEA) e incluso decretar un estado de excepción.
Amparándose en una solicitud del diputado oficialista Héctor Rodríguez, quien pidió al Tribunal Supremo de Justicia anular la sesión de la Asamblea Nacional –de mayoría opositora– del pasado 21 de marzo en la que se aprobó un acuerdo para pedir la “reactivación de la aplicación de la Carta Interamericana Democrática de la OEA”, el máximo tribunal no solo falló a favor de Rodríguez sino que decidió “definir los límites de la inmunidad parlamentaria”.
“Resulta oportuno referir que la inmunidad parlamentaria solo ampara, conforme a lo previsto en el artículo 200 del Texto Fundamental, los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales (lo que no resulta compatible con la situación actual de desacato en la que se encuentra la Asamblea Nacional)”, dice la sentencia, lo que deja dicha inmunidad a merced de cualquier interpretación sobre lo que son esas “atribuciones”.
El TSJ amplió su interpretación en vista de que Rodríguez estima que, al aprobar ese acuerdo, los diputados opositores incurrieron en el delito de “traición a la Patria”.
También en su fallo estima que los diputados opositores podrían crear un “estado de conmoción” al haber aprobado ese acuerdo que, a su juicio, “amenaza la estabilidad democrática”.
Comentar