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¿Tiene un vecino ruidoso? esto dice el Código de Policía

Códigos QR en uniformes de la Policía

Códigos QR en uniformes de la Policía

Foto:Policía Nacional

Las multas por estas conductas pueden llegar a más de 400.000 pesos. 

Redacción Justicia
Tanto en la época decembrina como en otras temporadas no es poco común que haya conflictos entre los vecinos, y una de las causas más comunes suele ser el ruido o música a altos volúmenes que perturba la tranquilidad de las personas.
Para este tipo de conductas, el Código de Policía contempla medidas pecuniarias; sin embargo, lo más recomendable por las autoridades es que antes de solicitar la intervención de la Policía, trate de hablar directamente con su vecino y le pida que baje el volumen.
Si no es posible hablar con el vecino o hace caso omiso, también puede acudir al comité de convivencia, administración o Junta de Acción Comunal de su edificio, conjunto, urbanización o barrio. 
Pero si eso también falla, tenga en cuenta que el artículo 33 del Código de Policía menciona que hay comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas.
Entre esos comportamientos está "perturbar o permitir que se afecte el sosiego con: sonidos o ruidos en actividades, fiestas, reuniones o eventos similares que afecten la convivencia del vecindario, cuando generen molestia por su impacto auditivo".
En ese caso, las autoridades de Policía pueden desactivar temporalmente la fuente del ruido, en caso de que el residente se niegue a hacerlo.
Según el Código de Policía, también son conductas que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas: "cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente del ruido; salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas"
En todo caso, para las conductas del artículo 33 referidas a los ruidos, la norma establece como sanción la disolución de la reunión o actividad en la que se genera el sonido, así como una multa general tipo 3.
Esta multa corresponde al pago de 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, que suman, con el salario mínimo vigente para 2021, 484.544 pesos.
justicia@eltiempo.com
Redacción Justicia
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