EL TIEMPO y la Universidad Libre se aliaron para brindar a los usuarios asesoría legal con los expertos de la facultad de Derecho.
En esta ocasión, los expertos de la Universidad resolvieron las dudas que los colombianos tienen frente al acoso laboral, divorcio de mutuo acuerdo, cuotas alimentarias, accidentes de trabajo y otros temas.
Estas son las 10 respuestas a las preguntas semanalesSi un jefe manda órdenes vía WhatsApp en horarios laborales, ¿eso es considerado acoso?El acoso laboral es una conducta que causa zozobra, angustia o algún daño al empleado. Si el trabajador tiene un contrato que lo obliga a cumplir un horario, la jornada termina con el horario, por esta razón el jefe debería terminar su relación con el trabajador y no mandar órdenes ni funciones adicionales porque ahí se pueden dar dos cosas: primero, la extensión de la jornada laboral y segundo, la violación al derecho al descanso. Al darle órdenes fuera del horario vía WhatsApp o cualquier otro medio electrónico implica que siga trabajando y esto le puede causar angustia al trabajador.
¿Qué se considera acoso laboral?De acuerdo con la ley 1010 de 2006 se entiende por acoso laboral toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado o trabajador por parte de un empleador, un jefe, o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación o terror y angustia, a causar un perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo o inducir a la renuncia de este.
¿Después de 21 años de estar laborando en una empresa bajo presión y chantajes fui obligado a renunciar, es posible demandar y reclamar a la empresa por despido indirecto?No solo es posible demandar ,sino además hay lugar a indemnización por despido sin justa causa a favor del trabajador afectado, puesto que las conductas que tuvo el empleador con dicho trabajador dieron origen a que este dejara su trabajo con base en una justa causa como lo es la terminación unilateral del contrato (despido indirecto).
¿Me puede indemnizar el banco por haberme tenido reportado a las centrales de riesgo durante 8 años por una deuda ya cancelada?Se deberá adelantar un reclamo al banco con el fin de que actualicen y eliminen la información negativa del usuario para proteger el derecho de Habeas Data. Estos procedimientos relacionados con el tratamiento de datos e información no dan lugar a indemnización.
De igual manera se podrá presentar una solicitud ante la Central de Riesgo para conocer la información que reposa sobre el usuario en los bancos de datos. Dicha solicitud deberá ser resuelta en un término de 10 días hábiles siguientes a su recepción.
El divorcio por mutuo acuerdo o divorcio ‘express’ debe realizarse mediante poder otorgado a un abogado titulado. Dicho procedimiento deberá presentarse ante un notario para lograr la respectiva disolución, la cual se legalizará mediante escritura pública.
El abogado deberá realizar el acuerdo de divorcio, y posteriormente la solicitud de la disolución conyugal a la Notaría donde se pretenda llevar a cabo la separación.
Los documentos que se deben aportar para el divorcio son:
-Poderes debidamente otorgados a los abogados
-Registro civil de nacimiento de ambos cónyuges
-Registro civil de nacimiento de los hijos (si los hay)
-Registro civil de matrimonio
-Copias de las cédulas de ciudadanía o documentos de identificación (pasaportes, cédula extranjera)
-Acuerdo de divorcio
-Solicitud de la disolución conyugal
Para efectos de la liquidación de bienes muebles o inmuebles adquiridos dentro de la sociedad conyugal se deberán adjuntar los siguientes documentos:
-Escritura de compraventa de los bienes inmuebles
-Certificado de libertad y tradición con una expedición no mayor a 3 meses de la respectiva disolución
-Recibo de impuesto predial e impuesto de valorización con vigencia de un año al día del pago
-Si existen créditos, se adjunta el recibo del último pago de la cuota y un estado de cuenta actualizado del mismo.
En caso de no haberse realizado el proceso de divorcio, deberá adelantarse por medio del poder otorgado a un abogado titulado. Posteriormente, y con base a la sentencia que disuelve el matrimonio, se debe solicitar la Liquidación de la sociedad conyugal y patrimonial ante el mismo juez que la profirió.
Posteriormente, en el proceso de liquidación se deben aportar los documentos que den constancia sobre:
-Los salarios devengados durante el matrimonio
-Los réditos, intereses generados por los bienes sociales e individuales, siempre que -se devenguen durante el matrimonio
-Los bienes muebles y fungibles que los cónyuges aporten al matrimonio
-Los bienes que los cónyuges adquieran durante el matrimonio a título oneroso
-Los bienes raíces que los cónyuges adquieran durante el matrimonio
Por último, en cuanto a las deudas que se sacaron a su nombre, se debe acreditar que no firmó ningún documento, de manera que se pruebe la mala fe del cónyuge. De lo contrario, se podrá iniciar una acción penal en su contra.
Existen riesgos al reconocer un hijo a quien realmente no lo es. Esta figura la encontramos tipificada en el Código Penal en el artículo 238. “El que suprima o altere el estado civil de una persona, o haga inscribir en el registro civil a una persona que no es su hijo o que no existe, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses”.
Se propició un problema de filiación por hacerlo figurar en los registros del estado civil con un apellido paterno que no le corresponde. Por otra parte, hablando en términos civiles, el tiempo para impugnar la paternidad es de 140 días a partir del conocimiento certero de no ser padre.
Es así como penalmente y civilmente “quitar el apellido” tendría consecuencias no favorables para la persona que dio el apellido.
Al impugnar la filiación reconocida voluntariamente se puede exponer a pagar una indemnización de perjuicios. Por lo anterior no es viable impugnar la filiación ya que esta fue voluntaria y nunca adoleció de un vicio que interrumpiera su vigencia.
Según lo expuesto en la pregunta, podría deducirse que ya hubo una conciliación en tema de alimentos con Bienestar Familiar. El acta de conciliación presta mérito ejecutivo, es decir que con un incumplimiento total o parcial de esta puede iniciarse un proceso ejecutivo de alimentos, para esto es fundamental conocer de la dirección en el exterior de la otra parte.
El Acuerdo No. Psaa06-3432 De 2006 de la Sala Administrativa Del Consejo Superior De La Judicatura regula lo que tiene que ver con la demanda de cuota alimentaria contra una persona que vive en el extranjero.
El Artículo 1 establece que toda persona que resida en el territorio nacional y considere tener derecho a la obtención de alimentos por parte de quien resida en territorio extranjero podrá presentar solicitud ante el Consejo Superior de la Judicatura. Los requisitos de esta solicitud son: el nombre y apellido del demandante, su dirección, fecha de nacimiento, nacionalidad y ocupación, y, en su caso, el nombre y dirección de su representante legal. Seguidos de exposición detallada de los motivos en que se funda la pretensión del demandante y del objeto de ésta.
Para una respuesta adecuada frente a la pregunta es necesario saber los motivos por los cuales la administración prohíbe alquilar el apartamento, por lo tanto, lo más aconsejable es presentar un Derecho de Petición ante la administración, pidiendo los motivos por los cuales se prohíbe el alquiler.
En muchas ocasiones las personas adeudan cuotas de la administración, no están al día con las obligaciones pactadas entre otras (…) donde logran ser una tranca para efectivizar algunos derechos. Si en respuesta de este no se encuentra ningún incumplimiento y son otros los motivos puede acercarse a un consultorio jurídico ya teniendo consigo el fundamento legal para mirar las opciones viables para su caso.
Si ya había vencido la incapacidad la obligación era ir a trabajar. El Numeral 4 del 60 del Código Sustantivo del Trabajo dispone que una de las prohibiciones que tiene el trabajador es la de “Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del patrono, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo” esta podría considerarse como una violación grave contemplada en el numeral 6 del artículo 62 de dicho Código.
Si bien el IUS VARIANDI el cambio de las condiciones del contrato de trabajo debe obedecer a razones válidas y objetivas, en este caso si el cambio de localidad se hizo de forma objetiva y justificada, habría justa causa de despido. Si por el contrario el cambio de lugar de trabajo no se hizo de forma justificada si podría pedir la indemnización.
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