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Trabajo en casa: beneficios de la ley avalada por la Corte Constitucional

A  capricornio les encantan los retos en su vida laboral.

A capricornio les encantan los retos en su vida laboral.

Foto:iStock

Se desestimó demanda contra la norma, que regula este modo de trabajo en situaciones excepcionales.

Redacción Justicia
Luego de estudiar una demanda contra la Ley 2088 de 2021, que regula el trabajo en casa en casos de situaciones ocasionales, excepcionales o especiales y que se expidió en el marco de la pandemia de covid-19, la Corte Constitucional determinó que el trámite de la ley se ciñó a la Constitución.
Según la Corte, la figura del trabajo en casa es distinta de la del teletrabajo y trabajo remoto, y por tanto la Ley 2088 de 2021 no incurrió en un desconocimiento de la reserva de ley estatutaria.
Con esa demanda resuelta que mantuvo la norma integralmente, la misma continúa siendo aplicable a las situaciones para las que fue prevista y tiene beneficios para los trabajadores.
Iván Daniel Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, explicó en primer lugar que antes de la expedición de esta ley, en Colombia había un solo marco regulatorio sobre el teletrabajo pero se consideró que este no era el más adecuado para hacer frente al trabajo en casa excepcional al que en muchos casos obligó la pandemia de covid-19.
En medio de la emergencia sanitaria, indicó, el Ministerio del Trabajo fue regulando el trabajo en casa, a través de actos administrativos como ciculares, como una modalidad para situaciones excepcionales, y esto fue lo que luego se discutió en el Congreso y se convirtió en ley.
Frente a los beneficios para los empleados, Jaramillo destacó varios como el reconocimiento explícito que trae la nueva ley "sobre el derecho a la desconexión laboral, la creación de un auxilio de la conectividad, la responsabilidad en cabeza del emplador de entregar los elementos de trabajo, la igualdad entre los trabajadores que están en la empresa y los que están en casa, el respeto a las garantías sindicales, entre otros".
Si bien para el experto la ley en general es beneficiosa para los trabajadores, destacó dos escenarios que, en su opinión, podrían ser mejores.
El primero tiene que ver con el auxilio de conectividad, pues la norma lo reconoce en remplazo del subsidio de transporte solo para quienes devengan hasta dos salarios mínimos mensuales, "pero no cobija, por ejemplo, a alguien que gane tres salarios mínimos que no tiene subsidio pero sí gasta luz e internet, entre otros servicios, para cumplir con su trabajo".
En segundo lugar, Jaramillo consideró que es necesario pensar en estrategias sobre cómo ejercer la inspección, vigilancia y control en cabeza del Ministerio de Trabjo sobre las condiciones de las personas que estén en trabajo en casa. 
justicia@eltiempo.com

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