1. ¿Si ya tengo un recibo de pago, puedo pedir una reliquidación con las nuevas reglas?
No. La iniciativa no es retroactiva y su vigencia, además, está sujeta a la sanción presidencial. Esto podría tardar aún algunas semanas. Quienes ya tienen un recibo, deben pagar en las fechas establecidas o se exponen a sanciones.
2. Si soy remiso, ¿cuál es el procedimiento para normalizar mi situación?
El Ejército empezará a adelantar en todo el país campañas para normalizar la situación de casi un millón de jóvenes que no se presentaron a cumplir su deber de definir la situación militar. El camino es esperar a que, cuando esté sancionada la ley, empiecen esas campañas. Además de la presentación, habrá que pagar 111 mil pesos: ese es el costo de la expedición de la libreta, y se eliminarían todas las multas y los problemas legales asociados a la conducta.
3. ¿Las gabelas para los remisos serán permanentes? No. Tendrán un año para acogerse a los beneficios. Y no todos saldrán con la libreta militar de manera automática: puede darse el caso de que los que están en la edad (hasta 24 años), sean aptos y no tienen una razón valedera para justificar su no presentación terminen en las filas.
4. ¿Quienes tenemos hijos o estamos casados o en unión libre tenemos que prestar el servicio militar? Desde antes, varias sentencias, especialmente de la Corte Constitucional, habían protegido del cumplimiento de ese deber a quienes tienen hijos, están casados o en unión libre. Ahora, esas salvedades quedaron expresamente en la ley, como la exención a los hijos únicos, a las víctimas de la violencia inscritas en el Registro de la Unidad de Víctimas, a los huérfanos que respondan por sus hermanos y a los objetores de conciencia, entre otros.
5. ¿Cómo se protegerá el derecho a objetar el servicio?
El joven deberá exigir expresamente el derecho de objeción de conciencia por credo o convicción antes del reclutamiento definitivo. Puede contar con el apoyo de una ONG en su petición. Además de una autoridad militar, habrá representación del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Personería para brindar garantías durante el proceso.
Previamente a la Ley se habían establecido unos protocolos.
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