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¿Qué hacer si las EPS incumplen los deberes con los pacientes?

La Secretaria de Salud realiza el mapeo en cada barrio de los 26 municipios sucreños

La Secretaria de Salud realiza el mapeo en cada barrio de los 26 municipios sucreños

Foto:Secretaria de Salud de Sucre

El Ministerio de Salud determinó las instancias a las que tienen que acudir los pacientes.

Redacción justicia 
“¿Que acciones legales adicionales puedo tomar como paciente contra una EPS cuando incumple la normatividad expedida por ustedes si las quejas a supersalud y las tutelas interpuestas no tienen efecto alguno?
Esa fue la consulta que un ciudadano hizo al Ministerio de Salud frente a las salidas que tienen los pacientes para hacer valar sus derechos ante las Empresas Prestadoras de salud. 
Aunque el Ministerio señaló que no es competente para vigilar a entidades como la Superintendencia de Salud, que hace control al sistema, mencionó algunas rutas a las que pueden acudir los pacientes.
"Ante el Tribunal de Ética Médica cuando considere que un profesional de la salud no fue fiel a los principios fundamentales que guían su actividad médica, y desea que se adelante un proceso ético-profesional, de acuerdo con los artículos 633 y 744 Ley 23 de 1981", dice el concepto.
Y añade: "ante la Fiscalía General de la Nación cuando crea que debe denunciar hechos médicos que implicaron la intención de hacer daño, por culpa, negligencia, impericia, imprudencia o violación a los reglamentos o protocolos médicos durante la prestación del servicio de salud y presuntamente constituya un delito penal, de acuerdo al artículo 246 de la Ley 906 de 2004.
Ante los Juzgados Civiles cuando considere que hay derecho a indemnización por
perjuicios físicos, emocionales o morales, como consecuencia de las presuntas
irregularidades en la prestación del servicio de salud, conforme al artículo 17, 18 y 20 de la Ley 1564 de 2012.
 
Igualmente añadió que por el presunto incumplimiento de los deberes legal por parte de los funcionarios públicos que laboran en la Superintendencia Nacional de Salud, "podrá solicitar investigación disciplinaria ante la Procuraduría General de la Nación, en atención a lo previsto en numerales 112 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019"
Y finalmente frente a conductas violatorias de las normas de salud que afecten el
derecho fundamental a la vida y a la salud del paciente, por acciones u omisiones de la EPS, cuenta con el derecho a interponer la acción de tutela contra ésta y, ante el no
cumplimiento del fallo de tutela ordenado por el Juez, podrá colocar incidente de
desacato conforme al artículo 5214 del Decreto 2591 de 1991.

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