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Defensoría pide respetar derechos humanos en traslado por protección

La policía nacional y el Esmad realizan capturas a presuntos manifestantes que provocarán disturbios en el Portal de las Américas.

La policía nacional y el Esmad realizan capturas a presuntos manifestantes que provocarán disturbios en el Portal de las Américas.

Foto:Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO

En resolución hizo un llamado a autoridades, también, sobre la figura de asistencia militar.

Redacción Justicia
Mediante la resolución 077 de 2021, el Defensor del Pueblo impartió instrucciones para que el gobierno nacional, departamental y local garantice el respeto de los derechos humanos cuando la Policía use la figura de traslado por protección en medio del paro nacional. 
Así mismo, pidió que se de estricto cumplimiento a los derechos humanos en la aplicación de la figura de asistencia militar y que se establezcan directrices específicas para prevenir y erradicar la violencia basada en género en el contexto de la protesta.
En la resolución de 17 páginas, el defensor del Pueblo, Carlos Camargo, rechazó las violaciones de derechos humanos cometidas tanto por agentes del Estado como la Policía y servidores públicos, como los actos delictivos cometidos por particulares en el contexto del paro nacional. 
Por ello, exhortó al gobierno nacional y territorial, a los representantes indígenas y de negritudes "a manifestar públicamente su rechazo a esos actos atentatorios de los derechos humanos y propender por conjurar este tipo de conductas cuando sean cometidas en los territorios que estén bajo su jurisdicción".
Frente a esto mismo, Camargo pidió que se inicien y resuelvan de fondo las investigaciones para evitar la impunidad y que se repare integralmente a las víctimas de estas conductas y se tomen medidas para la no repetición.
Así mismo, pidió a las autoridades reiterar la prohibición de porte de armas traumáticas.
Sobre las detenciones de la Policía, la Defensoría dijo que se debe propender por la protección de derechos humanos en las capturas en flagrancia cuando estas sean necesarias.
Reiteró a las autoridades nacionales que la figura de asistencia militar es excepcional, temporal y condicionada y no modifica la naturaleza de la función de policía en el marco de la convivencia ciudadana; y que solo puede acogerse como último recurso frente a un riesgo o peligro inminente.
Instó también a los policías a que hagan un uso racional de la figura de traslado por protección, contemplada en el Código de Policía. Camargo recordó que esta medida no es una sanción sino una herramienta excepcional de protección.
"La medida de traslado por protección no debe ser utilizada como medida dirigida a sancionar con la privación de la libertad a personas participantes en escenarios de movilización pública y pacífica, ni siquiera de manera transitoria o temporal, ni para retener a quienes presuntamente incurran en actos delictivos o constitutivos de vandalismo", se lee en la resolución, que añade que en casos de delitos lo que corresponde es aplicar otro tipo de medidas, con respeto por el debido proceso.
Por último, instó a las autoridades a adoptar medidas efectivas e inmediatas para prevenir violencias contra mujeres y personas LGBT en el marco de las protestas.
Fichero

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