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Jueces conceden 81 % de medidas de aseguramiento privativas de la libertad

En las cárceles hay hoy menos de 20.000 sindicados y condenados por delitos sexuales.

En las cárceles hay hoy menos de 20.000 sindicados y condenados por delitos sexuales.

Foto:Jaime Moreno. Archivo EL TIEMPO

Según la Judicatura, en 2021 se han concedido 18.178 de las 22.265 peticiones de la Fiscalía.

En medio de la inseguridad que se ha denunciado con fuerza en varias ciudades, ha habido una discusión entre autoridades locales, como la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y los jueces sobre las cifras de capturados que quedan libres.
Mientras que hace unas semanas López aseguró, con base en estadísticas de la Policía, que de cada 10 delincuentes capturados ocho quedan libres, el Consejo Superior de la Judicatura no solo le respondió casi de inmediato que en el primer semestre de 2021, a nivel nacional, el 94 por ciento de las capturas habían sido legalizadas, sino que ahora entregó datos sobre cuántas de esas personas terminaron con medida de aseguramiento.
Según cifras de la Judicatura, hasta septiembre de este año se realizaron 26.050 audiencias de solicitud de medida de aseguramiento en todo el país; en 22.265 casos la Fiscalía pidió imponer una medida privativa de la libertad.
De las solicitudes de privación de la libertad, los jueces la concedieron para 18.178 personas, es decir, el 81,6 por ciento de las solicitudes de la Fiscalía de enviar a la cárcel a los procesados. También se impusieron 2.176 medidas de aseguramiento no privativas de la libertad.
¿Por qué hay tanta diferencia entre unas cifras y otras? Para expertos en seguridad y justicia, hay que considerar varios aspectos; el primero de ellos, el universo del cual se habla. Mientras que la Judicatura entregó un balance a nivel nacional respecto a todo tipo de delitos, la alcaldesa de Bogotá habla de las cifras de una sola ciudad, y no está claro si se refiere a todos los delitos o solo a crímenes de alto impacto como el hurto, ni si se refería solo a capturas en flagrancia al decir que ocho de cada 10 capturados quedaban libres.
Aunque la Corporación de Jueces y Magistrados de Colombia, mediante un derecho de petición, le pidió a López que aclarara de dónde sacaba las cifras, hasta el momento no se conoce una respuesta de la alcaldesa al respecto.
Más allá de esto, Camilo Burbano, abogado penalista, recordó que el hecho de que una persona sea capturada no es sinónimo de que legalicen su captura, ni una legalización significa que tengan que imponerle una medida de aseguramiento.

Que una persona sea capturada, y que se le haga la legalización, no significa que tenga que quedar presa: Camilo Burbano

“Que una persona sea capturada, y que se le haga la legalización, no significa que tenga que quedar presa. Las medidas de aseguramiento tienen unos requisitos altos, bajo el principio de que la privación de la libertad en un proceso penal es excepcional porque prima la presunción de inocencia”, indicó el abogado.
Esa misma postura la tiene la Fiscalía. En junio de 2020, el fiscal general, Francisco Barbosa, expidió una directiva para que los fiscales limiten las peticiones de medida de aseguramiento a los casos estrictamente necesarios.
Esto no solo por la prelación para que las personas enfrenten sus procesos en libertad, sino para evitar el aumento del hacinamiento carcelario así como demandas contra el Estado por privación injusta de la libertad.
Según la directiva de la Fiscalía, desde 2013 el ente acusador había sido condenado en 6.249 casos por ese motivo y el Estado había tenido que pagar 1,3 billones de pesos por causa de esas demandas.
Otra arista en el debate sobre las libertades a capturados son las normas que, para algunos, son muy garantistas con los delincuentes. Hernando Herrera Mercado, director de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ), consideró que hay un exceso de ritualismo al evaluar las solicitudes de medida de aseguramiento que presenta la Fiscalía.
“Todo sistema jurídico penal tiene que ser garantista, pero lo que pasa es que las garantías se dan casi de manera excluyente a favor del victimario y en contra de la víctima. Nuestra legislación en materia penal en algunos aspectos podría ser débil; no es una legislación que persuada el crimen, sino que termina promoviéndolo”, expuso.

Todo sistema jurídico penal tiene que ser garantista, pero lo que pasa es que las garantías se dan casi de manera excluyente a favor del victimario y en contra de la víctima: Hernando Herrera

El Gobierno también considera que deben hacerse ajustes en materia penal ante situaciones como la reincidencia; de hecho, los ministerios de Defensa, Justicia e Interior trabajan en un proyecto de ley para buscar fortalecer las normas contra esta situación.
Sin embargo, para Burbano, endurecer las penas no es la salida.
“No es con más reformas como se soluciona el problema de inseguridad, sino con mejor investigación y atacando las finanzas y organización de las estructuras criminales, y no solo con capturas”, dijo.
justicia@eltiempo.com

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