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Europa

En Madrid, los habitantes de calle deberán declarar sus ingresos

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Foto:Facebook: ATD Cuarto Mundo España

La cifra reportada se descontará del subsidio de inserción que se ofrece en Madrid a estas personas.

Este martes, la prensa local reportó que el gobierno de Madrid, en España, está pidiendo una declaración jurada de ingresos a quienes practican la mendicidad, cantan en el metro o recogen chatarra en esa región. Esta medida permitiría determinar cuánto gana cada habitante de calle en estos oficios para, posteriormente, descontar esa misma cifra a la Renta Mínima de Inserción, un subsidio que ese gobierno ofrece a personas que habitan en la calle.
La Renta Mínima de Inserción (RMI) es una ayuda de último recurso que ofrece la Comunidad de Madrid a personas que no cuentan con ningún ingreso económico ni con propiedades. La prestación básica mensual de esa renta para una sola persona es de 400 euros (cerca de 1'400.000 pesos colombianos). Sin embargo, los solicitantes, en adelante, deberán presentar la declaración jurada, como si tuvieran un trabajo común.
El problema reside, según reporta la prensa local, en que los habitantes de calle, ante el temor de ser expulsados del trámite, deciden declarar una cantidad cualquiera y esta, a su vez, representa más adelante un descuento considerable en la Renta Mínima de Inserción. Las organizaciones que trabajan por los derechos de esta población en esa región argumentan que se trata de una manera burocrática para fiscalizar a los menos favorecidos y entorpecer su acceso al subsidio.
Luis Sáenz, de la asociación RMI Tu Derecho, explicó al diario El País de España que las autoridades "insinúan que si estas personas no declaran ningún tipo de ingreso es que los tienen pero los ocultan". 
Y es que El País dio a conocer este martes que la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, en España, otorga a un habitante de calle un plazo de 10 días para que cuantifique sus ingresos mensuales. La cantidad que declare, señala ese diario, se computará como mínimo, de acuerdo a la Ley 15 del 27 de diciembre de 2001, al 70 % del importe vigente del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, índice usado en España para la concesión de ayudas, subvenciones o subsidio de desempleo.
En ese sentido, en caso de que un habitante de calle declare que trabaja, por ejemplo, 20 horas semanales y, de igual forma, gasta 100 euros al mes, "la administración interpretará que ingresa 190 euros, que se le descontarán de los 400 que podría llegar a recibir", asegura El País en su investigación.
Por su parte, en declaraciones a medios locales, Ángel Garrido, presidente de la Comunidad de Madrid, aseguró este martes que para otorgar la RMI se tiene que hacer una serie de "valoraciones que son requisitos obligatorios para poder determinar cuáles son los ingresos que puede tener cualquier persona que realice una actividad económica". Garrido enfatizó que la Comunidad de Madrid lo único que está haciendo es dar cumplimiento a la ley.
Sin embargo, organizaciones dedicadas al trabajo con personas en riesgo de exclusión y sin hogar, como EAPN (Red Madrileña de Ayuda contra la Pobreza), consideran que se trata de un uso abusivo de la ley. "La administración está haciendo que la gente se desnude, se pide tanta información que tu dignidad como ser humano queda por los suelos. Así se proyecta una sospecha generalizada sobre la gente que va a solicitar un subsidio que le permita salir de una situación límite", señaló a eldiario.es Ángel Hernández, coordinador de la EAPN Madrid.
La Renta Mínima de Inserción (RIM) se enmarca en el derecho a una prestación económica "para hacer frente a las necesidades básicas de la vida y el derecho a los apoyos personalizados para la inserción social y laboral", indica la Comunidad de Madrid.

Las claves para entender cómo funciona la Renta Mínima de Inserción

  1. De acuerdo con la Comunidad de Madrid, "la Renta Mínima de Inserción pueden solicitarla aquellas personas que carezcan de ingresos para hacer frente a las necesidades de la vida".
  2. La cuantía de la RIM varía de acuerdo al número de miembros de la unidad de convivencia y de sus recursos económicos. "Una persona que viva sola, sin otros ingresos, percibiría 400 euros; dos personas, 512,67 euros, y tres personas, 587,78 euros, hasta 735,90 euros, que es la cantidad máxima a percibir al mes", indica la Comunidad de Madrid en su sitio web.
  3. En la actualidad, cerca de 30 mil familias perciben la RIM en la Comunidad de Madrid, donde el presupuesto de 2018 para esta prestación es de 160,4 millones de euros.
  4. La Ley 15 del 27 de diciembre de 2001 aclara que si la unidad familiar cuenta con otros ingresos, "estos se deducirán de la cuantía" de la RIM "que le corresponda, siendo la diferencia que resulte el importe mensual que percibirá".
  5. Quienes figuren como titulares de la RIM tienen la obligación de "destinar la renta a fines de alimentación, vivienda, vestido, asistencia médica y educación", establece la ley, que también indica que los titulares deben informar cualquier "variación de circunstancias" en lo que refiere a  su caso.
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