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Siendo adulto, ¿Puedo demandar a mi papá por inasistencia alimentaria?

Consultorio Jurídico EL TIEMPO.

Consultorio Jurídico EL TIEMPO.

Foto:CEET

Alianza entre El Tiempo y la Universidad Libre da respuesta a sus dudas legales.

EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindar a los usuarios asesoría legal con los expertos de la facultad de Derecho.
Hoy, los expertos de la Universidad,  resolvieron las  dudas que los colombianos tienen frente a temas como inasistencia alimentaria, pensión, despido, patria potestad de menores, entre otros. 
Al final encontrará el enlace para participar del Consultorio jurídico. 

Estas son las respuestas a las 10 preguntas semanales 

¿Es posible que yo pueda demandar a mi progenitor por inasistencia alimentaria y daños psicológicos? Nunca cumplió con su deber de padre, nunca veló por mi.
Hoy en día tengo 29 años.

Contestando frente a los daños psicológicos ocasionados por parte del abandono del progenitor se habla sobre una indemnización por los daños y perjuicios, en este caso el tiempo para poder demandar sobre este tema es de un plazo no mayor a cinco años, esto se refiere a que los hechos debieron ocurrir durante estos cinco años, ya que se considera un daño personal. Si los hechos que ocasionaron ese daño no fueron durante el periodo de cinco años, estos ya no se podrán demandar por su prescripción de la acción.
En el caso de la inasistencia alimentaria, no se puede realizar una demanda a menos que se cumpla con uno de estos requisitos:
1. Que sean menores de edad.
2.Que, siendo mayores de edad, pero menores de 25 años, se encuentren estudiando y que estén imposibilitados para trabajar por causa del estudio. 
3. Se podrá solicitar la asistencia alimentaria permanente en caso de que la persona sean incapaces de valerse por sí mismo, ya sea por incapacidades físicas o mentales. 

¿Puedo pedir la patria potestad de mi hija si el papá no responde hace 12 años? ¿Qué procedimiento debo seguir?

Como padre o madre del hijo ya se posee la patria potestad, por lo cual no es necesario solicitarla. Lo que se debe realizar es la privación de la patria potestad por parte del padre, ya que una de las causas es precisamente el abandono del hijo.
Para solicitar la privación de la patria potestad se debe dirigir al Centro Zonal del ICBF, correspondiente al domicilio del menor.  Para esto deberá llevar una solicitud verbal o escrita al Defensor de Familia, registro civil del nacimiento de la niño(a) o adolescente y llevar la dirección del demandado y del demandante, aportando pruebas documentales y/o testimoniales que certifiquen la conducta en la que ha incurrido el demandante para solicitar la privación o suspensión de la patria potestad.

Bienes

¿Después de cuánto tiempo de posesión se puede reclamar la pertenencia de un terreno, ya que la persona que vendió el predio aún no ha hecho escritura?

Artículo 762 Código Civil: La posesión es una figura jurídica por medio de la cual se ejerce el ánimo de señor y dueño. Es decir, debe realizar los actos propios de una persona que es propietaria. La de esta figura jurídica, es adquirir la propiedad con el paso del tiempo.
Existen dos clases de posesión: la  regular y la irregular.
Regular: es la que se tiene por un justo título y se posee de buena o mala fe. Para que se pueda iniciar un proceso de pertenencia regular se requiere que hayan transcurrido 5 años desde el momento de la ocupación del bien inmueble y hasta el momento en que se vaya a iniciar el proceso de judicial de pertenencia.
Irregular: Es aquella que carece de requisitos de la posesión regular y para esta se requiere que haya transcurrido 10 años desde el momento de la ocupación del bien y hasta el momento en que se vaya realizar el proceso de pertenencia.

¿Cuál es el trámite legal sobre un apartamento que se vendió hace 15 años y los compradores no registraron la escritura?

Para que una persona sea considerada dueña de un inmueble en Colombia no solo debe contar con la escritura pública que solemniza el acto jurídico de la compraventa, sino que además de esto se debe inscribir la misma ante la oficina de registro de instrumentos públicos.
Es decir, lo que lo convierte en dueño es la inscripción de la escritura pública en la oficina de instrumentos públicos, por tal razón si una vez realizada la compra y venta del inmueble la escritura no se encuentra inscrita en la oficina de registro de instrumentos públicos no se puede considera dueño.
La ley 223 de 1995 en su artículo 231, establece que el registro debe realizarse dentro de los dos (02) meses posteriores, cuando el negocio se celebra dentro del país tres (03) cuando el negocio es otorgado fuera de este.

Acoso 

¿Qué hacer en caso de que el ex novio de mi pareja la acose?

Para profundizar acerca del tema del acoso se hablará según lo que el Código penal de Colombia considera como acoso, lo cual es realizar alguna de la siguiente conducta de manera reiterada y sin autorización:
1. Vigilar, perseguir o buscar cercanía física de la víctima.
2. Establecer contacto con la víctima o intentarlo a través de cualquier medio de comunicación o por medio de otras personas. 
3. Utilizar de forma indebida los datos personales de la víctima para adquirir productos o servicios o que terceras personas se pongan en contacto con ella.
4. Atentar contra su libertad o contra su patrimonio o contra la libertad o patrimonio de otra personas próxima a la víctima.
Si cumple con alguna de estas acciones la víctima podrá denunciar a la persona por acoso.  Para esto deberá llevar pruebas tales como:
1. informes médicos o psicológicos,.
2. Denuncias anteriores.
3. Correos electrónicos.
4. Fotografías.
5.Mensajes en aplicaciones de mensajería instantánea o foros.
6. Pantallazos de comentarios o publicaciones en redes sociales.
7.Testigos. Por ejemplo, compañeros de trabajo en caso de acoso laboral, o compañeros de colegio en caso de acoso escolar.

Pensiones 

En caso de enfermedad grave y que  no se tenga ni la edad  ni las  semanas ¿se puede aspirar a pensión?

Para considerar esa situación es necesario que se encuentre con incapacidad permanente y que el médico tratante emita concepto médico de rehabilitación desfavorable y con la misma radique la totalidad de documentos exigidos por la Administradora de Fondo de Pensiones, para la calificación de pérdida de capacidad laboral.
Que se dictamine una pérdida de capacidad igual o superior al 50% y tenga como mínimo 50 semanas de cotización en los últimos tres años anteriores a la fecha de estructuración.

¿Qué se debe hacer si estoy en un fondo privado y han pasado 3 años en los que suben la mesada por debajo del IPC?

Lamentablemente, si seleccionó la modalidad retiro programado eso puede ocurrir, porque lo que se tiene en cuenta es el capital, rendimientos, y proyección de vida, lo que afectaría la mesada pensional.

¿Tengo derecho a pensión o indemnización sustitutiva si tengo 60 años y trabajé durante 14 años, 5 meses, y 11 días hasta 1995?

Si el empleador afilió y pago aportes a la seguridad social en pensiones y se encuentra afiliado a Colpensiones, tendría derecho a la indemnización sustitutiva, mujer a los 57 años y hombre a los 62 años.

Laboral 

Tuve un accidente laboral y me dieron una incapacidad de 7 días, ¿me pueden terminar contrato?, llevo 1 mes trabajando con la empresa.

Cuando se trata de accidente de trabajo existe una protección adicional a la estabilidad laboral reforzada y es la propia Ley 776 de 2002 que señala que el trabajador debe ser reubicado o reinstalado conforme orden médica. El despido se puede dar en período de prueba, pero tiene que guardar relación con la falta de competencia del trabajador y no por haber ocurrido y sufrido el accidente de trabajo.

Cuando una empresa se declara en liquidación voluntaria, ¿los empleados pierden su indemnización, si les corresponde?

La norma laboral establece que cuando la relación se finiquita por liquidación de la empresa, el empleador debe pagar la indemnización correspondiente. Se le aconseja estar pendiente del trámite liquidatorio y solicitar el pago de acreencias laborales e indemnización. Si el liquidador no establece el pago de dicha obligación, debe iniciar demanda laboral antes de la liquidación definitiva.
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