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¿Cuáles son las causas para perder la custodia de un hijo?

Consultorio jurídico

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Además, le contamos bajo qué circunstancias la custodia de un menor queda en manos del ICBF.

EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindarles a los usuarios asesoría legal con los expertos de la Facultad de Derecho.
Al final del artículo encontrará el formulario donde puede dejar su pregunta sobre este o cualquier otro tema legal.

¿Qué significa en términos legales tener la custodia de un menor?

Es el cuidado y protección personal debe dar padre o madre (lo cual conlleva a la tenencia física) sobre un niño, niña o adolescente. La custodia es cuando a causa de la separación de los padres uno de ellos entra a asumir ese cuidado, sin que ello implique la pérdida de la patria potestad. Según lo dispone el Código de la Infancia y de la Adolescencia (Ley 1098/06), la custodia es un derecho del que gozan niños, niñas y adolescentes, siendo de manera correlativa una obligación de los padres o representantes legales. (Le puede interesar: ¿Puedo denunciar violencia intrafamiliar si ocurrió hace tiempo?)

¿Cuáles son las causales para perder la custodia de un hijo?

No existen causales taxativas de pérdida de custodia respecto a un niño, niña o adolescente, por lo que es deber de las autoridades administrativas y judiciales estudiar a fondo el caso que es sometido a su consideración, para que mediante el proceso que se esté adelantando se determine en cabeza de quién se radicará el cuidado y protección personal de quienes gozan de un fuero especial de protección. (Lea también: Si no tengo trabajo, ¿debo pagar cuota alimentaria de mi hijo?)

¿Bajo qué circunstancias la custodia de un menor pasa a Bienestar Familiar?

Por excepción el cuidado y protección de un niño, niña o adolescente puede pasar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) cuando adelantándose un proceso de restablecimiento de derechos de que trata el Código de la Infancia y de la Adolescencia, y ante una presunta vulneración de derechos de un niño, niña o adolescente, se desconoce el paradero del padre y/o madre u de otro familiar, o se ha necesitado “sacar” a ese sujeto de especial protección, de una situación que amenace o vulnere sus derechos fundamentales mientras se adelanta el proceso, o cuando ya por la decisión de la autoridad competente se verifica que no existe familiar alguno que pueda hacerse cargo del mismo y asumir su cuidado. (Le sugerimos leer: ¿En qué casos debo poner una tutela?  )

Otros temas de su interés

Estas son las respuestas a las preguntas del público

Vengo sufriendo violencia psicológica y verbal, por muchos años por parte del señor con quien vivo, tengo un hijo con él de 16 años, le he dicho que me quiero ir, como tenemos una casa no me quiere reconocer mi parte está a nombre de él. Vivimos hace 30 años de maltrato y sometimiento yo no tengo trabajo ...temo una desgracia quiero irme, ¿qué ley me protege? ¿qué debo hacer?

Debe comunicarse de forma urgente con la línea de atención para casos de violencia intrafamiliar al 155. 
Sin perjuicio de lo anterior se recomienda a la usuaria acudir inmediatamente a la Comisaria de familia, a través de ella podrá contar con medidas de protección a menores de edad, adolescentes o cualquier miembro de la familia víctima de violencia intrafamiliar.
La comisaria de familia inicia el procedimiento administrativo de restablecimiento de derechos, instaura una medida de protección inmediata a favor de la persona agredida y en contra del agresor y orienta a la víctima sobre sus derechos y obligaciones.
Lo ideal es que consiga la comisaría de familia más cercana y realice las denuncias respectivas.
El hecho de que existan bienes y la otra persona no quiera reconocer su parte, no es motivo para que siga conviviendo y sea víctima de maltrato; después de la ruptura de la unión marital de hecho, tiene un año para iniciar ante un Juez un proceso para la liquidación de la sociedad patrimonial, se debe tener en cuenta que hacen parte de esta sociedad patrimonial los bienes que hayan sido adquiridos en vigencia de la unión marital de hecho (se excluyen las herencias).
Para tal efecto puede acudir a la defensoría del pueblo y solicitar le asignen un abogado para que adelante la liquidación de la sociedad patrimonial.

¿Puedo demandar por Maltrato psicológico a mi papá siendo mayor de edad?

Si, si puede. Está en todo su derecho.
Debe comunicarse de forma urgente con la línea de atención para casos de violencia intrafamiliar al 155. 
Sin perjuicio de lo anterior se recomienda acudir a la comisaria de familia más cercana y hacer la denuncia por violencia intrafamiliar.
La violencia intrafamiliar es todo acto de violencia física, verbal o psicológica que se comete por uno o más miembros de la familia, contra uno o más miembros de dicha unidad familiar.

Quiero ponerle una caución al padre de mi hijo por maltrato físico y psicológico ¿qué debo hacer?

Debe comunicarse de forma urgente con la línea de atención para casos de violencia intrafamiliar al 155. Sin perjuicio de lo anterior se recomienda acudir a la comisaria de familia más cercana y hacer la denuncia por violencia intrafamiliar.

Me casé hace 12 años y estoy separada hace 8 años por maltrato intrafamiliar, tenemos 2 hijos en común, no hay ningún bien material ni patrimonio, ¿Qué debo hacer si el divorcio es de mutuo acuerdo, pero no tengo presupuesto para los honorarios de un abogado? ¿es posible realizarlo sin un abogado de por medio?

Si no cuenta con recursos suficientes para el pago de honorarios de un abogado debe acudir a la defensoría publica, la cual es un servicio que presta la Defensoría del pueblo en estos casos.
No es posible realizarlo sin un abogado. El divorcio en Colombia, así sea de común acuerdo, se debe adelantar por un abogado titulado.
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