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¿Tengo derecho a prima en un contrato por prestación de servicios?

Consultorio Jurídico EL TIEMPO

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Foto:CEET

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Alianza entre El Tiempo y la Universidad Libre da respuesta a sus dudas legales

EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindar a los usuarios asesoría legal con los expertos de la facultad de Derecho.
En esta ocasión, los expertos de la Universidad resolvieron las dudas que los colombianos tienen frente a las condiciones de los contratos laborales, acoso laboral, cesantías retroactivas,  entre otros.
Al final encontrará el enlace para participar del Consultorio Jurídico.

Estas son las 10 respuestas semanales

¿Es posible tener derecho a prestaciones sociales y prima en un contrato por prestación de servicios?

No, porque es un contrato administrativo y comercial. Si la persona pretende el pago de derechos laborales consagrados en el Código Sustantivo de Trabajo es necesario iniciar demanda laboral o a través del contencioso administrativo para acreditar la existencia de un contrato realidad.

Si llevo varios años trabajando en una empresa con contrato de prestación de servicios, ¿la empresa está obligada a cambiarme el contrato?

No, son las partes las que acuerdan los cambios de contratos civiles, comerciales, administrativos en contratos de trabajo.

Tengo contrato a término fijo, llevo siete años con la compañía, ¿después de cuántos años el contrato pasa a indefinido? ¿esto es posible?

La naturaleza de los contratos no varían por el paso del tiempo, dicho contrato ha sido prorrogado, y así se mantiene.

Si tengo un contrato por obra o labor e hicimos huelga por el retraso en los pagos ¿es legal que descuenten del sueldo los días no trabajados?

Si cesan las actividades por el no pago de salarios, se ha considerado que no es posible que el empleador descuente salarios, al tenor de lo dispuesto en el artículo 140 del Código Sustantivo del Trabajo . Pero si dicha cesación fue declarada ilegal por el Tribunal Superior del Distrito Judicial, puede el empleador descontar los días.

¿Cuál es el procedimiento a seguir en caso de acoso laboral si la empresa no ha gestionado nada?

Primero, convocar al Comité de Convivencia en la empresa. Si el comité no soluciona puede colocar la queja ante el Inspector de Trabajo o iniciar demanda laboral (con abogado de confianza) por acoso laboral.

¿En qué consiste el pago de las cesantías retroactivas y cuáles son los requisitos para reclamarlas?

Las cesantías retroactivas son para trabajadores en el sector privado, anteriores a la ley 50 de 1990 que no optaron por el régimen anualizado de las cesantías y algunos empleados públicos .
Se caracteriza por su reconocimiento con base en el último salario realmente devengado, o el promedio de lo percibido en el último año de servicios, en caso de que durante los últimos tres meses de labores el salario devengado hubiera sufrido modificaciones, o con base en todo el tiempo si la vinculación hubiera sido inferior a un año, en forma retroactiva, sin lugar a intereses, con fundamento en lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6ª de 1945, 1° del Decreto 2767 de 1945, 1° y 2° de la Ley 65 de 1946, 2° y 6° del Decreto 1160 de 1947 y 2° del Decreto 1252 de 2002, lo cual es aplicable a aquellos trabajadores vinculados antes del 30 de diciembre de 1996.

Inmuebles 

¿Qué hacer en caso de querer vender un inmueble pero los demás propietarios no quieren?

En los inmuebles que se pueden dividir esa división se puede hacer formalmente mediante una escritura de partición material, donde a cada comunero o copropietario se la asigna un parte material del inmueble según su cuota de participación.Si la partición no es posible, la solución pasa por vender el bien y repartir entre todos lo obtenido con la venta según la parte que cada uno posea.
Hay casos en que ni la partición ni la venta es posible debido a que uno o varios de los copropietarios se niega, y en tal caso resulta oportuno recordar lo que dice el artículo 2334 del Código Civil Colombiano:"En todo caso puede pedirse por cualquiera o cualesquiera de los comuneros que la cosa común se divida o se venda para repartir su producto".
La división tendrá preferencia siempre que se trate de un terreno, y la venta cuando se trate de una habitación, un bosque u otra cosa que no pueda dividirse o deslindarse fácilmente en porciones."

Deudas

¿Se puede solicitar rebaja de intereses a una deuda que está reportada a una agencia de cobro? ¿Se puede pedir exoneración de la deuda?

Si está frente a una oficina de cobranza y se tiene la facilidad del pago se puede acordar la reducción de intereses. Sobre la exoneración de la deuda es más difícil por cuanto existe una obligación de pago que se ha incumplido.

¿Qué puedo hacer para no perder dinero cuando falto a una cláusula de cumplimiento?

Debe iniciar demanda civil con la finalidad de que se cumpla el contrato o se resarza el daño ocasionado por el incumplimiento, aún cuando no exista cláusula penal.

Cuota alimentaria

¿Hasta los cuantos años debe un padre responder económicamente por su hijo?

Conforme con el artículo 422 del Código Civil la obligación alimentaria de los padres en principio rige para toda la vida del alimentario, siempre que permanezcan las circunstancias que dieron origen a su reclamo.
Sin embargo, en su inciso segundo indica que los alimentos se deben hasta que el menor alcance la mayoría de edad, a menos que tenga un impedimento corporal o mental o se halle inhabilitado para subsistir de su trabajo.
Dicha condición fue ampliada tanto por la doctrina como por la jurisprudencia, de manera que se ha considerado que “se deben alimentos al hijo que estudia, aunque haya alcanzado la mayoría de edad, siempre que no exista prueba de que subsiste por sus propios medios.
No obstante, con el fin de que no se entendiera la condición de estudiante como indefinida, analógicamente la jurisprudencia ha fijado como edad razonable para el aprendizaje de una profesión u oficio la de 25 años, teniendo en cuenta que la generalidad de las normas relativas a la sustitución de la pensión de vejez y las relacionadas con la seguridad social en general han establecido que dicha edad es “el límite para que los hijos puedan acceder como beneficiarios a esos derechos pensionales, en el entendido de que ese es el plazo máximo posible para alegar la condición de estudiante.
“Esta Corporación ha considerado que el beneficio de la cuota alimentaria que se les concede a los hijos mayores de edad y hasta los 25 años cuando son estudiantes, debe ser limitada para que dicha obligación no se torne irredimible”.


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