Esta semana, en el programa del Consultorio Jurídico, tratamos el tema las tutelas laborales, con la ayuda de abogado experto de la Universidad Libre, ante quien interponer una tutela, como interponerla contra una empresa, que requisitos se necesitan y mucho más...
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Inicialmente y conforme a lo establecido en el Decreto 2591 de 1991, ante cualquier juez de la república con jurisdicción en el lugar donde se esté vulnerando o amenazando con vulnerar el derecho fundamental que se pretenda proteger. No obstante, se debe tener en cuenta para efectos de la competencia lo establecido en el decreto 333 de 2021.
¿Cuánto tiempo demora una tutela laboral?El término para resolver una acción de tutela es de diez (10) días hábiles.
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No se necesita forzosamente la asesoría de un abogado, no obstante, es recomendable en aras de tener un mejor criterio para la toma de la decisión de instaurar o no la acción de tutela.
¿Cómo puede una persona interponer una tutela contra la empresa donde trabaja?Para ello es importante tener presente que se esté vulnerando o amenazando con vulnerar un derecho fundamental relacionado con el trabajo, ejemplo el mínimo vital, y deberá presentarse por escrito.
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Que se esté vulnerando o amenazando con vulnerar un derecho fundamental relacionado con la relación laboral, a manera de ejemplo, el mínimo vital, la salud, la integridad física, la estabilidad laboral reforzada, entre otros.
¿En qué casos debería usarse la tutela como herramienta?Cuando se esté vulnerando o amenazando de manera inminente con vulnerar un derecho fundamental relacionado con la relación laboral, como mecanismo temporal mientras se recurre al juez del trabajo para que decida en últimas el derecho.
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De conformidad con la sentencia SU108/18, el Juez de tutela debe realizar valoración de los hechos que configuran el caso concreto cuando la acción no se presenta en un término prudencial y razonable, que se denomina la inmediatez y que usualmente se tiene el criterio de máximo seis meses.
¿Si se pierde la tutela que se debe hacer?Dentro de los tres días siguientes a la notificación se deberá impugnar y la autoridad que resuelva la impugnación tendrá veinte (20) días hábiles para resolver la impugnación.
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Cuando no existe otro medio de defensa judicial, la acción de tutela produce efectos definitivos; pero, al existir otro medio de defensa judicial y la acción haya sido interpuesta como mecanismo subsidiario los efectos podrán ser temporales.
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