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¿Es posible la extinción de domino a vehículos por bloqueos viales?

Camioneros salieron a protestar este 3 de mayo.

Camioneros salieron a protestar este 3 de mayo.

Foto:Héctor Fabio Zamora/ EL TIEMPO

 Esto dicen abogados penalistas sobre el tema. Conozca sus opiniones. 

El fiscal general Francisco Barbosa afirmó este jueves en entrevista con Semana que aquellos vehículos que obstruyan vías pueden someterse a la medida de extinción de dominio. Esta afirmación generó debate entre los ciudadanos y juristas, frente a las garantías para la protesta.
El abogado penalista Francisco Bernate argumentó que esta medida es improcedente porque el bloqueo de vías no es un hecho delictivo. "Es un hecho que se debe solventar, a través del diálogo", dijo.
Además explicó que la Fiscalía no es la que se encargada de aplicar la medida de extinción de dominio sino que esto es competencia de un juez.  Respecto a las manifestaciones, aseguró que esta medida puede malinterpretarse para "criminalizar la protesta".
Por otro lado, Andrés Garzón, abogado penalista, señaló que la medida adoptada por el fiscal tiene sustento en el código penal y en las decisiones de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional.  
Argumentó que el derecho a la protesta está amparado si no interfiere con derechos fundamentales de otros ciudadanos, "en este caso se están viendo afectados derechos como la vida, la salud, el abastecimiento de otros ciudadanos", explicó
Por lo tanto, Garzón consideró que la extinción de dominio sí es aplicable en este caso. 
justicia@eltiempo.com
En Twitter: @JusticiaET

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