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JEP Colombia

JEP estudiará sometimiento de expara 'Jorge 40' como tercero civil

Varios jefes de esos grupos armados ilegales fueron extraditados a los Estados Unidos, en mayo del 2008, entre ellos 'Jorge 40', padre de Rodrigo Tovar.

Varios jefes de esos grupos armados ilegales fueron extraditados a los Estados Unidos, en mayo del 2008, entre ellos 'Jorge 40', padre de Rodrigo Tovar.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

Aunque le negó su entrada como excombatiente, no le cerró del todo las puertas.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le negó la entrada a esta justicia transicional como excombatiente a Rodrigo Tovar Pupo, más conocido como ‘Jorge 40’, exmiembro de las Autodefensas Unidas de Colombia.
Sin embargo, aunque la JEP rechazó su entrada como excombatiente porque no tiene competencia material sobre los exintegrantes de grupos paramilitares ni de otros grupos armados ilegales distintos a las Farc, le dejó una puerta abierta para acceder a esta justicia: que se presente como tercero civil, financiador o auspiciador de grupos armados en medio del conflicto.
Sobre el rechazo para admitirlo como excombatiente, la Sala señaló: “El señor Rodrigo Tovar Pupo tuvo la oportunidad, en su calidad de exparamilitar, de someterse a Justicia y Paz, (…) pero fue excluido de ella por no contribuir con la verdad a la cual estaba obligado y haber incumplido los compromisos que había asumido. La JEP no es una justicia subsidiaria a la de Justicia y Paz, ni un nuevo escenario de justicia transicional que pueda ser utilizado como una estrategia oportunista para evadir los procedimientos y sanciones de la justicia ordinaria”.
Sin embargo, la Sala decidió estudiar su sometimiento como tercero, basándose en el Auto TP-SA 199 de 2019 de la Sección de Apelación de la JEP, que precisó: “Los miembros de las ‘autodefensas’ –incluso si llegaron a estar revestidos del estatus de combatiente– pueden comparecer sí y solo sí, antes o después de portar armas, actuaron como terceros financiadores o colaboradores. Acogiendo la interpretación de la Corte Constitucional sobre el conflicto, según la cual éste es un fenómeno social complejo y multicausal”.
En ese sentido, para estudiar su sometimiento como tercero, la JEP le solicitó a 'Jorge 40' que firme un acta de compromiso, allegue las pruebas que acrediten que financió y auspició organizaciones paramilitares desde finales del año 1996 hasta 1998, antes de formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá; y envíe, en máximo 10 días, su compromiso concreto y claro de cómo aportará verdad, cómo reparará a las víctimas y garantizará que no haya repetición.
En su solicitud de sometimiento, en septiembre de 2019, Tovar Pupo, manifestó que fue “ideólogo, propulsor e integrante del proyecto de Autodefensa”, que desarrolló estrategias “para enfrentar a la guerrilla fuera de los cánones institucionales” y que financió y auspició organizaciones paramilitares, desde 1996. Además, manifestó que desde 1998 decidió formar parte de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, extendiéndose a otras zonas, hasta convertirse en segundo al mando del Bloque Norte de las Autodefensas.
Tovar Pupo fue procesado bajo la Ley 975 de 2005 (Justicia y Paz) por los delitos de desplazamiento forzado, homicidio en persona protegida, tortura en persona protegida, desaparición forzada y reclutamiento ilícito, destrucción y apropiación de bienes protegidos, entre otros.
Posteriormente, 'Jorge 40' fue expulsado de Justicia y Paz y extraditado a Estados Unidos el 13 de mayo de 2008, y en la actualidad  está privado de la libertad en el centro penitenciario Correction Complex – Allenwood.
JUSTICIA
En Twitter: @JusticiaET
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