¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Servicios

Tuve un accidente de tránsito ¿Qué cubre el seguro?

Foto:

Reproducir Video

Hoy en el Consultorio jurídico hablamos sobre los accidentes de tránsito y la utilidad del SOAT.

Esta semana, en el programa del Consultorio Jurídico, hablamos sobre los accidentes de tránsito y la utilidad del SOAT, con la ayuda de un abogado experto de la Universidad Libre, Qué debe hacer una persona si no tiene SOAT, qué se debe hacer si la persona culpable del accidente se da a la fuga, Si le ocurre un accidente contra un transporte público como se maneja, y mucho más...
Al final del artículo encontrará el formulario para que deje su pregunta sobre este o cualquier otro tema de interés. Recuerde consultar los términos y condiciones del formato.
El consultorio jurídico es transmitido todos los martes a las 3pm en las redes sociales de El Tiempo, Facebook, YouTube y en eltiempo.com

¿Cuáles son los pasos a seguir cuando ocurre un accidente?

Es importante resaltar que el 14 de julio pasado se expidió la Ley 2251 de 2022, denominada Ley Julián Esteban, en la cual se incluyeron algunas modificaciones al Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002). Con estas modificaciones, debemos entonces distinguir dos escenarios en caso de accidente de tránsito:
i) Cuando en el accidente de tránsito solo se causen daños materiales, pero no resulten personas lesionadas ni muertas: Los involucrados deben tomar registro fotográfico y en video. Y no habrá intervención del tránsito, ni se levantará el Informe Policial de Tránsito (IPAT), que incluía el famoso “croquis de tránsito”. Los involucrados deben recaudar ese material probatorio, los organismos de tránsito les deben dar el tiempo suficiente para hacerlo, y posteriormente deben proceder a retirar los vehículos de la vía. La responsabilidad se determinará con base en el registro probatorio recaudado por los involucrados.
ii) Cuando haya lesiones o muerte, es necesario que los involucrados dejen los vehículos quietos. Y avisen al organismo de tránsito. Se debe esperar a que la autoridad de tránsito intervenga, levante el informe (IPAT) y conduzca a los conductores implicados a practicarles la prueba de embriaguez.

¿Qué es el SOAT?

El SOAT es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Es un seguro que tiene regulación legal en el artículo 42 del Código Nacional de Tránsito y en el artículo 192 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF), los cual establecen que: “Para poder transitar en el territorio nacional todos los vehículos deben estar amparados por un seguro obligatorio vigente”, incluyendo los vehículos extranjeros que transiten por el territorio nacional.
Entonces, es un seguro que busca cubrir la muerte o lesiones de las personas involucradas en los accidentes de tránsito, los gastos que se deban sufragar por atención médica y el transporte de las víctimas y los gastos funerarios.

¿Cómo sirve el SOAT en un accidente? ¿Cuánto plazo tiene para cumplirse?

El mismo artículo 192 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF) señala que el SOAT tiene una función social, que se centra en la atención de todas las víctimas de accidentes de tránsito.
Lo primero es que, cuando una persona queda lesionada en un accidente de tránsito, la IPS prestadora del servicio de urgencias en que sea atendida, debe prestarle a esta persona toda la atención necesaria para “lograr su estabilización, tratamiento y la rehabilitación de sus secuelas y de las patologías generadas como consecuencia de los mencionados eventos, así como el tratamiento de las complicaciones”. Esta atención tiene un tope o límite de 800 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV).
Adicionalmente, las víctimas también tienen derecho a recibir una indemnización del SOAT cuando sufran una incapacidad permanente como consecuencia de un accidente de tránsito. E igualmente, el cónyuge o compañero permanente y los hijos de quien fallezca en un accidente de tránsito van a tener derecho a una indemnización por la muerte y gastos funerarios de la víctima directa.
En todos los casos, las personas tienen el término de prescripción, que es de dos (2) años para reclamar estas indemnizaciones.

¿Qué debe hacer una persona si no tiene el seguro?

Los propietarios de los vehículos que no hayan contratado el SOAT se ven expuestos a multas por parte de los organismos de tránsito.
Sin embargo, las víctimas que sufran un accidente de tránsito y el vehículo involucrado no tenía contratado el SOAT no van a tener problema. Deben ser igualmente atendidos con cargo al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) que hoy es administrado por el ADRES.

¿Qué sucede si una persona tiene vencido el SOAT? ¿Qué pasa si la persona no tiene el SOAT consigo en el momento del accidente?

Tener vencido el SOAT equivale a no tenerlo. El SOAT debe estar vigente en el momento en que ocurra el accidente, de lo contrario, el trámite será igual a aquellos casos en que el vehículo simplemente no tiene contratado el SOAT.
Ahora, no es necesario portar el documento físico. De hecho, las Aseguradoras hoy en día están obligadas a reportar las pólizas que expiden al Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT). Entonces con una simple verificación en dicho sistema es posible saber qué aseguradora ha expedido el SOAT de un vehículo.

¿Cuánto es la indemnización de las víctimas del accidente? ¿Cómo se calcula?

Aquí hay que hacer una claridad importante. Cuando hablamos de “indemnización” nos referimos al pago que hace un responsable de un accidente a las víctimas del mismo. En ese sentido, el SOAT no indemniza, porque no reemplaza a la indemnización que debe pagar el responsable del accidente a las víctimas.
El SOAT no es un seguro de responsabilidad civil, para que opere en ningún momento hay que determinar quien fue culpable del accidente. El SOAT es un seguro de accidentes personales, lo único que hay que determinar es que la víctima sufrió sus lesiones o murió en un accidente en el que estuvo involucrado un vehículo asegurado con el SOAT.
Ahora, el monto de esos pagos está determinado en las Leyes y Decretos que regulan el SOAT. Concretamente el artículo 19 del Decreto 056 de 2015, hoy compilado por el Decreto 780 de 2016, establece que la indemnización para los familiares de una persona fallecida en un accidente de tránsito es de 750 SMLMV.
Por su parte, cuando se trate de un evento de Incapacidad Permanente, es decir, una persona que pierda un porcentaje de su capacidad laboral, la indemnización dependerá precisamente del porcentaje de pérdida de capacidad laboral. Con sumas que van desde los 14 SMLMV, para pérdidas del 1 al 5%, hasta 180 SMLMV para pérdidas del 50% o más de la capacidad laboral.

¿Quién da las indemnizaciones por fallecimiento y gastos funerarios? ¿El culpable del accidente debe pagar?

La aseguradora que haya expedido el SOAT debe pagar el monto de 750 SMLMV. O, en caso de que se trate de un vehículo sin seguro o de los llamados vehículos fantasma, ese pago debe hacerlo el Fosyga.
Sin embargo, como vimos, ese pago no exonera al responsable del accidente de indemnizar a las víctimas por todos los perjuicios que le haya causado y que ellos o ellas hayan debido asumir en su patrimonio o en sus derechos.

¿Cómo demostrar que el accidente no fue culpa del conductor? ¿Si la culpa no es del conductor aun así su seguro lo paga?

Primero es necesario señalar que, como el SOAT no es un seguro de responsabilidad civil, así el conductor no haya sido responsable, la aseguradora del SOAT va a pagar las indemnizaciones que la Ley establece.
Entonces, la exoneración le sirve al conductor para no tener que hacer pagos o indemnizaciones adicionales a las víctimas del accidente. En Colombia, como la conducción es considerada una actividad peligrosa, el conductor podrá exonerarse demostrando la ocurrencia de una “causa extraña”, esto es, que el accidente fue causado por una fuerza mayor o caso fortuito, o por el hecho exclusivo de un tercero o por el hecho exclusivo de la misma víctima.

¿Qué se debe hacer si la persona culpable se da a la fuga?

De cara a la atención médica y a las indemnizaciones que están consagradas en el SOAT no va a haber problema. Si finalmente nunca se logra identificar al vehículo responsable del accidente, esos pagos van a provenir del Fosyga.
Sin embargo, de cara a la indemnización integral a que tendría derecho la víctima por la responsabilidad civil del culpable, si no se logra ubicar e identificar a la persona responsable, esa víctima no va a poder hacer el cobro de la indemnización a la que tenía derecho por Ley.

Más Consultorios Jurídicos

icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO