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JEP Colombia

Palacio de Justicia: JEP cierra las puertas al general (r) Iván Ramírez Quintero

El general Iván Ramírez ha sido cuestionado por el holocausto del Palacio de Justicia, registrado en 1985.

El general Iván Ramírez ha sido cuestionado por el holocausto del Palacio de Justicia, registrado en 1985.

Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPO

La JEP dijo que fallo de la Corte IDH sobre este caso no limita su competencia sobre el mismo.

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz rechazó el sometimiento a la Jurisdicción del general (r) Iván Ramírez Quintero, por su presunta responsabilidad en los hechos ocurridos durante la toma y recuperación del Palacio de Justicia en 1985.
Además, condicionó el sometimiento de otros tres oficiales por estos mismos hechos: el mayor (r) Óscar William Vásquez Rodríguez, el teniente (r) Gustavo Arévalo Moreno y el sargento (r) Bernardo Alfonso Garzón Garzón, quien está ligado a las desapariciones de personas que hizo la Brigada XX y el Batallón Charry Solano en la década de los 80.

Ramírez Quintero debe seguir compareciendo ante las citaciones ya efectuadas en el caso de la UP.

Según la JEP,  Ramírez Quintero, hasta el momento, ha desatendido e incumplido de forma sistemática los requerimientos de la JEP y del Sistema Integral para la Paz porque no ha hecho los aportes de verdad a los que se ha comprometido previamente.
Además, porque no ha cumplido con las condiciones establecidas por la justicia especial desde 2020 para poder aceptar su sometimiento. El general ( r ) Ramírez Quintero, dijo la JEP, incluso manifestó su deseo de eludir el proceso dialógico con participación de las víctimas y pasar directamente a un juicio adversarial.
Esta decisión implica el retorno inmediato de su caso a la justicia ordinaria, que debe continuar con el trámite de manera célere para cumplir con los derechos de las víctimas del Palacio de Justicia y sus familiares. Ramírez fue absuelto en primera instancia y la segunda instancia está en trámite en el Tribunal Superior de Bogotá.
No obstante, la JEP dijo que Ramírez Quintero debe seguir compareciendo ante las citaciones ya efectuadas por la Sala de Reconocimiento a rendir versión en el Caso 06, que investiga la victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP), por sus actividades de inteligencia militar y como comandante de la Primera División del Ejército.
De hecho, Ramírez Quintero fue citado a rendir versión pública los días 12, 19 y 30 de agosto en las instalaciones de la JEP.

El caso del sargento Garzón Garzón

Iván Ramírez Quintero y Bernardo Garzón Garzón fueron requeridos, pero nunca se presentaron a hacer aportes de verdad ni respondieron a las comunicaciones enviadas

Por otro lado, la Sección de Apelación determinó que los oficiales Vásquez Rodríguez y Arévalo Moreno y el suboficial Garzón Garzón han incumplido con el régimen de condicionalidad.
Por ello los convoca a comparecer en audiencia pública con participación de víctimas y del Ministerio Público para hacer un aporte efectivo a la verdad plena.
La Sección comprobó que tanto Gustavo Arévalo Moreno como Óscar Vásquez Rodríguez han tenido una actitud reticente y poco colaborativa, pues desde que suscribieron su acta de sometimiento el 16 de marzo y el 5 de agosto de 2021, respectivamente, no han realizado ningún aporte de verdad ni han contribuido con el Sistema Integral para la Paz.
En una consulta elevada por la Sección de Apelación a la Comisión de la Verdad se constató que Gustavo Arévalo Moreno y Óscar Vásquez Rodríguez no asistieron de manera voluntaria a esta entidad del Sistema.
La respuesta de la Comisión también refirió que Iván Ramírez Quintero y Bernardo Garzón Garzón fueron requeridos, pero nunca se presentaron a hacer aportes de verdad ni respondieron a las comunicaciones enviadas y, por lo tanto, fueron calificados como ‘renuentes’.
Por su parte, la JEP dijo que el sometimiento de Bernardo Garzón Garzón queda condicionado al resolverse sobre una apelación presentada por víctimas. Por ello, también se espera que haga aportes significativos a la verdad en torno a los hechos de la toma del Palacio de Justicia en audiencia pública.
Cabe recordar que Garzón hizo parte del Batallón de Inteligencia Charry Solano y fue condenado por el secuestro y tortura del que fue víctima Guillermo Marín, un militante del M-19 que sobrevivió a un intento de desaparición en abril de 1986 en el parque La Florida de Bogotá.

Jep sí es competente para estudiar este caso

En cuanto a la competencia de la JEP para conocer sobre los graves hechos derivados de la toma y retoma del Palacio de Justicia, la sección determinó que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre este caso no limita su competencia.
La JEP dijo que esa entidad “cumple con los criterios de la jurisprudencia interamericana para ofrecer a las víctimas un recurso judicial efectivo”, en tanto que se trata de hechos ocurridos antes del 1 de diciembre de 2016, cometidos presuntamente por integrantes de la Fuerza Pública y relacionados con el conflicto armado interno.
justicia@eltiempo.com
@JusticiaET

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