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No tienen que transcurrir 72 horas para reportar un desaparecido
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Qué hacer si se desaparece un familiarUsted no debe esperar 72 horas para iniciar el rastreo. La Fiscalía debe activar un mecanismo de búsqueda urgente.
Desaparecidos en Colombia

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No tienen que transcurrir 72 horas para reportar un desaparecido

El mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) es un trámite gratuito que no exige un tiempo determinado.

El mito de que se deben esperar 72 horas para poder reportar a las autoridades sobre una persona que posiblemente ha sido desaparecida es falso. El Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) se activa de manera inmediata tras esta presunción y no exige la espera de un periodo específico de tiempo para recibir el reporte de una posible desaparición.

El Mecanismo de Búsqueda Urgente es una herramienta que puede ser usada por cualquier ciudadano para ubicar a las personas que se presumen como desaparecidas, para poder acceder a este plan de búsqueda es necesario realizar una solicitud de manera verbal o escrita ante un juez o un fiscal.

Para ello el ciudadano que da la alerta debe suministrar toda la información de los hechos y circunstancias que lo llevaron a creer que su familiar o amigo es una posible víctima del delito de desaparición forzada, en su relato debe dar los datos que permitan la identificación de la víctima tales como: el nombre completo, rasgos y características físicas, vestuario, lugar de residencia y demás datos que sean solicitados por la autoridad judicial.

Los ciudadanos, agentes del Ministerio Público y los servidores públicos en cumplimiento de sus deberes pueden solicitar cuantas veces sea necesario el Mecanismo de Búsqueda Urgente, la entrega de nueva información sobre el estado o lugar donde se puede encontrar la persona desaparecida no tiene límites y en caso de que la autoridad judicial se niegue a recibir o dar inicio al MBU incurrirá en una falta gravísima.

Quien denuncia la desaparición tiene el derecho de participar activamente en las diligencias que se llevan a cabo en la búsqueda, esto siempre y cuando no interfiera o perjudique el desarrollo de la diligencia, su participación dependerá de la debida valoración que realice el funcionario encargado.

El Mecanismo de Búsqueda Urgente finaliza su labor cuando la persona desaparecida es encontrada con o sin vida y cuando han transcurrido mínimos dos meses y no se ha sido posible ubicar a la víctima tras agotar todas las actividades judiciales, en cuyo caso MBU emitirá un reporte que se sumará a la investigación.

JUSTICIA

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