Esta semana, en el programa del Consultorio Jurídico, tratamos el tema de la custodia total de los niños y niñas, con la ayuda de abogado experto de la Universidad Libre, como obtener la custodia completa, como denunciar a un padre peligroso que tenga la custodia del menor, como denunciar a un padre de familia que no apoya ni económica ni con la cuota alimentaria y mucho más...
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En este caso, solo los padres del menor pueden solicitar la custodia del menor. Este trámite lo puede iniciar solicitándolo ante Comisaría de Familia o también lo pueden realizar de común acuerdo mediante una audiencia de conciliación.
¿Por qué razones le podrían quitar la custodia o patria potestad de un menor a sus padres?Previa solicitud de sobre la protección de los derechos de un menor, la Comisaría de Familia o el ICBF, a través de una visita con trabajadores sociales, determinará si se inicia o no proceso de pérdida de la custodia del menor o los menores.
Ellos determinarán si se están vulnerando derechos constitucionalmente protegidos por el Estado. Todo lo que atente con el bienestar de los menores será tenido en cuenta para la pérdida de este derecho.
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La patria potestad es el derecho a la representación judicial y extrajudicial que tienen los padres del menor o menores sobre sus hijos, así como también la facultad de administrar sus bienes mientras estos sean menores de edad.
La custodia, hace referencia al derecho de cuidado del menor que recae sobre uno o ambos padres. Efectivamente se puede tener la patria potestad y no tener la custodia.
En punto del Artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, cualquier persona está en la obligación de denunciar a una persona (incluye padre o madre) cuando advierta que un menor está siendo maltratado, tanto física o psicológicamente.
Esto se podrá realizar ante cualquier autoridad competente, en especial ICBF O COMISARÍAS DE FAMILIA. Ellos, mediante un proceso, determinarán si se debe o no privar de la custodia a quién en ese momento lo ostente.
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La custodia, por regla general estará en cabeza de los padres, en primera instancia, en caso de no estar ellos o no ser aptos para ostentarla, podrá ser otorgada a un familiar, empezando por sus abuelos, tíos, primos etc. Y finalmente, por excepción podría otorgársele a un tercero. Usualmente, estos casos quedan en manos del ICBF quién decidirá de tal situación.
¿Cómo se puede denunciar a una persona que teniendo custodia compartida no apoya económicamente ni le da cuota alimentaria al menor?No se puede confundir la custodia con la obligación de alimentos al menor. Son dos figuras diferentes que tienen un trato distinto, según sea el caso. Habría que determinar en el caso puntual y más si se presenta el caso de custodia compartida, si los padres del menor se han obligado mediante acta de conciliación, fijación de cuota alimentaria u otro a dar alimentos al menor.
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El abandono no solamente podría ser causar de pérdida de la custodia del menor o la menor sino, peor aún, podría ser una causal inequívoca de la suspensión de la patria potestad. Hay diferentes formas de probar dicha conducta por parte de un padre o madre o quién ostente esta calidad dentro de un proceso. Entre ellas podremos encontrar el interrogatorio, testimonios, grabaciones, etc. Finalmente, será la autoridad competente quien, una vez revisado el acervo probatorio, determinará se priva o no de la custodia otorgada.
¿Cómo se puede hacer denuncia hacia uno de los padres, teniendo pruebas que demuestran que se roba la pensión y la cuota alimentaria del menor?Deberá presentar la denuncia ante el ICBF o Comisaría de Familia donde resida el menor. Una vez iniciada la denuncia, el ente encargado abrirá de oficio una investigación a fin de determinar lo dicho por el denunciante quién deberá, además, aportar las pruebas correspondientes. Es de recordar que, por estar refiriéndonos a derechos de menores, cualquier persona está en el deber de denunciar.
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